#Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia
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Detecta Acodeco anomalías en 14 balanzas para equipajes en el Aeropuerto de Tocumen
Detecta Acodeco anomalías en 14 balanzas para equipajes en el Aeropuerto de Tocumen
Este Domingo la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) informó que efectuò la verificación técnica de las balanzas utilizadas para equipajes, en los aeropuertos de Tocumen y Panamá Pacífico, con el objetivo de comprobar el cumplimento del reglamento técnico 37-2002 Metrología. Acodeco precisa que de esta manera, en la terminal 1 del aeropuerto de Tocumen, se…
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@acodeco inicia operativo de Navidad, encuentra irregularidades en Coclé A partir de este miércoles, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) inició el operativo de Navidad 2021 en diversos puntos del país, para fiscalizar el cumplimiento de los decretos y las leyes de protección al consumidor, según dieron a conocer a través de un comunicado de prensa. Mediante el escrito, la institución indicó que el operativo 2021 se dividirá en dos fases. La primera se desarrollará del 1 al 7 de diciembre y la segunda del 13 al 23 de diciembre, incluyendo los sábados y domingos 4 y 11 de diciembre, así como 5 y 12 de diciembre. @publicopenonome #publicopenonome (en Coclé Province) https://www.instagram.com/p/CW-vbmoL9BO/?utm_medium=tumblr
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PAN, PRI Y PRD rechazarán reforma electoral, eléctrica y de la Guardia Nacional de AMLO
Cdmx.- La coalición “Va por México“, integrada por el Partido Acción Nacional (PAN), Partido de la Revolución Institucional (PRI) y Partido de la Revolución Democrática (PRD), aseguró este miércoles que rechazará las iniciativas del presidente Andrés Manuel López Obrador que vayan en contra de los intereses de la población.
Los dirigentes nacionales de oposición, Marko Cortés del PAN, Alejandro Moreno del PRI y Jesús Grijalva del PRD, se refirieron a las reformas electoral y eléctrica, así como a la incorporación de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), iniciativas que a la fecha ha propuesto el mandatario federal.
Sobre la reforma electoral, establecieron como criterio general que “se habrá de aprobar todo aquello que fortalezca a la democracia como el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
“Se rechazará cualquier intento de control gubernamental que vulnere al órgano electoral, los espacios y la voz de las minorías que representan la pluralidad del país”, dijeron.
México contará con un bloque de protección constitucional contra las ocurrencias presidenciales e intentos dictatoriales. Vamos a apoyar todo aquello que dé soluciones reales a los graves problemas que atraviesa el país.#VaPorMéxico
pic.twitter.com/AcpiqoDLsQ
— Marko Cortés (@MarkoCortes) June 16, 2021
Respecto a la intención de incorporar a la Guardia Nacional a la Sedena consideraron que esta corporación debe estar en el ámbito civil, tanto en sus mandos como sus integrantes “con una estrecha coordinación con autoridades estatales y municipales”.
En tanto, los representantes de la oposición, aseguraron que están abiertos a que se discuta cualquier mejora en la Comisión Federal de Electricidad (CFE) “que evite seguir teniendo apagones como el ocurrido a finales del año pasado” pero que permita mayor competencia y mejores precios para los consumidores.
“Vamos por una verdadera reforma energética que necesariamente pasa por las energías limpias y renovables”, manifestaron.
La coalición señaló que sus legisladores “valorarán con absoluta responsabilidad” las propuestas de reformas que anuncie el mandatario federal y priorizará “todo aquello que fortalezca la democracia, las instituciones y la economía familiar”.
“El mandato de la ciudadanía expresada en las urnas el pasado 6 de junio permite un nuevo equilibrio en el Congreso, ya que Morena y sus aliados no cuentan más con una mayoría calificada, y ahora se tendrá que dialogar, debatir y construir sobre los grandes problemas nacionales”, detalló en un comunicado.
Con información de Latinus
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Pluralidad de partes en el proceso civil
La Ley de Enjuiciamiento Civil regula la situación de pluralidad de partes, también conocida como litisconsorcio, para los supuestos en los que existen varias personas que intervienen en un procedimiento como demandantes o como demandados.
