#Delito grave
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La mamá de Elon Musk también se vuelve 'Dark MAGA' con una salvaje perorata sobre el voto ilegal
El apoyo de Elon Musk a Donald Trump dio un giro radical durante el fin de semana cuando la madre del multimillonario tecnológico aparentemente alentó a sus seguidores a cometer fraude electoral después de que su hijo recordara a su audiencia en X que se registrara para votar. “Es muy importante que todos tus amigos y familiares se registren para votar”, publicación del CEO de Tesla leer. “¡¡La…
#Comisión Federal Electoral#Delito grave#derecho al voto#Donald J. Trump#elecciones presidenciales de 2024#Elon Musk#FBI#fraude electoral#MAGA#redes sociales#votar por correo
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Autoridades y vecinos se unen para luchar contra la contaminación en Tarija
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#han generado una grave problemática ambiental y de salud pública en la capital tarijeña. Ante esta situación#la falta de financiamiento para la construcción de la planta sigue siendo una preocupación para las autoridades y vecinos.#Las lagunas de oxidación de San Luis#operadas por la COSAALT#se ha solicitado una auditoría ambiental y la realización de investigaciones sobre los delitos contra la salud pública y el medio ambiente c#se han tomado medidas conjuntas
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Todo sobre el caso Begoña Gómez: ¿de qué delitos se le acusa?¿Está imputada? ¿Quién la ha denunciado en un juzgado de Madrid?
El Juzgado de Instrucción nº41 de Plaza de Castilla abrió diligencias el 16 de abril. PEDRO BUENAVENTURA El Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid abrió diligencias el 16 de abril. DIRECTO | Últimas noticias sobre la crisis política tras el anuncio de Sánchez de posible dimisión A raíz de una denuncia presentada por la organización Manos Limpias, el titular del Juzgado de Instrucción número…
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#20 minutos.es#Autor Pedro Buenaventura#Caso Begoña Gómez#delitos#Denunciada#España#Graves acusasiones#Juzgado de Madrid
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Si la vida no te dio una razón
para quedarte,
Voy a odiarte por los motivos
que no me diste para hacerlo.
Haré de mi corazón una roca
para que sufrir no se vuelva
mortal a la vida,
De mis ojos ahuyentaré la lluvia
para que el sol me ilumine
y su calor seque todo rastro de ti.
Acordonaré un espacio alrededor de mi
mente para que pensarte se vuelva un
delito grave y así no cometerte.
Me pasaré arrastrando el alma por
aquellas calles oscuras hasta sentir
que la cordura me invito a seguir.
Voy a mentirme a cada paso del camino
mientras logro olvidar
o consigo que el esfuerzo de mi odio
se vuelva real.
Voy a odiarte con todo el amor que tengo para darte,
pues no podrá ser de otra manera
hasta que yo pueda estar segura
que he terminado de alejarme.
Pd. Buscando opciones, cuando el amor
duele tanto.
Angel Liz
Instinto
Corazón de Ángel
#corazóndeángel#pensamientosrepentinos#black and white#instinto#poets on tumblr#personal#amor#deseos
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¿Cuestión de lógica?
La psicología clínica tiene infinidad de vertientes, como el humanismo, asociacionismo, conductismo, psicoanálisis, terapia centrada en el cliente (pues en quien más 🙄) etc. Todas son sumamente diferentes unas con respecto de otras, ni se diga el psicoanálisis, que es una práctica con mucho pedigr��. Pero sin importar de cuál se trate, todas tienen algo en común, se trata de un detalle que las hermana, y es la palabra. No importa qué terapia, corriente o vertiente sea, en todas la herramienta de trabajo es la palabra. "El síntoma es el lenguaje no apalabrado", decía el psicoanalista francés Jacques Lacan. La palabra es nuestro medio de trabajo y de intervención y más aún lo es el lenguaje. Todo es lenguaje y no hay nada que no lo sea, puesto que nuestro mundo está determinado por el lenguaje. Ludwig Wittgenstein decía "el límite de mi mundo es el limite de mi lenguaje".
El abogado penalista Gerardo Laveaga, en "Neurociencias: el futuro del derecho penal", señala la importancia de los neurotransmisores (sustancias químicas segregadas por diferentes organos del cuerpo y sirven para regular diferentes funciones organicas, algunos de ellos son la norepirefrina, oxitocina, noradrenalina, etc.) en la impartición de justicia. Este abogado penalista sugiere que en el futuro, el perfil de los jueces será completamente diferente al actual, ya que al considerar dichos neurotransmisores, la visión, interpretación y aplicación de las leyes cambia radicalmente, es decir, si a una persona determinada, sea juez o delincuente, le falta o sobra determinado neurotransmisor, entonces su conducta cambiará, al igual que su decisión (o falta de ella) por seguir o no las normas sociales que puedan llevarlo a cometer delitos, desde los más simples hasta los más graves, o a la impartición de justicia (esta última ya de por sí subjetiva).
Y resulta que tanto las leyes escritas, así como su interpretación y aplicación se realizan con la palabra, la cual en un sentido químico, está dirigida directamente por la producción y procesamiento de los neurotransmisores en el cuerpo del individuo.
Por ejemplo, en la psicóloga criminal y forense, cuyo objetivo es el estudio y análisis de la conducta criminal y su prevención, la palabra y el lenguaje tienen una función imprescindible en el devenir de dicha práctica psicológica. Ya que una palabra tiene o puede tener múltiples significados, es decir, la palabra es polisemántica, también una interpretación puede tener múltiples variantes.
Entonces con este detalle, toda la psicóloga enfrenta un gran problema metodológico, que más o menos a sabido sortear. Y digo "más o menos" porque, aunque la psicología en el campo de la investigación utiliza el método científico, aún así es imposible transmutar lo subjetivo en objetivo, y uno de los pilares del método mencionado es que el objeto de estudio así como sus instrumentos de medición deben ser "objetivos". ¿Cómo puede algo tan subjetivo como lo es la psicología, ser tan objetiva como lo exige el método científico, método que es crucial en el desarrollo de la psicología? Vaya tremendo vericueto en el que se metió esta práctica.
