#normativismo
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felicidadeamarga · 1 year ago
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Viva a sua bizarrice como eles vivem em seus normativismos asquerosos
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asolovio · 7 years ago
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Vídeo interesante sobre o Binormativismo/Interesting video about Binormativity (in galician)
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sonechkaandthedynamos · 3 years ago
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que conste que estoy en contra del normativismo lingüístico (la lengua está en constante evolución etc etc), pero no consigo entender el leísmo.
el laísmo sí, porque consiste en priorizar el género ante la función sintáctica (es bastante claro el porqué), pero el leísmo sigue siendo un misterio para mí. no entiendo su lógica :(
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marcopuntozip · 4 years ago
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“After Virtue” di Alasdair Macintyre: capolavoro o fallitones?! – Rap reaction | Arcadɘ Boyz
-          FELICE REGRESSO, FIGLI DELLA MEER...
-          Dopo la rap reaction su Die protestantische Ethik und der Geist des Kapitalismus di Max Weber ci avete così tanto cacato il cazzo nei commenti…
-          «Eh, che cazzo vi mettete a recensire roba di 100 ani fa!», «Eh, ma Max Weber e la sua sociologia delle religioni ha rotto la minchia», «A sto punto fate una reaction al Trattato teologico-politico di Spinoza»…
-          Allora abbiamo deciso di accontentarvi, teste di cazzo succhia merda in culo, e abbiamo deciso di attingere ad uno degli autori più rivoluzionari nell’ambito della filosofia morale, sto gran cazzo di Alasdair Macyntire.
-          Visto che il pubblico delle reaction su Youtube è composto da quindicenni succhia palle del papi che gli deve comprare l’Iphone, Il 3DS, la roba di Monella vagabonda…
-          See, negli anni 2000, Barlow, sono passati tipo 20 anni da quel mondo lì.
-          Vabbè, chissene porc°°°o, RAP REACTION A STA MERDA DI AFTER VIRTUE!
-          MA NOO, After Virtue è uno dei capisaldi novecenteschi dello studio nel campo della morale, forse l’unico testo ad avere un po’ di rispetto nel panorama accademico, che ormai da molto tempo snobba lo studio sull’etica e i valori molari…
-          E invece è un peccato, perché io avrei un problemino ad un molare, e se ci fosse qualche PhD in più sui molari forse riuscirei a smettere di soffrire per il mal di denti.
-          Basta Barlow, fai il serio.
[Inizia la lettura]
Imagine that the natural sciences were to suffer the effects of a catastrophe. A series of environmental disasters are blamed by the general public on the scientists. Widespread riots occur, laboratories are burnt down, physicists are lynched, books and instruments are destroyed. Finally a Know-Nothing political movement takes power and successfully abolishes science teaching in schools and universities…
-          Attacco suggestivo, molto bello.
-          Mi ricorda un po’ 2030 degli Articolo 31, questo immaginario un po’ post-apocalittico.
-          Anche se, che cazzo c’entra la fine della scienza con la filosofia, boh.
-          Eh, boh Fada, vediamo come va avanti.
The hypothesis which I wish to advance is that in the actual world which we inhabit the language of morality is in the same state of grave disorder as the language of natural science in the imaginary world which I described.
-          Aaahh, alla faccia del cazzo, signor Macyntire.
-          Peso.
Contemporary moral disagreements of a certain kind cannot be resolved, because no moral disagreements of that kind in any age, past, present or future, can be resolved. What you present as a contingent feature of our culture, standing in need of some special, perhaps historical explanation, is a necessary feature of all cultures which possess evaluative discourse.
-          Si ma stai calmo Alasdair
-          Veramente oh, ma che Robert Nozick ti ha toccato la tipa?
-          Dai Barlow, smettila.
My argument was thus to the effect that emotivism informs a great deal of contemporary moral utterance and practice and more specifically that the central characters of modern society - in the special sense which I assigned to the word 'character' - embody such emotivist modes in their behavior. These characters, it will be recalled, are the aesthete, the therapist and the manager, the bureaucratic expert.
-          Ma che c’ha Macytnire, veramente, ma è un pazzo. Vuole sovvertire tutta la scena accademica morale.
-          Te l’ho detto io che deve avere qualche rogna con qualcuno, storie di toccatine, occhiatacce, botte e via…
-          Bello, bello, bello, sono elettrizzato. Ma poi bello questo attacco al relativismo, questa volontà di riscoprire la deontologia, l’etica aristotelica, il normativismo. È da un sacco di tempo che nessuno affronta più queste tematiche.
-          Se posso dire la mia, qui la produzione di ThaSupreme stona un po’.
What is politically attainable is unsatisfying; what is satisfying is attainable only by philosophy and not by politics.
-          Bella questa frase. Mi ricorda una conferenza di Norberto Bobbio in cui affermava che gli uomini di cultura non possono affermarsi in politica perché la cultura e la politica viaggiano su due binari divergenti.
-          Ah si, quella in cui dice che gli unici momenti in cui entrambe combaciano sono i momenti della rivoluzione. Ma comunque è un concetto molto diffuso nella teoria politica, già prima di Bobbio si sosteneva una posizione del genere. Mi ricordo di aver letto una cosa del genere in Hannah Arendt.
But what does all or any of this have to do with the concept of the virtues? It turns out that we are now in a position to formulate a first, even if partial and tentative definition of a virtue: A virtue is an acquired human quality the possession and exercise of which tends to enable us to achieve those goods which are internal to practices and the Jack of which effectively prevents us from achieving any such goods.
-          BOOOOOM! CAZZO CHE MINA HA TIRATO!
-          Non ci posso credere! Davvero ha formulato una nuova definizione di “virtù”?
-          No raga, sto male, sto veramente male. Non me l’aspettavo. Cioè, si, un po’ me l’aspettavo, però non ci credevo molto, e soprattutto non pensavo che l’avrebbe elaborata in modo così efficacie.
-          Fada, reggimi che mollo. Cosa cazzo ha appena tirato fuori Macintyre. Ma poi che beat, che cazzo di pezzo ha tirato fuori. Senti che flow.
-          Mostro, veramente un mostro di bravura. Era una vita che volevo sentire una roba del genere.
What this brings out is that modern politics cannot be a matter of genuine moral consensus. And it is not. Modem politics is civil war carried on by other means...
-          Ma sbaglio o questo è Carl Von Clausewitz? “La guerra non è altro che la continuazione della politica con altri mezzi”?
-          Eh si, è proprio lui. Cit di alto livello.
-          Boh però che cazzo c’entra, buttata lì un po’ a caso.
-          Eh ma a me Von Clausewitz piace un casino sempre e comunque.