Así, podrán comparecer en juicio varias personas, como demandantes o como demandados, cuando las acciones que se ejerciten provengan de un mismo título o causa de pedir. Cuando por razón de lo que sea objeto del juicio la tutela jurisdiccional solicitada sólo pueda hacerse efectiva frente a varios sujetos conjuntamente considerados, todos ellos habrán de ser demandados, como litisconsortes, salvo que la ley disponga expresamente otra cosa.
Son varios los supuestos especiales que se pueden dar en lo referente a la pluralidad de partes, a continuación, nuestros abogados expertos en derecho civil nos los detallan.
En este artículo encontrarás..
Intervención de personas que inicialmente no eran demandantes ni demandados Intervención provocada Publicidad e intervención en procesos para la protección de consumidores y usuarios Intervención en procesos de defensa de la competencia y de protección de datos
Pluralidad de partes en el proceso civil
Intervención de personas que inicialmente no eran demandantes ni demandados
Señala la ley en lo referente a la pluralidad de partes que mientras se encuentre pendiente un proceso, podrá ser admitido como demandante o demandado, quien acredite tener interés directo y legítimo en el resultado del pleito. En particular, cualquier consumidor o usuario podrá intervenir en los procesos instados por las entidades legalmente reconocidas para la defensa de los intereses de aquéllos.
La solicitud de intervención no suspenderá el curso del procedimiento. El tribunal resolverá por medio de auto, previa audiencia de las partes personadas, en el plazo común de 10 días.
Una vez admitida la intervención, no se retrotraerán las actuaciones, pero el interviniente será considerado parte en el proceso a todos los efectos y podrá defender las pretensiones formuladas por su litisconsorte o las que el propio interviniente formule, si tuviere oportunidad procesal para ello, aunque su litisconsorte renuncie, se allane, desista o se aparte del procedimiento por cualquier otra causa.
También se permitirán al interviniente las alegaciones necesarias para su defensa, que no hubiere efectuado por corresponder a momentos procesales anteriores a su admisión en el proceso. De estas alegaciones el Letrado de la Administración de Justicia dará traslado, en todo caso, a las demás partes, por plazo de 5 días.
El interviniente podrá, asimismo, utilizar los recursos que procedan contra las resoluciones que estime perjudiciales a su interés, aunque las consienta su litisconsorte.
Intervención provocada
También en relación a la pluralidad de partes y en caso de que la ley permita que el demandante llame a un tercero para que intervenga en el proceso sin la cualidad de demandado, la solicitud de intervención deberá realizarse en la demanda, salvo que la ley disponga expresamente otra cosa. Admitida por el tribunal la entrada en el proceso del tercero, éste dispondrá de las mismas facultades de actuación que la ley concede a las partes.
Cuando la ley permita al demandado llamar a un tercero para que intervenga en el proceso, se procederá conforme a las siguientes reglas:
El demandado solicitará del tribunal que sea notificada al tercero la pendencia del juicio.
El Letrado de la Administración de Justicia ordenará la interrupción del plazo para contestar a la demanda con efectos desde el día en que se presentó la solicitud, y acordará oír al demandante en el plazo de 10 días, resolviendo el tribunal mediante auto lo que proceda.
El plazo concedido al demandado para contestar a la demanda se reanudará con la notificación al demandado de la desestimación de su petición o, si es estimada, con el traslado del escrito de contestación presentado por el tercero y, en todo caso, al expirar el plazo concedido a este último para contestar a la demanda.
Si una vez haya comparecido el tercero, el demandado considera que su lugar en el proceso debe ser ocupado por este tercero, se procederá conforme a lo dispuesto en relación a la sucesión en los casos de intervención provocada.
Si finalmente en la sentencia resulta absuelto el tercero, las costas se podrán imponer a quien solicitó su intervención.
Publicidad e intervención en procesos para la protección de consumidores y usuarios
En los procesos de pluralidad de partes promovidos por asociaciones o entidades constituidas para la protección de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, o por los grupos de afectados, se llamará al proceso a quienes tengan la condición de perjudicados por haber sido consumidores del producto o usuarios del servicio que dio origen al proceso, para que hagan valer su derecho o interés individual. Este llamamiento se hará por el Letrado de la Administración de Justicia publicando la admisión de la demanda en medios de comunicación con difusión en el ámbito territorial en el que se haya manifestado la lesión de aquellos derechos o intereses.
El Ministerio Fiscal será parte en estos procesos cuando el interés social lo justifique. El tribunal que conozca de alguno de estos procesos comunicará su iniciación al Ministerio Fiscal para que valore la posibilidad de su personación.