Aunque el intento de Laveaga por explicar la conducta humana dentro del campo de la justicia (y en general) es interesante, los neurotransmisores no son el único origen de la conducta y pensamiento humanos, de ser así, la humanidad simplemente ya no existiría, se habría auto extinto por involuntad (inconsciencia) propia. Mi neologismo apunta a que el humano estaría sujeto a lo que dicten sus neurotransmisores únicamente. La teoría del penalista no es nueva, para nada, dentro del campo de la medicina, psicología y psiquiatra la cuestión de los neurotransmisores como batuta de la conducta humana, está altamente revisada y revisitada infinidad de veces. Pero sí es nueva dentro del campo del derecho, por lo menos lo es en el ámbito que él plantea.
¿Qué tiene qué ver Laveaga y el derecho penal con el análisis lingüístico psicológico? Pues en primera porque soy un ávido lector de sus escritos, y en segunda porque su tesis acerca de la interpretación de las leyes y de la conducta humana es compatible con el análisis metodológico de la psicología clinica respecto de la psicopatología y el diagnóstico de enfermedades mentales y delimitación teórica de las diferentes conductas, muy comúnmente asociadas a desequilibrios mentales.
Ya para concluir, me gustaría mencionar que la palabra y la cuestión de su interpretación como herramienta para el análisis clínico del devenir humano, tanto dentro del consultorio como en sociedad, es por entero una tautología, o sea, que no importa la interpretación, sino lo que importa es la utilidad que se le encuentre o tenga dicha interpretación, sin importar si esta es correcta o no, ya que de hecho, determinar que tal o cual interpretación es correcta o incorrecta, también es subjetivo.
En "Subversión del sujeto y dialéctica del deseo en el inconsciente freudiano", Lacan muestra una clara y puntual diferencia entre la concepción del término "inconsciente" tanto en Lacan como en Freud, o para decirlo de otro modo, la palabra.
Freud, en especial al principio de su concepción del psicoanálisis, hacía mucho énfasis en los neurotransmisores, mientras que Lacan enfatizaba más el lenguaje, a tal grado que llegó a decir que "el inconsciente está estructurado como un lenguaje", y por supuesto lo dijo con toda razón.
Pues el lenguaje, que no es otra cosa más que la palabra en serie, es un pantano muy peligroso y el detalle es que dependemos de ese pantano ominoso, y no tenemos otro lado dónde caminar.
-Juan Manuel 💜
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DERECHO A LA VIDA, A LA SALUD Y A LA INTEGRIDAD FISICA:
Protección de los derechos del niño y el adolescente contra la violencia infantil
En la actualidad, la violencia infantil continúa siendo un problema alarmante que afecta a millones de niños y adolescentes en todo el mundo. Aunque se han implementado leyes y políticas para proteger sus derechos, los casos de abuso, explotación y maltrato siguen siendo una triste realidad. La protección de los derechos del niño y el adolescente no solo implica castigar a los agresores, sino también prevenir la violencia y brindar apoyo a las víctimas. En este artículo, analizaremos cómo se aborda la protección contra la violencia infantil desde un enfoque legal y social, y por qué es fundamental reforzar estas iniciativas para asegurar el bienestar de los menores.
CONTEXTUALIZACIÓN
La violencia infantil es un problema de salud pública a nivel mundial, donde se estima que 275 millones de niños son víctimas anualmente de violencia dentro de sus hogares. Según la literatura, existen diferentes tipos de violencia infantil, como el maltrato físico, abuso sexual, maltrato emocional o psicológico, y negligencia o abandono.
Los factores de riesgo de la violencia infantil se pueden clasificar en dos tipos: factores personales, que incluyen antecedentes del agresor y del entorno de la víctima, y factores ambientales, que consideran las características de la familia y la comunidad. Además, se ha identificado que los agresores que presentan antecedentes de haber sufrido abuso durante su niñez tienen mayor riesgo de cometer actos de violencia.
La violencia infantil puede tener consecuencias a largo plazo, incluyendo la reproducción de la violencia de forma transgeneracional. Asimismo, las poblaciones en riesgo social son más propensas a presentar altos índices de violencia. (Ccorahua, J. D., 2019)
Diversos estudios han encontrado que la violencia intrafamiliar se transmite de generación en generación a través del aprendizaje y las experiencias vividas en la familia de origen. Sin embargo, algunas estrategias como la separación de los padres o la unión de parejas con mejores condiciones socioeconómicas pueden reducir los niveles de violencia.
Según la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), establece que se debe garantizar la integridad física, psíquica y psicológica de los menores en todas las circunstancias para desarrollar su potencial como seres humanos en la sociedad, si las personas son conscientes de la situación en la que se encuentran. Las personas afectadas por los conflictos y la violencia pueden hacerlo reduciendo el daño causado por un entorno peligroso.
¿QUÉ ES EL ABUSO INFANTIL?
La Organización Mundial de la Salud (OMS, 2024) define el maltrato infantil como la acción o falta de acción por parte de un adulto que causa daño físico, emocional o psicológico a un niño o adolescente. Esto incluye el abuso físico, el abuso emocional, el abuso sexual, la negligencia y el maltrato médico, y puede tener consecuencias a largo plazo en la salud y el desarrollo del menor. Este tipo de maltrato es una violación de los derechos de los niños y es considerado un delito en muchas jurisdicciones.
CASOS EN PERÚ
Tenemos un caso en la ciudad de Puno donde una mujer fue detenida por asesinar a su hijastro. Erika Jennifer Condori Alarcón, una mujer de 26 años, fue detenida por la Policía Nacional del Perú (PNP) al ser sospechosa de matar a golpes a su hijastro de 5 años en una vivienda de Puno. El general PNP Pedro Ortiz, jefe de la Región Policial de Puno, indicó que Condori Alarcón golpeó al menor debido a que él se habría orinado en la cama.
