NO EN MI NOMBRE: YO EL REY. Rafael Dávila Álvarez
Partamos del artículo 99 de la Constitución:
Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.
¿Y?
Claro que ante la…
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