Por otro lado, cuando se trate de un proceso en el que estén determinados o sean fácilmente determinables los perjudicados por el hecho dañoso, el demandante o demandantes deberán haber comunicado previamente su propósito de presentación de la demanda a todos los interesados. En este caso, tras el llamamiento, el consumidor o usuario podrá intervenir en el proceso en cualquier momento, pero sólo podrá realizar los actos procesales que no hubieran precluido.
Si se trata de un proceso en el que el hecho dañoso perjudica a una pluralidad de personas indeterminadas o de difícil determinación, el llamamiento suspenderá el curso del proceso por un plazo que no excederá de 2 meses y que el Letrado de la Administración de Justicia determinará en cada caso atendiendo a las circunstancias o complejidad del hecho y a las dificultades de determinación y localización de los perjudicados. El proceso se reanudará con la intervención de todos aquellos consumidores que hayan acudido al llamamiento, no admitiéndose la personación individual de consumidores o usuarios en un momento posterior, sin perjuicio de que éstos puedan hacer valer sus derechos o intereses.
Quedan exceptuados de todo lo anterior, los procesos iniciados mediante el ejercicio de una acción de cesación para la defensa de los intereses colectivos y de los intereses difusos de los consumidores y usuarios.
Intervención en procesos de defensa de la competencia y de protección de datos
La Comisión Europea, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y los órganos competentes de las comunidades autónomas en el ámbito de sus competencias podrán intervenir en los procesos de defensa de la competencia y de protección de datos, sin tener la condición de parte, por propia iniciativa o a instancia del órgano judicial, mediante la aportación de información o presentación de observaciones escritas sobre algunas cuestiones relativas a la Defensa de la Competencia. Con la venia del correspondiente órgano judicial, podrán presentar también observaciones verbales. A estos efectos, podrán solicitar al órgano jurisdiccional competente que les remita o haga remitir todos los documentos necesarios para realizar una valoración del asunto de que se trate.
Estos mismos organismos aportarán la información o presentarán las observaciones pertinentes 10 días antes de la celebración del acto del juicio o dentro del plazo de oposición o impugnación del recurso interpuesto.
Todo esto será asimismo de aplicación cuando la Comisión Europea, la Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos, consideren precisa su intervención en un proceso que afecte a cuestiones relativas a la aplicación del reglamento relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
Referencias
Ley de Enjuiciamiento Civil
Pluralidad de partes en el proceso civil fue publicado inicialmente en Sanchez Bermejo Abogados
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La era digital y la llegada de las redes sociales han convertido a los influencers en unas verdaderas máquinas de hacer dinero. Hasta hace poco a un influencer solo le bastaba hacer una 'reseña' sobre un producto y mostrarlo en sus redes para que la gente enloqueciera por comprarlo.
El problema llegó cuando las marcas descubrieron que el marketing de influencers era una excelente oportunidad para hacer publicidad sin tener que pagar impuestos, ya que podían ofrecer dinero por debajo de la mesa para que un influencer promocionara su producto.
Por eso, muchos gobiernos han comenzado a establecer regulaciones para evitar lo que muchos influencers llaman 'colaboraciones' o 'reseñas' y que terminan siendo publicidad oculta, así de simple.
Por solo darte un ejemplo, un post de Cristiano Ronaldo en Instagram cuesta alrededor de 800 mil euros, mientras que una reseña de modas de la influencer española Dulceida ronda entre los 20 y los 50 mil euros... Es mucho dinero que si no es correctamente establecido como publicidad significan varios miles de euros en impuestos que no llegan al fisco, aunque, claro, no estamos diciendo que Dulceida o CR7 estén evadiendo impuestos.
Y sí, hacer publicidad disfrazada es un delito, por lo que muchos países han decidido establecer nuevas leyes para combatir prácticas deshonestas de muchos influencers y marcas ¿Quieres saber cuáles son esos países y algunos casos de sanciones? Pues sigue leyendo para que te enteres.
4.- Reino Unido
El último de los países en crear nuevas leyes para controlar las actividades de los influencers ha sido el Reino Unido. La Autoridad de Competencia y de los Mercados de ese país creó una guía para influencers que deben cumplir si es que no quieren ganarse un par de sanciones.