We are waiting not for a Godot, but for another – doubtless very different – St. Benedict.
-          Minchia, che finale.
-          Veramente potente si, mi è venuto il cazzo duro.
-          Ma poi veramente, una gran stoccata a tutta la scena accademica, gli sta proprio dicendo: «Smettetela di farvi le pippe a vicenda su chi ce l’ha più lungo che qui stiamo morendo tutti perché nessuno crede più in niente e se continua di questo passo ci estingueremo tutti».
-          Eh, speriamo che gli altri si sveglino un pochino, vero Peter Sloterdijk? Vero Giorgio Agamben e il tuo cazzo di Ausnahmezustand?
-          Bene raga, la reaction è finita qui; se il video vi è piaciuto mettete like, scrivete un commento e condividete su tutto il possibile, Facebook, Twitter, Tumblr…
-          Ma chi cazzo lo usa più Tumblr, gli scemi? Ma morite tutti, fruitori di Tum…
-          CIAO RAGA!
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polinomicshn · 3 years ago
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El derecho desde una interpretación desde el normativismo jurídico y la crítica contra el subjetivismo jurídico
A continuación, una interpretación de nociones de filosofía del derecho desde el normativimos jurídico. Fuente: Filosofía política, Alfredo Cruz Prados
Cuál debe ser la manera más práctica de comprender el derecho, realidad con la que tenemos relación todos, como la economía: así como todos tenemos problemas económicos o de salud, también los tenemos en el ámbito jurídico. Por eso conviene entenderlos para resolverlos y tener criterio para discriminar correctamente el modo de atenderlos; también para poder contar con juicio de valor para entender lo que otras personas hacen. ¿Qué competencias tenemos para juzgar las medidas políticas de los políticos?
Por ejemplo, en el caso de la medicina, al no ser expertos, confiamos en lo que nos dice el médico, y nos limitamos a juzgar si no estamos conformes; nunca estamos en condiciones para valorar objetivamente si lo que ha hecho el médico es bueno o malo. Lo mismo pasa cuando se lleva el carro al mecánico: nos fiamos del taller y por eso se busca un taller de confianza. De manera equivalente sucede en el Derecho.
Así las cosas, cada uno elige las actividades de las que quiere tener capacidad de juicio, y profundiza en la formación relacionada, para entenderla mejor, como afición, para poder hacer juicios de valor, etc. Sin ser jurista, debo conocer el Derecho para tomarlo en cuenta en las actividades profesionales o personales en donde estamos involucrados.
Para ser competente en una función directiva, no se puede prescindir de una comprensión mínima del Derecho porque es parte esencial en la empresa que está compuesta por personas. Sin ser juristas, hay que tener el criterio para tomar decisiones acertadas.
Dos modos de entender el Derecho, los más comunes en la actualidad en la cultura occidental:
1. NORMATIVISMO: afirma que el Derecho consiste en normas, leyes, normas que indican lo que se puede hacer o no; obligan, prescriben o prohíben. El ordenamiento jurídico es un conjunto de normas sistematizado. La norma suele llamarse Derecho Objetivo. Objetivo viene de ob-jectum, lo que está delante, impuesto.
2. SUBJETIVISMO: trata de identificar la realidad o acepción primaria a la que primera y fundamentalmente se atribuye el término Derecho, a partir de la cual se aplica a todo lo demás. La primera acepción es como facultad del sujeto, capacidad, cualidad o facultad de ser sujeto de derecho. La facultad, es el Derecho Subjetivo.
El normativismo procede de pensar el Derecho desde el PODER. El Derecho resulta como norma cuando se piensa desde el poder, quien emana las normas. Hay Derecho porque estamos sometidos al poder. El subjetivismo está pensando el Derecho desde el AUTODOMINIO: tener derechos es tener autodominio. El autodominio me faculta para exigir mis derechos; al ser dueño de sí mismo, puede ser dueño de otras cosas.
Estos dos planteamientos son antagónicos, no fácilmente armonizables. Para el normativismo, el subjetivismo no es más que el efecto de la norma en el sujeto. El sujeto puede poseer bienes porque hay una norma que le faculta a adquirirlo y una norma que prohíbe a los demás a privar al sujeto de la posesión de los bienes. Si no existiera esa norma, cualquiera podría hacerse de los bienes ajenos. El Derecho es la norma primaria, y todo lo demás es una consecuencia secundaria de la norma. Así, el derecho subjetivo es secundario, consecuencia del normativismo.
Para el subjetivismo, la norma es el instrumento para garantizar la facultad inherente en el sujeto. Hay normas porque primero hay derecho del sujeto; las normas están al servicio del derecho del sujeto.
Cada planteamiento tiende a reducir al contrario a su servicio. Se genera un debate sobre lo que es Derecho.
DERECHOS NATURALES O DERECHOS HUMANOS DESDE EL SUBJETIVISMO
Hablar de Derechos Naturales implica asumir el subjetivismo como concepción del Derecho; se habla de unas cualidades del sujeto previas a toda norma. Hay Derechos Naturales, todo individuo está dotado de cualidades para exigir, que están por encima de toda norma. Los Derechos Naturales exigen que haya una norma como exigencia de los derechos individuales. En los Derechos Humanos el subjetivismo es primario sobre la norma.
DERECHO NATURAL DESDE EL NORMATIVISMO: si el Derecho es la norma, y cada individuo es efecto de la norma, un derecho será natural si hay una ley natural para que desde el normativismo podamos hablar de derecho natural. Una norma natural, no dada por nadie, por lo tanto, los derechos que derivan de esa norma, se llaman derechos humanos.
Cada uno de los planteamientos es incompatible con el otro y tiene sus propios problemas. EL NORMATIVISMO tiene dos problemas fundamentales: en primer lugar, cómo justificar la norma, que necesita una fuente originaria en el poder o potestad. Pero ese poder o potestad del que emana la norma tiene que estar legitimado para producir la norma. Pero según el normativismo, el poder sólo puede ser legitimado por una norma porque no hay otro tipo de Derecho que la Norma, pero la norma que legitima una norma a su vez necesita de un poder que la genere… Es una cadena al infinito que se detiene en una Norma pura y absoluta que no necesita poder que la emane, o en un Poder puro que no necesita ser justificado por ninguna norma y puede emanar la norma. Esto demuestra que el Normativismo puede fundamentarse.