Afirmó que la mujer aceptó en un primer momento haber cometido el crimen, pero luego se acogió al silencio. ATV señaló que el niño también habría sido atacado con agua caliente, ya que en varias partes de su cuerpo presenta graves quemaduras. La mujer llevó a su hijastro a un hospital de Puno, pero huyó apenas supo que había fallecido, pero luego fue capturada en el centro de la ciudad y llevada al complejo policial Santa Rosa de Juliaca.
2. En Ate, una madre y padrastro son detenidos por presuntamente asesinar a niño de 2 años. Sirianis Zapata Márquez y su novio, Christofer González Alicastro, llegaron al Hospital de Huaycán con el pequeño agonizando, los médicos hicieron de todo para salvarle la vida, pero, lastimosamente, falleció.
Al momento de examinar el cuerpo, uno de los pediatras se percató que presentaba múltiples heridas, muchas de ellas antiguas. Lo que más les llamó la atención fue que el pequeño tenía una de las orejas mutiladas. Ante esto, llamaron a la Policía Nacional del Perú (PNP).
APLICACIONES DE LA LEY
La Ley N° 30403 prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes, y su reglamento establece las medidas para su implementación y cumplimiento. Estas medidas legales buscan prevenir y erradicar la violencia infantil, así como promover el buen trato y el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes en el Perú.
CONCLUSIÓN
La violencia infantil es un problema complejo que requiere un abordaje a nivel macro sistémico, involucrando tanto al sistema familiar como al sistema social, con el fin de romper el ciclo de violencia transgeneracional y promover la resiliencia en los niños afectados. Mientras existan altos índices de violencia contra los niños, el país tendrá que afrontar más problemas a nivel social y económico, dejando heridas irreparables en las nuevas generaciones, por eso es importante estar informado sobre que es el maltrato y sus tipos, para saber reconocerlo en sus inicios y evitar el aumento de víctimas, es importante la aplicación de la ley en estos casos.
RECOMENDACIONES
☑ Abordar el problema de la violencia infantil a nivel macro sistémico, ya que no solo afecta a los niños, sino también a los agresores que probablemente hayan sufrido violencia anteriormente, y a la sociedad violenta que se ha formado a lo largo de los años.
☑ Implementar una intervención comunitaria sistémica con un modelo social terapéutico o ecosistémico, que involucre tanto al sistema familiar como al sistema social. Además, utilizar la terapia familiar como complemento para evitar la reproducción transgeneracional de la violencia.
REFERENCIAS
Pedro Enrique Bernui Oré (2014) Naturaleza del Derecho del Niño y Adolescente. (2014). Revista de investigación, Universidad Nacional de San Marcos. https://revistasinvestigacion.unmsm.edu.pe/index.php/derecho/article/view/11156
Organización Mundial de la Salud. (año). Maltrato infantil y su prevención. Recuperado de https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/child-abuse-and-neglect
Ccorahua Hall, J. D. (2019). Violencia infantil contra los niños de entre 8 a 12 años que estudian en la Institución Educativa de Primaria y Secundaria Nº60073 de Sinchi cuy, Iquitos, 2019. content (upeu.edu.pe)
https://elcomercio.pe/lima/policiales/puno-mujer-es-acusada-de-matar-a-golpes-a-su-hijastro-video-erika-jennifer-condori-alarcon-juliaca-pnp-policia-
https://elcomercio.pe/lima/ate-madre-y-padrastro-son-detenidos-por-presuntamente-asesinar-a-nino-de-2-anos-pnp-ultimas-noticia/
GRUPO N° 02
Malásquez Roque Anjhaly Xiomara Milagros
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🚨La justicia española vuelve a afinárselo a los de siempre, aunque sea un perjuicio para todos 👇🏻
🆘 El juez levanta el bloqueo a los pozos ilegales de la Casa de Alba junto a Doñana pese a la oposición de la Fiscalía
▪️Una vez más, la justicia española demuestra su tendencia a favorecer a los poderosos. El Juzgado de Instrucción 1 de Sanlúcar la Mayor ha decidido retirar las medidas cautelares que mantenían precintados los pozos sin licencia de la finca de Aljóbar, propiedad de la Casa de Alba, a pesar de la oposición de la Fiscalía de Medio Ambiente. Estos pozos, ubicados a escasa distancia del Parque Nacional de Doñana, estaban siendo investigados por un posible delito ambiental debido a su uso para "riegos ilegítimos".
La decisión de levantar los precintos ha generado una gran polémica. La Fiscalía denuncia que estos pozos restarían agua a Doñana, un área ya críticamente afectada por la sobreexplotación hídrica. La Casa de Alba, a través de su empresa Eurotécnica Agraria, defiende que no ha excedido su asignación de agua, aunque la Fiscalía sospecha que han estado extrayendo mucho más de lo permitido.
◼️Consecuencias Ecológicas: Un Golpe a Doñana
La retirada de las medidas cautelares sin imponer restricciones adicionales es un golpe directo a la protección ambiental de la región. Doñana, un ecosistema único y frágil, ya enfrenta graves problemas de sequía y sobreexplotación de sus recursos hídricos. Permitir que estos pozos operen sin control solo agrava la situación.
El magistrado se ha basado en un visto bueno inicial de la Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir para levantar los precintos, ignorando las advertencias de la Guardia Civil y el proceso judicial en curso. Esta acción refleja una preocupante indulgencia hacia los intereses de los poderosos en detrimento de la protección del medio ambiente.
◼️Justicia para los Privilegiados
Este caso pone en evidencia cómo los jueces españoles a menudo benefician a los mismos: las élites con influencias. La Casa de Alba, con sus conexiones y poder, parece gozar de una impunidad que no se extiende a otros ciudadanos. La situación de Doñana es crítica y decisiones como esta solo contribuyen a su deterioro.