Tal como indicó el portal Marketing Directo, la nueva normativa exige que el influencer haga saber claramente a sus seguidores si una marca le pagó por un espacio publicitario en sus cuentas en redes sociales, o si le regalaron productos para promocionarlos, es decir, que los influencers están obligados a decir si son post patrocinados, publicidad o si lo hacen por sus propios motivos.
3.- Japón
Uno de los casos más polémicos sucedió en Japón con el estreno de la película Frozen 2 de Disney. Según publicó el Washington Post, Disney pagó a varios influencers japoneses -caricaturistas, principalmente- para que participaran en una campaña de influencer marketing que tenía como objetivo promocionar su nuevo filme.
La torta estuvo en que los influencers denunciaron que la agencia de publicidad que los contrató les exigió no revelar que les estaban pagando por promocionar dicha película por orden de Disney ¡OMG!
Hoy, tanto Disney como los influencers que participaron en la campaña promocional enfrentan posibles sanciones y multas por no haber dejado claro que era una campaña pagada... Incluso la empresa del ratón Mickey tuvo que pedir disculpas públicas por cometer esas prácticas ilegales ¡Wow!
(TE INTERESA: YOUTUBERS VS YOUTUBE: 5 CAMBIOS URGENTES QUE PIDEN LOS CREADORES DE CONTENIDO)
2.- Perú
En Perú, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) publicó una guía para la aplicación de sanciones en caso de publicidad encubierta o engañosa realizada por influencers, reconociendo a los influencers como una “estrategia de comunicación publicitaria” que muchas veces es utilizada de manera oculta o ambigua.
La nueva normativa señala que el influencer deberá avisar claramente en su publicación si se trata de una publicidad, ya sea con el uso de una etiqueta o el marcado como contenido patrocinado o pagado, dejándole claro al consumidor que le pagaron por hacer dicha publicidad.
Tampoco el influencer podrá presentar dicho post como una experiencia propia, a menos que este realmente sea el caso, ya que esto constituiría engaño por parte del influencer.
1.- España
Otro de los países que está estableciendo regulaciones más estrictas contra el trabajo de los influencers es España, que con la nueva Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSI) establece multas de hasta 30.000 euros para aquellas personas que hagan publicidad en redes sociales sin dejar claro que están haciendo publicidad.
Según El diario El País de España, esta ley exige cumplir tres requisitos: la actividad publicitaria de los influencers deberá ser identificada como tal; es decir, no debe existir duda alguna de que se trata de un anuncio. Además, ha de especificarse la compañía anunciante. Y, finalmente, si se realizan ofertas, regalos o promociones, deberá constar toda la información de las condiciones aplicables.
Esta nueva ley viene a complementar la Ley General de Publicidad, que prohíbe la publicidad encubierta por considerarla ilícita y engañosa. Las sanciones en España pueden llegar hasta los 30.000 euros ¡Wow!
Sin embargo, aún es muy difícil distinguir en algunos casos si se trata de publicidad engañosa o no, puesto que muchos youtubers aparecen vestidos con ropas o gorras de alguna marca, o aparecen tomando una lata de alguna marca de bebida, lo cual no constituye un delito claro.
Pero mientras los países terminan de adaptar sus leyes para regular el mundo de la publicidad en las redes sociales, siempre es necesario que los influencers muestren transparencia y honestidad, ya que ello los convierte en personas con mayor credibilidad y reputación.
Si te gustó esta noticia que La Neta trae para ti, no te olvides de compartirla, dejar un comentario y seguirnos en nuestras rede sociales.
(LEE TAMBIÉN: ¡TIKTOK NO ES TAN LIBRE COMO CREÍAS! TE DECIMOS EN 3 PASOS SUS NORMAS DE CENSURA)
via La Neta – La comunidad más grande de influencers emergentes y creadores en español
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Jorge Quintero de Acodeco habla sobre la demanda interpuesta a colegios por aumento
Atenógenes Rodríguez y Birna Quintero • 19 Nov 2019 - 09:41 AM
El administrador Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), Jorge Quintero, explica sobre cómo los colegios particulares deben realizar un aumento a las matrículas basados en un informe técnico y además habló de la demanda que interpusieron sobre una escuela que no cumplió con estos requisitos.