El otro problema del Normativismo es la diferencia entre Derecho y Moral. ¿Cómo distinguir entre derecho y moral cuando se parte de que el derecho es una norma? Si el Derecho es Norma, ¿por qué no puede ser el Derecho una norma moral? Para distinguir la norma jurídica de la norma moral es la coactividad: la norma jurídica es coactiva y la norma moral no lo es. Una norma es coactiva cuando a la prescripción de la acción se le suma la amenaza de un castigo o consecuencia en caso de incumplimiento; es la descripción de lo que harán terceras personas si no se cumple la norma, de manera que la norma sigue siendo la misma: añadir una amenaza a la norma no significa modificar la naturaleza de la norma. La amenaza del castigo es un instrumento motivador para el cumplimiento de la norma, la finalidad de la pena es ser un instrumento moral: asegurar la norma buena; se usa la pena con una intención moral.
Si la norma jurídica dicta una acción e incluye un castigo en caso de no cumplimiento, se convierte en una norma que se cumple independientemente de la acción: tanto el ciudadano como el delincuente cumplen el derecho al actuar de manera distinta, ambos serían honrados. Por la línea de coactividad no se distingue la norma de la moral; cuando en realidad todo acto jurídico tiene contenido moral.
En el caso de las leyes de la naturaleza, son descriptivas o fácticas, describen un comportamiento, pero no se prescriben. Al final el derecho se prescribe a partir de una descripción fáctica.
La exterioridad no distingue la norma jurídica de la norma moral. Al hablar de cumplimiento exterior, se pide que la norma jurídica pide un cumplimiento externo y la norma moral pide un comportamiento interno, no se hace más que una distinción entre la norma y la virtud. La virtud mueve a hacer la acción en sí misma porque se capta la acción como buena. La norma no es la virtud: la norma se da porque no hay virtud en el sujeto, se da para garantizar un cumplimiento, prescribe una acción con el objeto de que a partir de su repetición se genere el hábito. La acción conforme a la norma es el medio a través del cual acabamos adquiriendo práctica, la virtud. Al tener la virtud, la acción la hacemos por la acción en sí, estamos adheridos a ese tipo de bien. Cuando se actúa por virtud, ya no necesito la norma.
La norma, dice Santo Tomás, es un principio extrínseco de nuestros actos; el hábito es un principio intrínseco. El acto o la acción es tanto más perfecto en la medida en que procede del principio intrínseco; es menos perfecta si depende más del principio extrínseco.
La acción que se ejecuta gracias a la norma no es la misma que se ejecuta gracias a la virtud, porque tiene la presión de la exterioridad. La acción virtuosa tiene la identificación del sujeto con la acción. Se puede hablar de virtud material y virtud formal: si se aplica a un acto justo, cuando cumplo la norma que se impone del exterior, estoy haciendo una acción materialmente justa; si la hago desde la virtud, estoy haciendo una acción formalmente justa. Esa es la dinámica de la norma: me da la opción de hacer una acción materialmente buena. El fin último de la norma es lograr que, en la repetición de la acción materialmente buena, haya tal adhesión por esa acción, que ya no se necesite la norma porque se actúa formalmente bien por la adquisición de la virtud. La distinción entre acción material y acción formal es internamente moral, al margen de la norma jurídica.
Quien actúa por virtud formal, cumple más perfectamente la norma que quien la cumple únicamente por virtud material. Y esa es la intención de la ley: ser cumplida sin tener en cuenta que debo cumplirla por la virtud.
Al intervenir la exterioridad, es consustancial a la norma jurídica y a la norma moral el cumplimiento de la acción.
Institucionalidad:lo que distingue a la norma jurídica de la moral es la institucionalidad. La norma jurídica es creada por una autoridad habilitada para crear normas conforme a otras normas que regulan la creación de normas para el establecimiento del poder, para definir el proceso de creación de normas. Sería contradictorio a la norma moral el que haya poderes que vayan a crear las normas morales. Los padres tienen competencia para crear normas morales en su ámbito familiar.
Características de la norma moral: la acción es buena y nos hace mejores personas su cumplimiento. Cuando no se cumplen, se puede hacer un juicio moral sobre la conducta. Las normas morales permiten hacer un juicio sobre la persona antes que sobre el castigo que se merecería.
Las normas jurídicas son la connotación práctica, que sean fácilmente practicables las normas morales, por eso las normas jurídicas son normas morales. Las leyes deben facilitar el cumplimiento de la norma moral.
Ni la coactividad, ni la exterioridad, ni la institucionalidad sirven para distinguir la norma jurídica o derecho y de la norma moral.
Sobre el Subjetivismo: ¿cómo justificar que la facultad de un sujeto sea un derecho? Todos tienen prohibido actuar en contra de una facultad del sujeto; cómo una facultad individual obliga a los demás a renunciar a esa misma facultad. ¿Cómo se justifican los derechos naturales, como facultades del sujeto, originarios y anterior a toda norma? Todo lo que se descubre en el individuo son características fácticas (alimentarse, respirar, digerir, caminar…), capacidades y necesidades. La misión es cómo distinguir lo que es de facto que lo que es de derecho, sin que esa distinción se dé dentro del mismo sujeto: por ejemplo, alguien puede esperar que respeten más el derecho a ser escuchado al derecho a recibir alimento: esta sería una valoración subjetiva. Al establecer esta diferencia sabemos que un sujeto tiene capacidad para conocer, pero quizá no le corresponde el derecho de conocer un tema en específico; para hacer esta distinción hay que recurrir a algo externo al sujeto…
¿Qué es lo que hace que una cualidad de facto (tener hambre) se convierta en un derecho a recibir alimento? De esta manera el problema será distinguir las características de facto que sí son derechos y cuáles no lo son. Se necesita un agente externo que establezca esta diferencia. El subjetivismo no puede hacer la diferencia. Este planteamiento está condenado en que la distinción entre las características que tienen valor de derecho de las que no lo tienen dependa de la capacidad subjetiva.
El ser humano tiene dos tipos de características: necesidades y capacidades. Todo eso se da de facto en todo ser humano. De todas ellas, ¿cuáles constituyen derechos? El subjetivismo sostiene que la distinción la hará el mismo sujeto según su valoración.
Toda la doctrina sobre el Derecho Subjetivo puede tener un fundamento: el autodominio subjetivo. Es decir, el fundamento de los derechos subjetivos sería: el ser humano es derecho de sí mismo; cada ser humano es propiedad de sí mismo: “mi primer y fundamental derecho soy yo mismo”. La única manera de legitimar una norma será a través de la confirmación de que no limita mi autodominio, sino que lo demuestra o asegura. El autodominio me faculta para controlar o dominar el mundo exterior. Será derecho todo aquello en que el autodominio se manifieste (fundamento de todo derecho). Manifestación de este derecho es la capacidad de determinar el valor que tiene la necesidad que hay en mí, sea de hambre, diversión o buena fama. Si esa valoración viniera de fuera, limitara el propio autodominio. Los derechos subjetivos del sujeto dependen del valor que otorgue a las características que de facto se dan en él; según esa valoración, unas características tendrán valor jurídico de derecho y otras no. De esta manera, nadie podría hablar de los derechos de otra persona porque estaría abusando de la autonomía de esa persona. De aquí surge la dificultad para establecer derechos subjetivos. Esto, generalizado, es incontrolable.