Sería deseable y lo lógico en país civilizado, que la justicia actúe de manera imparcial y teniendo en cuenta las consecuencias ecológicas. Permitir la explotación ilegal de recursos hídricos en zonas tan sensibles es un retroceso para la protección ambiental y un claro mensaje de que en España, la justicia puede estar al servicio de los privilegiados, una vez más y ya pierdo la cuenta.
#CGPJ #Doñana #LosAlba
En el vídeo podéis ver cómo empezó esto👇🏻
eldiario.es/1_aea4d7?utm_c…
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En mi "molesta" opinión.-
Delito de odio.
“Yo acuso” (Emile Zola). “Yo me acuso” (viejo Profesor Javaloyes).
Queridos niños, el viejo Profesor se presenta voluntariamente y acusa así mismo (autoacusándose para que entienda el vulgo) y solicita -¡qué digo, exige!- caiga sobre él y se le aplique todo el rigor y peso de la ley pasada, presente y la futura que se anuncia (amenaza) por el Gobierno de España.
Me incrimino como responsable, autor intelectual y material del injustificable documento gráfico que se acompaña. Una vergüenza, un atentado al respeto del derecho a la imagen ajena y más grave aún cuando en ella se incluye a alguien en el que se refleja su placidez venerable y que si bien cuenta con detractores, es estimado y adorado por sus capacidades y aportación al mundo en general. Alguien que se desprende de todo en beneficio de los demás.
El otro, un ser inmundo, sucio y embarrado por una mierda adquirida y acumulada en el lodazal en que se mueve y que desea e impone como su morada y estilo de vida, la de sus hijos y descendientes y el resto de mortales en general.
Asumo íntegramente pequeñas criaturas, la responsabilidad del daño y el menoscabo demostrado y exhibido como el ente cínico, abyecto, malvado y sin alma que soy, carente de ningún derecho a la compasión tras poner en un mismo plano al líder supremo de la República Islámica de Irán, susantidad ayatolá Alí Hoseiní Jamenei con un cerdo anónimo.
Y en un intento de reparar, así sea de forma testimonial, mi inexcusable actuación sin esperar indulgencia alguna pido sinceras disculpas públicamente al perjudicado:
¡Perdón por mi insolencia, desfachatez y descaro… Señor Cerdo!.
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¿Weimerica? - Carl Schmitt sobre el Estado de Derecho
Por Tom Sunic
Traducción de Juan Gabriel Caro Rivera
Al Sistema Liberal le gusta ponerse la etiqueta de “Estado de Derecho”, con lo que sugiere implícitamente que otros sistemas de creencias u otros Estados no liberales o estatales que han existido a lo largo de la historia son entidades sin ley que violan la libertad de sus ciudadanos. Esto no es cierto. Desde tiempos inmemoriales los Estados de todo el mundo, incluso las peores tiranías, han utilizado sistemas legislativos a la hora de dictar sentencia contra sus oponentes políticos o delincuentes comunes. El problema no es si esos Estados o Estados antiliberales son o eran justos o injustos; el problema es más bien la elección correcta o incorrecta de tal concepto y la posterior interpretación de ese concepto por parte de los detractores o defensores de esos Estados.
Por ejemplo, la legislación de la Europa del Este comunista y de la Unión Soviética contenía elementos constitucionales detallados que abarcaban todos los aspectos de la vida de los ciudadanos. Lo mismo ocurre con el fascismo italiano y el nacionalsocialismo alemán (1922-1945), cuyos líderes consideraban que las leyes de su país defendían mejor la libertad que las leyes del Sistema Liberal. En los Estados Unidos contemporáneos, y al amparo de la grandilocuente expresión “Estado de Derecho”, el poder judicial tiende cada vez más a deslizarse hacia un legalismo excesivo, hacia una guerra legal (lawfare) que podría llevar cualquier otro nombre, y que tarde o temprano conducirá a la desorganización administrativa y el desencadenamiento de disturbios civiles. Actualmente, este proceso de guerra legal lo podemos observar en el poder judicial de los EE.UU., tal y como lo ilustran las numerosas acusaciones contra el ex presidente Donald Trump, la cruzada de Letitia James contra VDARE, la demanda de Charlottesville y muchos otros casos más. Además, los juicios casi al estilo soviético de miles de manifestantes del Capitolio del 6 de enero están en pleno apogeo, con los acusados convertidos en sujetos de nombres mal definidos y a menudo abstractos (¿alborotadores?, ¿intrusos?, ¿insurrectos?, ¿terroristas? ... ¿¡o luchadores por la libertad!?). Hay que señalar que, a pesar de las acusaciones mutuas, cargos por delitos graves y contraacusaciones del equipo legal de Trump contra los fiscales locales patrocinados por el gobierno estadounidense y los abogados activistas que odian a Trump como es el caso de Roberta Kaplan, no se trata de una característica inherente del sistema estadounidense. En absoluto. De hecho, el hiperlegalismo manifiesto en los EE.UU., que roza cada vez más la anarquía administrativa, representa la esencia misma de la dinámica histórica del Sistema Liberal [I].
Quis judicabit? - ¿quién toma la decisión legal final?
La sorprendente similitud entre el actual sistema judicial estadounidense y el poder judicial semianárquico de la Alemania de Weimar, que había dado lugar a incesantes disturbios civiles y asesinatos políticos en serie, fue descrito por Carl Schmitt en muchos artículos que fueron publicados entre 1933 y 1944 en revistas jurídicas de la Alemania nacionalsocialista. Sin embargo, al estudiar la obra jurídica de Schmitt hay que tener en cuenta varios aspectos. No existe en ingles un equivalente para el sustantivo compuesto alemán “Rechtsstaat” (Estado de derecho), un sustantivo que tiene un equivalente verbal y conceptual exacto en todas las lenguas europeas continentales (état de droit, pravna država, stato di diritto, právní stat, etc.). En cambio, los juristas estadounidenses/británicos recurren a una expresión mucho más general como “dominio de la ley” o “Estado constitucional”, términos que no tiene el mismo significado específico que el concepto alemán de “Rechtsstaat”. La expresión que voy a utilizar en mis traducciones de las citas de Schmitt, es decir, del concepto de Estado de Derecho (state ruled by law) es la palabra que que más se aproxime al sustantivo alemán original de “Rechtsstaat” (n.d.t, Sunic escribió este artículo originalmente en inglés por lo que no existe una traducción exacta a esa lengua, pero sí al español).