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Esta es una noticia y/o articulo editado por Mundial Boost publicada el November 19, 2019 at 10:42AM. Si desea conocer más información o complementar esta noticia, te invitamos a pulsar el botón de arriba: VER MÁS que te llevara a la versión completa de la misma.
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Zacatecas, Zac.- Durante la jornada parlamentaria de este 24 de abril, con 26 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, se avaló el dictamen respecto de la iniciativa de punto de acuerdo, mediante el cual la LXII Legislatura exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor en el Estado (Profeco) para que en coordinación con la Procuraduría General de Justicia, en el ámbito de su competencia, lleven a cabo visitas de verificación a las casas de empeño en todo el Estado, a fin de revisar que las prácticas comerciales que se realizan por estas instituciones sean acordes a lo que dispone la ley en la materia.
Al discutir el dictamen en lo general, la diputada Lorena Esperanza Oropeza Muñoz subió a tribuna para hablar a favor.
Aumento al salario mínimo
De manera unánime, fue avalado el dictamen referente a la iniciativa de punto de acuerdo, por el que la LXII Legislatura del Estado se adhiere a la solicitud de diversos sectores empresariales y laborales, para el aumento del salario mínimo.
Fortalecer acciones del programa de migración infantil no acompañada
Se expuso la iniciativa con punto de acuerdo, por el que la LXII Legislatura del Estado de Zacatecas exhorta de manera respetuosa a los presidentes municipales de la entidad, así como a la Secretaría de Migración, para que fortalezcan y evalúen las acciones respecto al programa de migración infantil no acompañada, mismo que surge por la necesidad de atender y prevenir el fenómeno migratorio, proporcionando atención integral y dando orientación sobre la migración y sus efectos.
El diputado Rogelio Guerrero Navarro dio a conocer que según datos de la UNICEF, alrededor de 50 millones de niños en todo el mundo son migrantes. En 2015, llegaron a Estados Unidos 68 mil 455 niños, niñas y adolescentes provenientes de México, Guatemala, Honduras y el Salvador; muchos de ellos son explotados laboralmente, secuestrados, extorsionados, separados de sus familias y presas de la trata de personas.
Considerado como un asunto de urgente y obvia resolución, la propuesta se avaló con 25 votos a favor.
Reglamento del Sistema de Archivos del Poder Legislativo
Los diputados Luis Medina Lizalde y Gustavo Uribe Góngora, sometieron a la consideración del pleno la iniciativa de punto de acuerdo que crea el reglamento para el funcionamiento del Sistema Institucional de Archivos del Poder Legislativo del Estado.
Se plasma en la propuesta que la historia del Poder Legislativo de Zacatecas da muestra del interés de los diputados por proteger, resguardar y difundir el acervo documental y archivístico. Desde la primera legislatura se tuvo la precaución y el interés por preservar la documentación de los primeros Congresos hasta la actualidad. Gracias a los expedientes y legajos que se han conservado se ha rescatado el valor e importancia, jurídica, política y administrativa del Congreso Local. El Archivo Histórico del Poder Legislativo cuenta con un acervo que data de 1866, eso lo constituye en una fuente rica en historia y una prueba tangible de la evolución del Congreso Local, de las Instituciones y de los municipios de Zacatecas.
La implementación de los Lineamientos para la Organización y Conservación de Archivos obedece a la necesidad de que los Sujetos Obligados, incluido el Poder Legislativo del Estado de Zacatecas, implementen el Sistema Institucional de Archivos como un mecanismo de gestión documental que permita adaptar en la cultura institucional, la necesidad de administrar de manera correcta, y sobre todo responsable, el manejo de los documentos, así como promover el reconocimiento y difusión de la importancia que estos mismos puedan llegar a tener en un futuro.
Este asunto también se consideró de urgente resolución, y se aprobó por unanimidad de la Asamblea. Durante su discusión en lo general, la legisladora Geovanna Bañuelos de la Torre intervino para hablar a favor.
Difusión de las Ciudades Heroicas del Estado
Las diputadas Iris Aguirre Borrego, Ana Gabriela Guerrero Quintero y el diputado Rogelio González Álvarez, elevaron a la consideración de la Asamblea Popular, la iniciativa de punto de acuerdo por el que la LXII Legislatura hace un atento y respetuoso exhorto al Poder Ejecutivo del Estado, para que a través de la Crónica del Estado, conjuntamente con los cronistas de las dos ciudades heroicas de Nochistlán y Zacatecas, impulsen un programa que atienda, preserve y difunda a las ciudades heroicas de nuestra entidad.