Thomas Hobbes dice “el derecho natural, los derechos subjetivos que se tienen por naturaleza, equivale a tener derecho a todo”, porque nada le puede poner límite al autocontrol del sujeto. Las necesidades humanas no tienen una medida objetiva, estándar, una medida individual, porque en definitiva la valoración personal dependerá del riesgo que tiene el sujeto de ser privado de sus bienes por los demás: la necesidad de comida estará en función del riesgo a que me la quiten; la necesidad de seguridad dependerá de las armas de los demás… Hobbes es el padre del liberalismo. Si las necesidades individuales son ilimitadas, el conflicto es inevitable, por lo que la única manera de sobrevivir es adelantarse al conflicto generando desconfianza de unos a otros. Para Hobbes la única manera de asegurar el autocontrol y seguridad de cada individuo es crear un poder absoluto que necesariamente exigirá la limitación de algunos derechos del individuo: se inicia con un liberalismo absoluto y se termina en un comunismo. El poder absoluto del estado se logra por la concesión libre de cada individuo de sus libertades individuales.
El derecho subjetivo como primera forma de derecho conduce a un concepto de derecho que no valora, que no aporta nada. El fundamento del derecho no puede estar en el autodominio subjetivo del ser humano. Falacias: es paradójico que reconozcamos la autonomía para privar de la vida a quienes están en peores decisiones para tomar decisiones, en condición de sufrimiento la persona es más vulnerable. No tiene sentido reconocer la plena autonomía a personas que tienen condicionado su autocontrol. Al mismo tiempo, si se tratara de reconocer la autonomía, la eutanasia correcta sería aquella que en que la quieran todas las personas y no podría normalizarse para unos supuestos específicos. La única eutanasia legalizable sería una eutanasia universal. Vuelve a ser paradójico: la única eutanasia que se podría legalizar es aquella que no sea aceptada por ninguna sociedad que negaría la posibilidad de decidir a sus ciudadanos a privarse de la vida en el momento en que deseen. EL DERECHO NATURAL NO PUEDE SER SUBJETIVO, además porque al ser subjetivo será alienable.
El Normativismo y el Subjetivismo no se sostienen como concepciones del Derecho.
Hace falta recuperar la otra gran tradición en la concepción del derecho, que se suele llamar el Realismo jurídico clásico del Derecho. Este realismo clásico entiende por Derecho (presente en el mundo antiguo y medieval, Aristóteles y Tomás de Aquino), la misma cosa justa. Se llama Realismo porque el Derecho es una realidad, es una cosa; el Derecho es aquello mismo que es lo justo. En este contexto, “justo” significa que se ajusta con un sujeto, que se atribuye a alguien. Hablar del derecho no es hablar de características del sujeto, ni de normas que regulan su conducta, sino hablar de Derecho es hablar cosas externas que se ajustan a alguien, que le pertenecen a alguien. El derecho es una característica de la cosa; la cosa tiene la característica de estar atribuido o asignado a alguien. Las cosas, además de su esencia y naturaleza, junto a sus características propias, tiene la capacidad de ser atribuida a alguien. El derecho es lo ajustado en una relación: en la compra-venta se da una relación entre dos personas, en la que se ajusta a cada uno un derecho: al comprador se ajusta el bien, y al vendedor se le atribuye el dinero. De este modo se procede a una atribución de cosas (ius=res; derecho=cosa) a los individuos. En este momento las cosas adquieren una nueva característica: el ser de alguien.
Todo lo demás que se puede llamar Derecho es por derivaciones: el arte o la disciplina de conocer el derecho, se llama Derecho. Un juez reconoce qué cosa es derecho y a quién le corresponde; el jurista, lo que hace es usar sus conocimientos, reglas e instituciones que le permiten conocer el Derecho: qué cosa es derecho y de quién. En este planteamiento, la norma no es derecho, porque no es la cosa; la norma se llama derecho en la medida en que sea medida del derecho; la ley puede ser medida del derecho. La norma es la ley que nos permite conocer el derecho.
Santo Tomás dice que el Derecho es el objeto de la justicia (dar a cada uno lo suyo, lo que le corresponde). Lo que se da en un acto justo es “lo suyo” de cada individuo, lo suyo es la cosa, lo suyo puede ser una acción, lo suyo es el derecho. El objeto de la justicia es el Derecho: si no existe “lo suyo”, no puede haber justicia, serán otros actos. Como dar limosna a un pobre: no es justicia porque la limosna no es “lo suyo” del pobre; pero sí es un acto de benevolencia.
Hay bienes que para su consecución implica sufrimiento, adversidad, esfuerzo. Como hay bienes arduos existe la posibilidad de acciones fuertes a través de la virtud de la fortaleza. Si no existieran bienes arduos, si todos los bienes fueran fáciles, no existiría la fortaleza porque no se necesitaría.
La templanza modera la atracción de los bienes deleitables. Si no hubiera bienes deleitables, no se necesitaría la templanza. Pero no todo lo que atrae es bueno, y por eso se requiere la templanza. Para que exista virtud debe existir el objeto o materia sobre la que versa la virtud.
Del mismo modo, hay justicia porque hay cosas que son ius, derecho (suyas). Si no hubiera cosas “suyas”, no habría justicia.
La materia de la virtud es condición necesaria para el ejercicio de la virtud. Toda virtud consiste en el acto bueno relativo a la materia de la virtud. La materia de la virtud de la justicia es el Derecho (ius, suyo); y la acción justa consiste en darlo a su poseedor; legislar esa acción es la norma justa que, con el hábito, se convierte en virtud de la justicia.
El Derecho precede a la justicia: se puede hacer justicia porque hay derecho. Así como el bien arduo es anterior a la fortaleza. Hay fortaleza porque hay bienes arduos; así como hay justicia porque hay derecho. La constitución de una cosa como ius (derecho), no es un acto justo; es posible ejecutar una acción justa porque hay una cosa ius (suya, derecho). Que hace que algo se convierta en derecho de alguien: título. La razón de que algo me pertenezca es un título.