En segundo lugar, hay que tener en cuenta que Schmitt, a quien a menudo citan hoy decenas de académicos tradicionalistas contemporáneos tanto estadounidenses como europeos, al igual que intelectuales y activistas de la Alt-Right o de la Nueva Derecha, no sólo era un jurista experto y un reputado politólogo, sino también un erudito poliglota que indagaba constantemente en el significado de los conceptos políticos y sus distorsiones semánticas por parte de las diversas clases políticas dominantes en Europa y los Estados Unidos. La expresión “fake news” (noticias falsas) no existía en la época de Schmitt, aunque Schmitt era muy consciente de la falsa jerga jurídica usada por el sistema judicial liberal. A pesar de su abierta simpatía por el nacionalsocialismo y el fascismo, merece la pena examinar la relevancia de sus artículos, especialmente a la hora de evaluar los actuales sistemas jurídicos de los EE.UU. y la UE dentro del marco del derecho internacional. En uno de sus artículos que lleva el laudatorio título de “El Estado nacionalsocialista es un Estado justo” Schmitt escribe: “La existencia de un ‘Rechtsstaat’ [es decir, Estado de derecho] depende de la propiedad específica que uno atribuya a una palabra tan ambigua y también hasta qué punto un Rechtsstaat puede considerarse como un Estado justo. El liberalismo del siglo XIX atribuyó a este término un significado específico convirtiendo al Rechtsstaat en un arma política en su lucha contra el Estado. Quien utilice tal expresión debe explicar exactamente lo que entiende por ella y en qué se diferencia su Rechtsstaat del Rechsstaat liberal, así como en el qué es su Rechtsstaat nacionalsocialista o cualquier otro tipo de Rechtsstaat” [II].
Dado el uso excesivo y generalizado del término “Estado de derecho” no debe sorprendernos que este término hoy en día apenas si resulte creíble. “En este sentido”, escribe Schmitt, “el liberalismo se ha esforzado indiscriminadamente durante el último siglo por demostrar que todo Estado no liberal, ya sea una monarquía absoluta, un Estado fascista, un Estado nacional-socialista o bolchevique, es un Estado que no es regido por la ley (Nicht-Rechtsstaat), o como un Estado injusto o sin ley (Unrechtsstaat)” [III]. Además, el Sistema Liberal, como señalan incansablemente sus partidarios, establece una construcción social de dos niveles que promueve una división tajante entre el aparato estatal y la persona privada. El supuesto subyacente es que tal división puede prevenir mejor el surgimiento de un Estado poderoso y de un líder dictatorial. El Estado liberal, según los teóricos liberales, debe funcionar únicamente como un “vigilante nocturno” ocasional, sin interferir nunca en la esfera privada del individuo: “Esta naturaleza bifronte explica el típico marco constitucional del Rechtsstaat burgués. Los derechos y libertades fundamentales garantizados por el Estado liberal-democrático y su sistema constitucional son esencialmente los derechos de la persona privada. Sólo por esta razón [esos derechos] pueden considerarse ‘apolíticos’. El Estado liberal y el marco constitucional se basan en un contraste simple y directo entre el Estado y la persona privada. Sólo sobre la base de este contraste es natural y merece la pena esforzarse por crear todo el edificio de protecciones y facilidades legales con el fin de proteger a una persona privada que se encuentra indefensa, desvalida y aislada del poderoso Leviatán del ‘Estado’. Sólo para la protección de un individuo desvalido tiene sentido la mayoría de estas medidas de protección legal del llamado Recthsstaat. Se pueden justificar con el argumento de que la protección frente al Estado debe modelarse cada vez más por medio de procedimientos judiciales e incluso en líneas generales con la participación de una autoridad judicial independiente del Estado” [IV]. La cita anterior sobre la autopercepción romántica del sistema liberal es errónea. Cabría plantearse la siguiente pregunta: ¿es cierto, como afirman los teóricos liberales, que la división entre la sociedad civil y el Estado puede garantizar mejor las libertades individuales y proteger mejor a los ciudadanos particulares de las decisiones arbitrarias del Estado? Difícilmente. ¿Es cierto que los tan alabados controles y equilibrios liberales, incluida una separación tajante entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, pueden prevenir mejor las tentaciones totalitarias? Tampoco es cierto. La división tan alabada entre la esfera privada y la esfera pública es engañosa; más bien impide a los ciudadanos escapar del actual Estado de vigilancia liberal. Hay que subrayar una y otra vez que en el sistema liberal ya no es el Estado el que ejerce el control; en su lugar, este control es ahora ejercido por una infinidad de grupos de presión, ONGs, empresas de medios de comunicación y grupos de presión elitistas bien financiados que influyen en los ciudadanos a diario mientras utilizan a su antojo al Estado como cobertura legal. Schmitt analizó hace tiempo el impacto negativo de los grupos de presión no gubernamentales como contrapoder.