Con esta propuesta se atiende un exhorto de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, mediante el cual se solicita a esta legislatura analizar la conveniencia de establecer un programa especial para la atención de ciudades heroicas, y contribuir así a la formación de la red nacional de Ciudades Heroicas de México.
Exhorto al gobernador
La Comisión de Cultura, Editorial y Difusión expuso al pleno el dictamen en positivo, por el cual la LXII Legislatura del Estado exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo, Alejandro Tello Cristerna, para que a través de la Coordinación de Comunicación Social de gobierno del Estado, y el Sistema Zacatecano de Radio y Televisión, promuevan y difundan de manera permanente, información respecto a las causas, prevención y atención oportuna de las características que presentan las personas con discapacidad en la entidad.
El colectivo dictaminador coincidió con la iniciante, en difundir información sobre los cuidados que debe tener una mujer embarazada, así como de los riesgos que implica la contaminación ambiental, esto con el propósito de comprometer, tanto a autoridades como a la ciudadanía, a informar y mantenerse informados sobre las causas, prevención y atención oportuna de las características que presentan las personas con discapacidad.
Zacatecas, según la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica 2014 publicada por Inegi, ocupa el quinto lugar a nivel nacional con las tasas más altas de población con discapacidad por cada mil habitantes.
Socialización de Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
De igual forma, la Comisión de Cultura, Editorial y Difusión presentó también al pleno el dictamen mediante el que la legislatura del Estado exhorta al gobernador, para que a través de la Coordinación de Comunicación Social de gobierno del Estado, y el Sistema Zacatecano de Radio y Televisión, promuevan y difundan una campaña publicitaria para la socialización de la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Estado de Zacatecas.
Se dictamina en sentido positivo, para no solo conminar a las autoridades a que implementen la ley en sus ejercicios públicos, sino a manera de que la sociedad en general instaure una nueva cultura de trato hacia las personas con discapacidad. Entre los derechos que hoy gozan las personas con discapacidad y que se encuentran establecidos en dicha norma jurídica están: Igualdad y no discriminación; accesibilidad; movilidad personal; transporte público; comunicación; igualdad ante la ley; acceso a la justicia; a la libertad y seguridad; a la protección contra la explotación, la violencia y el abuso; a la protección de la integridad; a la libertad de desplazamiento; a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad, entre otros más.
Derechos de Consumidores
Un tercer dictamen emitido por la Comisión de Cultura, Editorial y Difusión, es respecto a la iniciativa de punto de acuerdo, por el que la LXII Legislatura exhorta de manera respetuosa a la Procuraduría Federal del Consumidor por conducto de su delegación federal en la entidad, a intensificar los programas de capacitación, campañas publicitarias y todas aquellas políticas públicas que tengan como finalidad la formación e instrucción de la sociedad zacatecana en sus derechos como consumidores.
La comisión dictaminadora consideró que la propuesta debe aprobarse en sentido positivo, y se requiere exhortar a los consumidores a desarrollar una cultura de denuncia respecto a sus relaciones con los oferentes.
Los consumidores están protegidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 28 garantiza la defensa de sus intereses, y la Ley Federal de Protección al Consumidor en su artículo 1 les permite la libertad de constituirse en grupos u organizaciones con el fin de que aseguren el cumplimiento de sus derechos.
Solicitudes de Prórroga
A la Comisión legislativa de Vigilancia le correspondió emitir el dictamen respecto a la solicitud de prórroga para la presentación de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2017, que hicieron los municipios de Enrique Estrada, Jalpa, Loreto y Valparaíso.
Se destaca en el dictamen que el principio de rendición de cuentas constituye uno de los pilares fundamentales para el sostenimiento de una democracia eficaz, y la presentación de la cuenta pública se ha constituido en un instrumento fundamental para fortalecer la rendición de cuentas.
El dictamen se presenta en sentido positivo a fin de no impedir a la población su derecho a conocer el origen y ejercicio de los recursos públicos, y se hace atendiendo lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado. La prórroga será de un mes contado a partir del día siguiente de la fecha de vencimiento.