La cuestión es: ¿qué títulos de Derecho caben entre nosotros? Hay títulos naturales, títulos positivos o convencionales. Siempre, tanto unos como otros, tendrán que ser determinados en función al contexto social en que estemos: en el contexto de la clase los únicos títulos posibles son alumnos y profesor, por lo tanto, los únicos derechos posibles son los que correspondan a esos títulos. No corresponde el derecho de comer o de dormir. Lo que da razón de los títulos posibles de profesor y alumnos es la naturaleza de la clase.
El Derecho debe su existencia no a la justicia sino a la naturaleza de la sociedad.
Sobre al aborto
Los títulos dependen de la configuración de la sociedad en la que encuentren los individuos. El ius tiene un tipo de formalidad en virtud del cual se conectan dos sujetos: titular y deudor. Si una cosa es ius (atribuible a alguien, que le corresponde a alguien), hay un titular a quien se le atribuye su posesión y a la vez un deudor quien está obligado en otorgar la cosa al titular. El ius atribuye al deudor la obligación de cumplir la deuda (una acción). Poseer el derecho por parte del titular implica que la deuda se está realizando; la deuda puede ser una omisión, pero se está realizando. El Derecho siempre es intersubjetivo.
Esto lleva a entender que sólo puede haber Derecho en sociedad. Un individuo aislado no puede ser sujeto de Derecho, porque nada puede ser derecho. Las cosas pueden ser usadas, consumidas por pura factibilidad, porque todo lo que tendría acceso son cualidades materiales, no podría haber ius.
El tema del aborto afecta a lo que en una sociedad se considere como madre y a lo que se considere como feto. Admitir el aborto es admitir que hay una mujer embarazada, le corresponde deliberar o decidir si quiere dar a luz al feto a matarlo: esa es una acción que le corresponde a la madre. Si esto es así, tanto cuando se decide abortar o no, se decide por alguna razón, y una razón no es el feto (que el feto sea mi hijo), sino por una razón adicional: la enfermedad que pueda traer, la situación económica, etc. Todo hijo tenido ha sido tenido por una razón de la madre, lo que significa que el amor de una madre a su hijo siempre es condicional: “te he tenido porque reunías una condición”. Lo cual significa que cualquier hijo puede preguntar a su madre porqué le quiso a él o a ella, y la madre puede responder esa pregunta. Se altera el concepto real de madre: una madre es la que ha escogido a qué hijos traer y a qué hijos amar. Desaparece la realidad del amor incondicional de la madre por sus hijos, y desaparece en los hijos la realidad de convicción de ser querido incondicionalmente. Adicionalmente, ningún hijo incluye la acción de abortar entre las acciones que atribuye a las acciones de una buena madre. Una madre no puede esperar que su hijo le quiera incondicionalmente si el hijo se entera de que él fue querido por una condición especial. ESTE ES EL EFECTO SOCIAL DEL ABORTO: el rol madre y el rol hijo son diferentes, así como las relaciones entre ambos.
El Derecho no cambia sin que se hayan cambiado antes nociones esenciales en la sociedad.
Acerca del Derecho, sólo hay una cuestión: ¿cuál es el ius, la cosa o la acción atribuible a un sujeto?
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gabrielfrigo · 5 years ago
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LIÇÕES PROPEDÊUTICAS DE FILOSOFIA DO DIREITO Javier Hervada "Este manual de filosofia do direito é ao mesmo tempo clássico e inédito. É clássico porque contém uma exposição do direito e da justiça em termos do realismo jurídico. E é inédito porque pela primeira vez apresenta uma teoria completa do realismo jurídico. E também porque se afasta do normativismo e do positivismo dominantes no panorama atual do pensamento jurídico. É, então, um livro contra a corrente e, por isso, de leitura interessante é imprescindível, agora que o positivismo legalista está em decadência e o pós-positivismo mostra-se incapaz de superá-lo. Em um pensamento jurídico e cultural em crise, livros como presente oferecem uma solução inovadora e, de qualquer modo, digna de ser considerada." https://www.instagram.com/p/B9jn4J4niZa/?igshid=19kunpvyo47da
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alvaromatias1000 · 5 years ago
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Quem disse ou o que disse? Estimando o viés ideológico nas visões de economistas
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Mohsen Javdani é do Department of Economics, University of British Columbia – Okanagan, Canada. Ha-Joon Chang é da Faculty of Economics, University of Cambridge, Cambridge, UK. Ambos fizeram a pesquisa e escreveram o relatório resumido abaixo em artigo intitulado “Who Said or What Said? Estimating Ideological Bias in Views Among Economists”, recém-publicado em julho de 2019.
Existe um longo debate sobre a influência da ideologia na Economia. Surpreendentemente, no entanto, não há evidências empíricas concretas para examinar essa questão crítica. Usando um experimento controlado randomizado on-line envolvendo economistas em 19 países, examinaram o efeito do viés ideológico nas opiniões dos economistas.
Os participantes foram convidados a avaliar declarações de economistas de destaque em diferentes tópicos, enquanto a atribuição de fonte para cada declaração foi randomizada sem o conhecimento dos participantes. Para cada declaração, os participantes receberam uma fonte principal, uma fonte menos / não convencional ideologicamente diferente ou nenhuma fonte. Concluíram caso alterassem as atribuições de fonte do mainstream para menos / não mainstream ou removê-las reduz significativamente o acordo relatado pelos economistas com as declarações.
Isso contradiz a autoimagem dos economistas. Eles imaginam objetividade a respeito de si mesmos, com 82% dos participantes relatando, ao avaliar uma afirmação, prestar atenção apenas ao seu conteúdo.
Usando uma estrutura de atualização bayesiana, os coautores examinaram duas hipóteses concorrentes como possíveis explicações para esses resultados: atualização bayesiana imparcial versus atualização bayesiana ideologicamente / com autoridade. Embora não tenham encontrado evidências de modo a apoiar a atualização imparcial, seus resultados são consistentes com a atualização bayesiana tendenciosa.
Mais especificamente, descobriram a mudança / a remoção de fontes:
(1) não afetar a confiança relatada pelos economistas em suas avaliações;
(2) afetar de maneira semelhante especialistas / não especialistas em áreas relevantes;
(3) ter impactos substancialmente diferentes em economistas com diferentes orientações políticas.
Finalmente, encontraram heterogeneidade significativa em seus resultados por gênero, país, país de conclusão de doutorado, área de pesquisa e graduação em graduação, com padrões consistentes com a existência de viés ideológico.