Sin embargo, todo esto se vuelve completamente absurdo cuando se aplica a asociaciones u organizaciones colectivas fuertes que conquistan esferas de libertad no gubernamentales, es decir, no políticas, y organizaciones no gubernamentales (pero que no son apolíticas) que quieren ejercer su autoridad sobre las personas privadas mientras que se enfrentan al Estado utilizando diversos títulos legales (pueblo, sociedad, burguesía libre, proletariado productivo, opinión pública, etc.). Estas asociaciones no gubernamentales que, como ya hemos dicho, son totalmente políticas, llegan a dominar a través de la legislatura tanto la voluntad del Estado (a través de la coerción social y del “derecho puramente privado”) como la voluntad del individuo al que convierten en sujeto mediático. “Son estos grupos los verdaderos responsables de la política y quienes manipulan los resortes del poder estatal” [V]. ¿Acaso todo esto no nos suena familiar? Lo que ahora se denomina sarcásticamente Estado profundo ya había sido anticipado por Schmitt, aunque este término no existía en su tiempo. En sus críticas a la Constitución liberal de Weimar, los nacionalistas alemanes introdujeron y popularizaron en toda Europa el término das System, un concepto que fácilmente podría designar al actual Estado profundo liberal. Sin duda, en un Sistema Liberal en el que el poder está descentralizado, denominado en el mundo académico como “reparto del poder”, un ciudadano disidente sólo puede fantasear con derrocar a su respectivo gobierno por la fuerza atacando al Estado. A primera vista esto puede parecer como un medio para proteger la libertad dentro del Sistema Liberal. No obstante, la naturaleza atomizada del poder y su dispersión al interior del Liberalismo, resultado de sus famosas políticas de controles y equilibrios, conduce inevitablemente a una desconfianza y odio mutuo entre los ciudadanos, causando que la línea que separa a la víctima del culpable desaparezca gradualmente. El difunto Claude Polin, que fue uno de los mejores observadores de las contradicciones liberales, plantea una pregunta inquietante: “¿Cómo es posible que se tema el ejercicio del poder de un único rey y no se tema aún más el ejercicio de poder de millones de pequeños reyes?” [VI].
Cientos de reyezuelos no gubernamentales y cientos de agencias privadas en los Estados Unidos y la UE, incluidos decenas de grupos de presión étnicos, cada uno de ellos haciendo gala a menudo de un extraño victimismo y cada uno de ellos controlando su propio territorio, tienen sus propios métodos de represión contra las voces disidentes. Sin duda, la mayoría de las ONGs de los Estados Unidos y la UE no ocultan su profunda aversión hacia un Estado fuerte y se apresuran a denunciar cualquier signo de populismo en la burocracia gubernamental. No obstante, ninguna de ellas se priva del ejercicio de sus propias políticas represivas contra otros grupos marginados, al tiempo que piden al Estado generosas subvenciones. La ADL, SPLC en los EE.UU., docenas de fundaciones antifas y transgénero, incluyendo instituciones judías y cristianas financiadas por el gobierno de la UE, al igual que el Crif, LICRA o la Amadeu Antonio Stiftung operan de forma muy similar a los antiguos comisariados populares locales soviéticos. Todas ellas dan por sentado, sin embargo, que tienen derecho a un trozo del gobierno, es decir, del pastel de los contribuyentes. En nombre de la abstracta “tolerancia” y del “Estado de derecho” todos ellos consideran que su deber democrático y legal es espiar y denunciar a sus conciudadanos críticos con los dogmas judiciales del liberalismo. La democracia liberal posmoderna, aunque presume de ser el mejor de los mundos, recuerda cada vez más al surgimiento de los primeros Estados medievales. El Sistema Liberal, es decir, el Estado profundo que actualmente existe en los Estados Unidos y la UE, el cual es básicamente un sistema oligárquico, no cayó de la luna, ni está formado por bandas monolíticas de ladrones y conspiradores autodeclarados que están empeñados en subvertir el Estado. El sistema liberal de Occidente no es más que el resultado lógico de diferentes grupos, a menudo enfrentados entre sí, que voluntariamente – y a veces sin saberlo, como es el caso de los grupos religiosos cristianos que promueven políticas liberales para los refugiados – trabajan a favor de la descomposición social, racial y nacional del Estado y de su pueblo, un rasgo inherente a la propia dinámica del (mal) llamado Estado de derecho liberal.
Notas:
[I] T. Sunic, “Historical Dynamics of Liberalism: From Total Market to Total State? “, The Journal of Social, Political, and Economic Studies 13, no. 4, (Winter 1988), p. 455.
[II] C. Schmitt, „Fünf Leitsätze für die Rechtspraxis“ en Deutsches Recht, 3, Nr. 7 (1933), S. 201–202, reimpreso en Gesammelte Schriften 1933–1936 (Berlin: Duncker & Humblot, 2021), p.56. (También: https://archive.org/details/carl-schmitt-gesammelte-schriften-1933-1936)
[III] C. Schmitt, Der Rechtsstaat, públicado por primera vez en Nationalsozialistisches Handbuch für Recht und Gesetzgebung (München: Zentralverlag der NSDAP, 1935, S. 24–32) y reimpreso en Gesammelte Schriften 1933–1936, p.286-287.
[IV] C. Schmitt, „Die Verfassungslage Deutschlands“ en Preußische Justiz – Rechtspflege und Rechtspolitik, Nr. 42, 5. Oktober 1933, pp. 479–482, reimpreso en Gesammelte Schriften 1933–1936, p.74.
[V] Ibid, p. 75-76.
[VI] Claude Polin, “Pluralisme ou Guerre civile?” Catholica (invierno, 2005–06), p. 16.
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Abogado Acosta Pérez denuncia el uso de la soberanía para justificar abusos
Alertan sobre el mal uso de la autodeterminación de los pueblos en Venezuela
Buenos Aires, Argentina 23/09/24. (PS).- Jorge Acosta Pérez, abogado venezolano radicado en Argentina desde hace seis años, expresó su preocupación en un artículo publicado en su cuenta de LinkedIn el pasado 18 de septiembre, donde advirtió sobre el uso del principio de autodeterminación de los pueblos como escudo para evitar la rendición de cuentas ante acusaciones de presuntos crímenes de lesa humanidad en Venezuela.