Exhortan diputados a Profeco para supervisar las casas de empeño was originally published on Periódico Mirador
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El Indecopi emite una Alerta de Consumo respecto de cinco lotes producidos por el grupo francés LNS (Lactalis) para Gloria S.A. en el Perú
El #Indecopi emite una Alerta de Consumo respecto de cinco lotes producidos por el grupo francés LNS (Lactalis) para Gloria S.A. en el Perú
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en su calidad de Autoridad Nacional de Protección al Consumidor, a raíz de las diversas comunicaciones emitidas el día de hoy, tanto por el Gobierno de la República de Francia, como por Gloria S.A. respecto de la suspensión de la comercialización y exportación de productos de nutrición…
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5.
Walter Gutiérrez
Defensor del Pueblo (2016-2021) encargado de velar por los derechos ante abusos de otros organismos.
- Decano del Colegio de Abogados
- Presidente de la Comisión encargada de elaborar el Código de Protección y Defensa del Consumidor
¿Cuál es su nivel de influencia?
Alta;
- Político tico de importancia
- Autoridad mucho conocimiento y experiencia sobre el tema.
Postura en la controversia
Afirma que Indecopi debe sancionar a las empresas que anuncian publicidad engañosa.
Incluso Gloria debería ser retirada del mercado.
Alfredo Montoya
Gerente de Produccion de Laive
Cuál es su nivel de influencia?
Alta:
El principal encargado de la producción de la segunda empresa de productos lacteos más importante del pais
Postura en la controversia
Asegura que la leche que ellos ofrecen al público no contiene absolutamente nada de lactosa.
LAIVE
Se trata de una empresa relacionada a la industria de producción y distribución de productos lácteos y derivados que fue creada en 1910 en Junín.
Su posición en la controversia consiste en afirmar que el producto que venden se trata de leche 0% lactosa.
Grupo Gloria S.A.
Empresa líder de la industria de lácteos
Al exportar y restringirse la comercialización de su producto lácteo Pura vida en Panamá y ser cuestionado por sus componentes.
Además de otros casos de sanciones por un incorrecto etiquetado en sus productos
Cuál es su nivel de influencia?
Alta:
Líder en la industria, muchos años en el mercado
Postura en la controversia
Gloria asegura que sus no maneja publicidad engañosa y siempre ha velado por el bienestar de sus consumidores
Rolando Piskulich
Presidente de la ADIL
Asociación de Industriales Lácteos y representante del Grupo Gloria
Cuál es su nivel de influencia?
Alta:
Referente en el tema
Postura en la controversia
En el mercado podemos encontrar productos deslactosados que contienen pequeñas cantidades de lactosa que no son dañinos para los intolerantes
Indecopi
Organismo Público especializado que proteje los derechos de los consumidores. Sanciona a Gloria por 1.5 millones por publicidad engañosa: difusión de productos lácteos que indicaban ser “deslactosados” o “sin lactosa” sin serlo
Cuál es su nivel de influencia?
Alta
Postura en la controversia
Está condicionado a oír al consumidor y defenderlo, es el arbitro del mercado (lo regula) . Impulsa y difunde la libre competencia
ACTORES HUMANOS
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El 95% del arroz comercial de Panama es de mala calidad
El 95% del arroz comercial de Panama es de mala calidad
El 95.5% de los arroces comercializados en Panamá no cumplen las normas de calidad existentes, tal como lo revela un estudio de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco). Según los expertos, esto es un fraude a los consumidores, quienes tienen que pagar por un producto que carece de la calidad necesaria, además de que atenta contra la salud pública en el país.…
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Según Acodeco los que compran productos regulados se ahorran plata
Para los que compran productos de la canasta básica regulados por el control de precios se están ahorrando plata, aseguró Pedro Meilán, administrador de la Autoridad de Protección al Consumidor (Acodeco). El costo de la canasta básica aumentó en $1.87 en las abarroterías y $1.08 en superme... Leer más Ver completo en http://panamadeverdad.com/2014/11/13/segun-acodeco-los-que-compran-productos-regulados-se-ahorran-plata/
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Jorge Quintero de Acodeco habla sobre la demanda interpuesta a colegios por aumento
Atenógenes Rodríguez y Birna Quintero • 19 Nov 2019 - 09:41 AM
El administrador Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), Jorge Quintero, explica sobre cómo los colegios particulares deben realizar un aumento a las matrículas basados en un informe técnico y además habló de la demanda que interpusieron sobre una escuela que no cumplió con estos requisitos.
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