A hipótese sobre a influência potencial do viés ideológico entre economistas está enraizada em um debate de longa data sobre a influência da ideologia na Economia. Portanto, uma melhor compreensão desta literatura informará melhor a análise e a interpretação de quaisquer resultados associados ao viés ideológico. Resume-se elegantemente o debate de longa data sobre a influência da ideologia na economia, afirmando a história do pensamento econômico pode de fato ser lida como uma série de esforços para distanciar as reivindicações do conhecimento das manchas da ideologia, uma luta contínua para estabelecer o mérito científico do campo.
Cerca de um século atrás, Irving Fisher, em seu discurso presidencial à Associação Econômica Americana, levantou sua preocupação com o viés ideológico da economia, afirmando: “os economistas acadêmicos, de sua mente aberta, estão propensos a serem levados de surpresa, pelo preconceito da comunidade em que vivem.” (Fisher 1919).
Outros economistas de destaque, como Joseph Schumpeter e George Stigler, também fizeram contribuições substanciais para essa discussão nas próximas décadas (ver exemplos de Schumpeter (1949) e Stigler (1959, 1960, 1965)).
No entanto, a mudança na natureza do discurso econômico, o uso crescente de matemática e estatística e o domínio crescente da metodologia positivista, representada pelo artigo “A Metodologia da Economia Positiva” de autoria de Milton Friedman, reduziu a preocupação com o viés ideológico da Economia. Gradualmente, deu lugar a um consenso de “a economia é ou pode ser uma ciência objetiva”.
Devido a esse consenso predominante, a questão do viés ideológico tem sido amplamente ignorada na Economia convencional nas últimas décadas. Os críticos, no entanto, argumentam a crescente dependência da Economia em Matemática e Estatística não libertou a disciplina do viés ideológico; simplesmente tornou mais fácil desconsiderá-lo (por exemplo, Myrdal 1954, Lawson 2012).
Também existem evidências sugerindo a Economia não ter se livrado com sucesso do viés ideológico. Por exemplo, Hodgson e Jiang (2007) argumentam, devido ao viés ideológico da Economia, o estudo da corrupção se limitou principalmente ao setor público, quando há evidências abundantes de corrupção no setor privado – às vezes em sua relação com o público. setor, mas também internamente).
Jelveh et al. (2018) apontam como conotações ideológicas poderiam ser identificadas em debates públicos entre economistas de destaque sobre políticas públicas durante a última crise financeira como um exemplo de viés ideológico na Economia. Eles também apontam essas percepções de viés ideológico entre economistas até afetarem a seleção de economistas como especialistas para diferentes posições do governo.
Ainda outro exemplo pode ser encontrado em uma entrevista de 2006 a David Card pelo Minneapolis Fed. Falando sobre sua decisão ficar longe da literatura do salário mínimo após seu trabalho anterior sobre o tema, alegou, segundo o artigo, porque “gerou considerável controvérsia pela conclusão de o aumento do salário mínimo ter um impacto menor no emprego”. Ele se lamenta de uma das razões seja: “isso me custou muitos amigos. Pessoas que eu conhecia há muitos anos, por exemplo, algumas que conheci no meu primeiro emprego na Universidade de Chicago, ficaram muito zangadas ou desapontadas. Eles pensaram que, ao publicar nosso trabalho, estávamos sendo traidores da causa da Economia como um todo.”
Outras manifestações proeminentes de viés ideológico na Economia incluem a chamada divisão de “água doce / água salgada” na Macroeconomia (Gordon e Dahl 2013). A divisão entre ortodoxos (“água doce” do interior norte-americano como Chicago) e heterodoxos (“água salgada” dos litorais norte-americanos como Boston, Nova York e Los Angeles) tem nítido impacto nas redes de citações (Önder e Terviö 2015), bem como a contratação de professores (Terviö 2011) os conflitos entre campos liberais / conservadores em Economia (especialmente no que se refere ao possível trade-off de eficiência na distribuição de verbas para pesquisas).
O debate Borjas versus Card sobre imigração acirrou-se em conjunto com os debates ideologicamente carregados sobre o controverso livro de Thomas Piketty (2014) ou sobre Paul Romer (2015) e sua crítica de “a Matemática permitir a publicação acadêmica se disfarçar como Ciência”.
Finalmente, os resultados recentes da Pesquisa sobre Debate Profissional, realizada pela Associação Econômica Americana, também destacam alguns dos desafios na profissão. Eles são potencialmente impulsionados pelo viés ideológico. Por exemplo, 58% dos economistas sentem não estarem incluídos intelectualmente no campo da Economia. Além disso, 25% dos economistas relatam terem sido discriminados ou tratados injustamente devido a seus tópicos de pesquisa ou pontos de vista políticos.
Também existe um encargo de longa data imposto principalmente por economistas não neoclássicos em relação à prevalência de viés ideológico entre economistas neoclássicos (por exemplo, Backhouse 2010, Fine e Milonakis 2009, Fullbrook 2008, Frankfurter e McGoun 1999, Morgan 2015, Samuels 1992, Thompson 1997 Wiles 1979).
Por exemplo, resumindo as visões do movimento econômico pós-autista na França, Fullbrook (2003) argumenta a profissão de economistas adota o “oposto do posicionamento pluralista” e está “dogmaticamente ligada à ortodoxia neoclássica carregada de juízo de valor”.
Samuels (1980) sugere a Economia ser muito mais um “sistema de crenças em lugar de um corpus de conhecimento positivista lógico verificado”. Muitos usos da Economia “podem representar apenas o revestimento do normativismo com as vestes da Ciência”.
Rothbarb (1960) critica o que Hayek chama de ‘cientificismo’ em Economia e argumenta ser uma “tentativa profundamente não científica de transferir acriticamente a metodologia das Ciências Físicas para o estudo da ação humana”.
McCloskey (2017) afirma a Economia “deliberadamente vestiu-se de maneira positivista, mesmo quando os estudiosos conheciam a importância crítica da integração histórica, social e política de suas intervenções.”
Há também estudos apontando para os vieses ideológicos no treinamento econômico. Com base em uma pesquisa com estudantes de pós-graduação em Economia, Colander (2005) levanta preocupações sobre como o treinamento de pós-graduação em Economia pode levar a vieses na visão dos alunos. Por exemplo, ele argumenta o treinamento de pós-graduação em Economia induz crenças políticas conservadoras nos estudantes.
Allgood et al. (2012) também encontra evidências surgidas de “os cursos de graduação em Economia estarem fortemente associados à afiliação a partidos políticos e a doações a candidatos ou partidos”.
Usando experimentos de laboratório, outros estudos descobriram, em comparação com várias outras disciplinas, os estudantes de Economia são provavelmente mais egoístas (Frank et al. 1993 e 1996, Frey et al. 1993, Rubinstein 2006), neoliberais (Marwell e Ames 1981), gananciosos (Want et al. 2012) e corruptos (Frank e Schulze 2000 )
Frey et al. (1993) atribuem esses resultados ao treinamento econômico. Ele “negligencia tópicos além da eficiência de Pareto […] mesmo quando as trocas entre eficiência e valores éticos são óbvias”.