En su análisis, Acosta Pérez subrayó que la autodeterminación de los pueblos es un principio clave del derecho internacional, diseñado para proteger la soberanía de las naciones frente a interferencias externas. Sin embargo, advirtió que este derecho no podía ser invocado para justificar la impunidad ante violaciones graves de los derechos humanos, como las ejecuciones extrajudiciales, tortura y detenciones arbitrarias, documentadas por organismos internacionales.
El abogado resaltó que, desde la salida de Venezuela del sistema interamericano de derechos humanos en 2017, el gobierno había utilizado el argumento de la soberanía para ignorar las resoluciones y medidas cautelares emitidas por organismos como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). “El gobierno de Maduro defendió su posición alegando que cualquier señalamiento o intervención externa constituía una violación de la autodeterminación y la soberanía nacional”.
Acosta Pérez también indicó que el derecho internacional, mediante el concepto de ius cogens (normas imperativas), establecía que los crímenes de lesa humanidad no podían ser excusados bajo ninguna justificación de soberanía.
“Las violaciones sistemáticas de derechos humanos, como las señaladas por la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH), eran de interés y preocupación universal”, destacó.
El jurista enfatizó que el respeto a la autodeterminación no podía convertirse en un mecanismo de impunidad ante los crímenes de lesa humanidad. El abogado insistió en que Venezuela debía rendir cuentas ante la comunidad internacional y que el principio de soberanía no podía ser utilizado como excusa para ignorar las normas del derecho internacional humanitario.
"La comunidad internacional debe continuar impulsando mecanismos de rendición de cuentas y garantizar que los derechos humanos sean protegidos, sin importar las fronteras", concluyó.
Articulo en Lonkedin: https://www.linkedin.com/posts/jorge-acosta-perez-72817419_la-autodeterminaci%C3%B3n-de-los-pueblos-como-activity-7242155187832836097-4_pQ?utm_source=share&utm_medium=member_ios
Juan José Ojeda Díaz / Prensa de Solidaridad
X (antes Twitter): @juanjoseojeda
Instagram: @juanjoseojedadiaz
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Ley Penal del Ambiente
La Ley Penal del Ambiente es una ley que tiene como objetivo proteger el medio ambiente y prevenir la contaminación. Esta ley establece sanciones y obligaciones de orden público para garantizar que las empresas y los individuos cumplan con las normas ambientales y eviten dañar el medio ambiente.
Desde el punto de vista de un estudiante de gerencia industrial, es importante tener en cuenta que la Ley Penal del Ambiente afecta directamente a la industria y a las empresas que operan en el país. Las empresas tienen la responsabilidad de cumplir con las normas ambientales y evitar cualquier actividad que pueda dañar el medio ambiente. Esto incluye la gestión adecuada de residuos, la prevención de la contaminación, la conservación de los recursos naturales y la reducción de emisiones contaminantes.
La Ley Penal del Ambiente establece sanciones para las empresas y los individuos que no cumplan con estas normas ambientales.
Las sanciones pueden incluir multas, cierre temporal o permanente de las instalaciones, e incluso prisión en casos graves de contaminación ambiental. Es importante que las empresas tomen medidas preventivas para evitar cualquier actividad que pueda resultar en sanciones y dañar su reputación.
Comenta sobre las sanciones que conoces por el incumplimientos de estas leyes!
Además, la Ley Penal del Ambiente establece obligaciones de orden público para garantizar que todas las empresas operen de manera responsable y respeten el medio ambiente. Estas obligaciones incluyen la implementación de medidas preventivas, la realización de auditorías ambientales periódicas, la notificación inmediata de cualquier incidente ambiental y la cooperación con las autoridades ambientales en caso de emergencias ambientales.
En resumen, siendo estudiante de gerencia industrial, es importante comprender la importancia de cumplir con las normas ambientales y la Ley Penal del Ambiente. Las empresas tienen la responsabilidad de operar de manera sostenible y respetar el medio ambiente para proteger nuestros recursos naturales y garantizar un futuro sostenible.
Con el objetivo de aportar algunos datos adicionales que encontré en la web y que podrían enriquecer el artículo.
Uno de los datos que me pareció interesante es el número de casos que se han procesado por la Ley Penal del Ambiente desde su entrada en vigencia en el año 2012 hasta el año 2020. Según un informe del Ministerio Público, en ese período se registraron 1.571 casos de delitos ambientales, de los cuales se obtuvieron 216 sentencias condenatorias y 1.355 acuerdos reparatorios. Esto significa que solo el 13,8% de los casos terminaron en una condena penal, mientras que el 86,2% se resolvieron mediante un acuerdo entre las partes para reparar el daño ambiental causado.
Otro dato que me llamó la atención es el ranking de los estados con mayor número de casos de delitos ambientales en Venezuela. Según el mismo informe del Ministerio Público, los estados con más casos registrados fueron: Zulia con 270 casos, Bolívar con 238 casos, Miranda con 136 casos, Carabobo con 125 casos y Aragua con 115 casos. Estos estados representan el 55,6% del total de casos a nivel nacional. Esto podría deberse a que estos estados tienen una mayor actividad económica e industrial, que puede generar mayor impacto ambiental, o a que tienen una mayor presencia de autoridades ambientales, que pueden detectar y denunciar los delitos ambientales.
Un último dato que me pareció relevante es el impacto que ha tenido la pandemia de COVID-19 en la aplicación de la Ley Penal del Ambiente. Según una nota de prensa del Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo, en el año 2020 se registró una disminución del 40% en el número de casos de delitos ambientales, en comparación con el año 2019. Esto se debió a las medidas de confinamiento y de restricción de la movilidad, que redujeron la actividad humana y, por ende, la presión sobre el ambiente. Sin embargo, también se advirtió que la pandemia generó nuevos desafíos para la protección ambiental, como el manejo adecuado de los residuos y desechos sanitarios, y el control de la minería ilegal.
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El manifestante de La Güinera y preso político del 11J, Yosandri Mulet Almarales, falleció este lunes a consecuencia de las graves lesiones sufridas tras un intento de suicidio que lo mantuvo por días entre la vida y la muerte.