Frank et al. (1993) destacam a exposição dos estudantes ao modelo de interesse próprio na Economia, onde “outros motivos além do interesse pessoal são periféricos ao impulso principal do empreendimento humano, e nós os entregamos a nosso risco”.
Rubinstein (2006) argumenta “os estudantes em busca de ‘estudar Economia’ se tornam especialistas em manipulação matemática” e “seus pontos de vista sobre questões econômicas são influenciados pela maneira como ensinamos, talvez sem eles perceberem.”
Stiglitz (2002) também argumenta: “[Economia como ensinado] nas escolas de pós-graduação da América … presta testemunho de um triunfo da ideologia sobre a ciência.”
Surpreendentemente, porém, existem evidências empíricas muito pequenas para descartar ou estabelecer a existência de visões ideológicas entre os economistas. Temos conhecimento apenas de alguns estudos a examinarem esse problema até certo ponto.
Gordon e Dahl (2013) usam dados de uma série de perguntas do IGM Economic Expert Panel para examinar em qual medida economistas de destaque (51 economistas) dos sete principais Departamentos de Economia discordam sobre questões econômicas importantes. Seus resultados sugerem: “existe um consenso próximo entre esses membros do painel, quando a literatura econômica passada sobre a questão é grande. Quando as evidências passadas são menos extensas, as diferenças de opinião aparecem”. Eles também descobriram: “não há evidências de modo a apoiar ​​uma divisão conservadora versus liberal entre esses membros do painel, pelo menos nos tipos de perguntas incluídas até agora nas pesquisas.”
Van Gunten, Martin e Teplitskiy (2016) sugerem o foco de Gordon e Dahl em testar o faccionismo reduzir a estrutura social da disciplina a participações em grupos discretas e mutuamente exclusivas, é um modelo ruim para a Economia. Em vez disso, sugerem um modelo de alinhamento, segundo o qual “o campo não é polarizado nem totalmente unificado, mas parcialmente estruturado em torno da divisão ideológica do Estado versus Mercado”.
Eles usam a análise de componentes principais para reanalisar os dados usados ​​por Gordon e Dahl (2013) e descobrem, ao contrário de seus constatações, existir uma “dimensão ideológica latente claramente relacionada aos debates políticos contemporâneos e, mais importante, mostrar a distância ideológica entre economistas está relacionada a afiliações partidárias e departamentais – bem como à semelhança das redes sociais informais dos entrevistados”.
Eles argumentam: “nossos resultados sugerem o consenso paradigmático não eliminar a heterogeneidade ideológica no caso da profissão de economistas. Embora exista realmente um consenso substancial na profissão, mostramos o consenso e o alinhamento ideológico não serem mutuamente exclusivos.”
Finalmente, eles sugerem: “uma implicação de nossas descobertas é os consumidores de conhecimento econômico deverem exercer ceticismo saudável diante da alegação de os profissionais terem opinião livre de ideologia política.”
Jelveh et al. (2018) usam métodos puramente indutivos no processamento de linguagem natural e aprendizado de máquina para examinar a relação entre ideologia política e pesquisa econômica. Mais especificamente, usando o diretório de membros da AEA, eles identificam a ideologia política (isto é, republicana versus democrata) de um subconjunto desses economistas, combinando suas informações com contribuições de campanha e assinaturas de petições divulgadas publicamente (35 petições).
Em seguida, usando o conjunto de artigos JSTOR e NBER escritos por esses economistas com uma ideologia política identificada, eles estimam a relação entre ideologia e escolha de palavras para prever a ideologia de outros economistas.
Finalmente, examinando a correlação entre a ideologia prevista pelos autores e suas características, eles acham a ideologia prevista estar “fortemente correlacionada com o campo de especialização, bem como com várias características de Departamento”. Os resultados sugerem “uma classificação ideológica substancial entre os campos ideológicos e os Departamentos da Economia”.
Van Dalen (2019) usa uma pesquisa on-line de economistas holandeses para examinar o efeito de valores pessoais de economistas em:
(1) suas visões econômicas positivas ou normativas;
(2) suas atitudes em relação aos princípios de trabalho científico; e
(3) sua avaliação de suposições na compreensão da sociedade moderna.
Para medir os valores pessoais dos economistas, ele usa 15 perguntas “formuladas na Pesquisa Social Europeia (2014) e, em alguns casos, na Pesquisa Mundial de Valores (2012)” e emprega análise fatorial para resumir os resultados em três categorias dominantes:
conquista e poder,
conformidade e
interesse público.
Ele encontra uma variação significativa de opiniões e uma clara falta de consenso entre os economistas, quando se trata de suas visões de ambas questões econômicas positivas e normativas, bem como seus pontos de vista sobre os princípios de trabalho científico em Economia e sua aderência a premissas específicas na Teoria Econômica. Ele também encontra evidências claras de os valores pessoais dos economistas terem impactos significativos em seus pontos de vista e julgamentos em todas essas três áreas.
Por fim, Beyer e Pühringer (2019) usam petições assinadas por economistas como um indicador de preferências ideológicas para analisar a estrutura social da população de economistas politicamente engajados e descobrir divisões políticas potencialmente ocultas. Sua amostra inclui 14.979 assinaturas de 6.458 signatários, usando 68 petições de políticas públicas, abordando uma ampla gama de questões de políticas públicas e 9 cartas presidenciais de anti / endosso de 2008 a 2017 nos EUA.
Eles encontram “uma divisão ideológica muito forte entre economistas politicamente engajados nos EUA, espelhando a divisão dentro do sistema político dos EUA” com três grupos distintos:
um partidário (13 petições),
um conservador (27 petições) e
um cluster liberal [à esquerda nos Estados Unidos] (37 petições).
Estimando a centralidade da proximidade e os coeficientes de agrupamento das petições, eles também descobrem, embora as petições sobre algumas questões de política pública (por exemplo, benefícios da imigração, preservação de deduções de caridade, etc.) exibam status não partidário, outras sobre questões como política tributária, a política do mercado de trabalho e os gastos públicos exibem forte status partidário.
Além disso, analisando a estrutura de rede de 41 petições de política fiscal, eles encontram evidências de uma forte divisão ideológica entre economistas. Eles concluem: seus resultados “apoiam a hipótese de as preferências políticas também imprimirem os discursos de especialistas econômicos”.