Así lo confirmó el Centro de Documentación de Prisiones Cubanas (CDPC), organización no gubernamental que informó el 22 de agosto del segundo y último intento de suicidio del preso político, cometido durante un pase del centro penitenciario donde realizaba trabajo forzado.
“Según el activista Marcel Valdés, la familia del preso político conoció hoy la noticia de su muerte y no está claro cuántos días estuvo en el hospital Julio Trigo, donde fue llevado aparentemente con vida, pues las autoridades tomaron el lugar”, indicó este lunes la organización en sus redes sociales.
En declaraciones a Martí Noticias, un familiar de Mulet Almarales reveló que el preso sufría una gran alteración y zozobra motivada por su injusta condena. “Él no quería estar preso. Estaba muy alterado”, indicó.
“Mulet Almarales cumplía una condena de 10 años por las protestas del 11J en La Güinera, La Habana. Llevó a cabo su segundo intento de quitarse la vida durante un pase del centro penitenciario donde realizaba trabajo forzado”, precisó el CDPC.
Por su parte, la plataforma Cubadecide lanzó este lunes un mensaje de alerta y denuncia urgente señalando que el preso político se encontraba “en terapia intensiva, reportado como grave, tras haber saltado del puente de Calabazar durante un pase de la prisión [Toledo]”.
“Hace unos ocho meses, Yosandri ya había intentado quitarse la vida en la prisión del Combinado del Este. En esa ocasión intentó ahorcarse y fue salvado por sus compañeros reclusos”, indicó la plataforma creada por la líder opositora Rosa María Payá.
Asimismo, denunció “que los prisioneros del 11J están siendo sometidos a tratos inhumanos y degradantes, se les niegan completamente los beneficios penitenciarios y muchos de ellos ni siquiera cuentan con el apoyo de sus familias”.
En ese sentido, el CDPC recordó la existencia de las denominadas ‘Reglas Mandela’, que “exigen al Estado facilitar asistencia médica recurrente para ‘detectar todo indicio de estrés psicológico o de otra índole causado por la reclusión, incluidos el riesgo de suicidio o autolesión’”.
El régimen totalitario cubano no solo viola lo establecido en dichas reglas, sino que practica métodos de tortura contra los presos políticos, tal y como han acreditado distintas organizaciones no gubernamentales que han compilado testimonios de víctimas de la represión.
“La desesperación y el sufrimiento de los prisioneros políticos cubanos, quienes han sido juzgados de manera arbitraria y condenados a largas penas de prisión, los está llevando a tomar decisiones desesperadas como el único recurso ante la violación constante de sus derechos humanos”, subrayó Cubadecide en su comunicado.
Yosandri Mulet Almarales nació el 11 de mayo de 1987. El preso político fue condenado el 24 de enero de 2023 a 10 años de privación de libertad tras el juicio celebrado en el Tribunal Popular del municipio 10 de Octubre.
La fiscalía pidió inicialmente 13 años de privación de libertad por el presunto delito de sedición. Mulet Almarales pasó más de un año con medida de prisión provisional, a la espera de juicio.
El preso político se reportó en estado crítico el pasado 4 de junio, luego de que intentara suicidarse en la prisión Combinado del Este, lo cual provocó el cambio de medida a reclusión domiciliaria. Finalmente, la justicia del régimen revocó la medida de reclusión domiciliaria que pesaba sobre él previo a la sentencia. Mulet Almarales tenía 37 años al momento de su fallecimiento.
Las históricas protestas del 11 de julio de 2021 (11J), que sacaron a miles de manifestantes a las calles de pueblos y ciudades de Cuba, dejaron un saldo de un muerto y varios heridos tras el enfrentamiento de estos con fuerzas represoras en las inmediaciones de la estación policial del barrio La Güinera, en el municipio habanero de Arroyo Naranjo.
La muerte de Diubis Laurencio Tejeda fue confirmada oficialmente por el Ministerio del Interior (MININT) el 13 de julio. El joven de 36 años falleció de un disparo de pistola Makarov (reglamentaria de la policía cubana) recibido por la espalda a manos del subteniente Yoennis Pelegrín Hernández, jefe del sector en Mantilla.
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Aprehendido presunto líder de enfrentamientos armados en Guarayos
La Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc) de la provincia Guarayos aprehendió a Hebert Sixto Canaza Sacaca, acusado de encabezar los enfrentamientos armados en la subcentral Pailitas que dejaron un joven muerto y varios heridos. Canaza fue capturado cuando se presentó a declarar ante la Fiscalía y se encuentra a la espera de su audiencia cautelar. La Fiscalía lo procesa por delitos…
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A la ultraderecha no se le vence con miedo sino con políticas de izquierda
Los Estados Unidos de América, a cuatro meses de las elecciones presidenciales, se debaten entre un Presidente con signos evidentes de deterioro cognitivo o un Presidente delincuente, declarado culpable de 34 delitos graves. Ese es el panorama que tienen ante sí los estadounidenses. Un dato aleccionador: Los votos “no comprometidos” (Uncommitted votes) del partido demócrata superan los 500.000.…
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MUY GRAVE | Robados 305 millones de litros de agua al año durante 10 años de 1 de los acuíferos de Doñana x los terratenientes parásitos de la Casa de Alba para las naranjas 'gourmet' que venían comercializando. 8 pozos ilegales en 200 hectáreas. Querella contra Eurotécnica Agraria SA, empresa que gestiona la gran finca Aljóbar, situada en Aznalcázar (Sevilla), propiedad de los parásitos herederos de la duquesa de Alba. Los pozos están camuflados "con lonas de color verde para no ser visibles de forma aérea o a pie de parcela", según señalan desde Ecologistas en Acción. Imputada la vividora y terrateniente Eugenia Martínez de Irujo por este grave delito contra el medioambiente de todxs. Video publicado por Juan Miguel Garrido @JuanmiGG_News
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