Quem disse ou o que disse? Estimando o viés ideológico nas visões de economistas publicado primeiro em https://fernandonogueiracosta.wordpress.com
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fabriciorocha · 5 years ago
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2017/2018/2019 foram/tem sido um turbilhão. Tudo ao mesmo tempo agora! Cursos livres, voltei para fazer duas graduações, uma especialização, mestrado, programas de rádio e ainda tem que trabalhar. Determinação. Recebi das mãos do Professor Joaquim Maia - ser humano profundamente empenhado com educação e formação de professores, um senso de justiça apurado, e uma percepção fora do comum para fazer o bem - o certificado de especialista em ensino-aprendizagem de língua portuguesa. As conexões e um novo campo para pensar fazer acadêmico e profissional, além de ter ganhado amigos para vida toda. Muito feliz por isso. Antes das piadinhas do tipo Pasquale, queria dizer a vcs que somos da análise linguística, do texto no contexto e não como pretexto, interação, polifonia, dialogismo, gêneros discursivos são nossos guias e não temos tanta admiração pelo normativismo. Agora, vamos a outros desafios ! (em Universidade Federal do Pará - UFPA) https://www.instagram.com/p/B3XaXrih3Yb/?igshid=1u7uhxq63ea53
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minarquia · 6 years ago
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Europa está creando impuestos y regulando la tecnología y ahora se está quedando atrás en innovación, por Mises Hispano.
Si analizamos el ranking de las principales empresas tecnológicas (2017), no hay una sola que sea europea entre los quince primeros. La gran mayoría son empresas norteamericanas y chinas.
Es aún más preocupante. Si vamos a las 50 principales compañías de tecnología global, solo cuatro son europeas, pero cuando analizamos esas cuatro, es más que discutible que sean líderes en innovación, patentes y poder de mercado. Los índices europeos de «tecnología» incluyen, diplomáticamente, algunos conglomerados industriales que han perdido la carrera tecnológica.
Esto no es por casualidad o mala suerte. Es por diseño, por desgracia.
Un impuesto incorrecto
La Unión Europea generalmente habla mucho sobre inversiones tecnológicas y su compromiso con nuevas industrias, pero gran parte de esto es una fachada. Penaliza de manera muy agresiva la inversión tecnológica, así como la creación de valor y la riqueza que conlleva. Los impuestos europeos penalizan la inversión tecnológica desde el principio, no solo poniendo obstáculos a las empresas desde el principio sino, lo que es más importante, con una política confiscatoria sobre inversiones de capital, esquemas de opciones sobre acciones y capital privado que financian el crecimiento de las empresas. No solo se trata de errores monumentales como el llamado «Impuesto de Google» y una visión miope de los impuestos destinados a obtener ingresos de cualquier cosa, sino que también es un asalto a cualquier inversión de capital, valor agregado y ganancias generadas por la toma de riesgos. Por los inversores que apuestan por la innovación. En Europa, si algo no está subvencionado, se considera sospechoso.
Todo viene del gran error de una Unión Europea que parece comportarse como una combinación de un predicador de televisión y el sheriff de Nottingham. Una que les dice a los demás qué tienen que hacer y cómo comportarse mientras confiscan la última moneda del contribuyente restante. La UE está obsesionada con los supuestos ingresos fiscales que solo un planificador central inventaría, y al mismo tiempo ignora y dificulta las enormes posibilidades de empleo, riqueza y mejora de productividad que pueda atraer.
Una regulación incorrecta
La UE subordina la innovación a los caprichos burocráticos de los funcionarios que insisten en mantener las cosas como estaban en 1980. La regulación europea para tecnología e innovación es tan lenta, ineficiente y onerosa como lo es para la vieja economía, y pone obstáculos bajo la excusa del normativismo, pero oculta algo mucho peor, el objetivo poco disimulado de apoyar a los sectores de baja productividad al poner barreras a los de alta productividad.
Cuando se discute este problema con los reguladores, se felicitan porque el período de aprobación, por ejemplo, de una empresa Fintech, es de seis a nueve meses. Peor aún, la miopía contra los negocios se refleja en una declaración de treinta empresarios tecnológicos enviados a la Unión Europea en la que advierten sobre un sistema «incoherente y punitivo», «a menudo arcaico y altamente ineficiente» que puede causar una «fuga de cerebros» de los mejores y más brillantes de Europa.
Subsidiar a los sectores de baja productividad para penalizar a los sectores de alta productividad
Un delgado velo de regulación y leyes disfraza el proteccionismo.
Hay una obsesión de los estados individuales por proteger a cualquier costo la posición de búsqueda de rentas de sus mal llamados «campeones nacionales», que se han convertido en una especie de Valores Sociales disfrazados y son dóciles compañeros del poder político. La constante subvención de sectores en el proceso de obsolescencia mientras penaliza a quienes podrían reemplazar y mejorar el patrón de crecimiento y el tejido empresarial es muy evidente en toda la UE. Al mantener vivos a los dinosaurios, los gobiernos impiden la creación de un ecosistema que haría que otras compañías crezcan, se desarrollen y se conviertan en líderes mundiales. No es una sorpresa que, país por país, veamos cómo la Unión Europea que habla constantemente sobre la competencia está, en realidad, tratando de poner barreras a los nuevos líderes para que los sectores que buscan rentas mantengan sus privilegios de hace décadas.
Al tratar de proteger a los dinosaurios, los países de la UE terminan dificultando la capacidad de innovación de sus economías y no permiten que los nuevos gigantes prosperen.
Este es el proteccionismo oculto bajo la excusa de la regulación y la tributación, y lo peor es que no protege a los conglomerados nacionales, ni los alienta a reinventarse, ni apoya la creación de nuevos líderes europeos.
Por supuesto, hay algunas iniciativas positivas, no se pueden negar, pero la evidencia empírica es que se ahogan bajo un millón de páginas de reglas e impuestos obsoletos de la Unión Europea que le impiden liderar el cambio tecnológico.
Si Europa quiere un futuro mejor para nuestros hijos y nietos, y para que nuestras economías se fortalezcan, debe dejar de subsidiar lo que no funciona y penalizar lo que funciona, dejar de atacar a quienes se arriesgan e invertir en innovación. Porque lo que ningún político europeo va a lograr es volver a 1980. Sin embargo, lo que lograrán los políticos es hacer de Europa el daño colateral ideal de un dominio tecnológico de Estados Unidos y China.
El artículo original se encuentra aquí.
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                                Os sofrimentos do Jovem Werther
                                                “Toda regra destrói o verdadeiro sentimento e a��
                                                                  verdadeira expressão da natureza.”
É um romance de Johan Wolfgang Von Goethe de 1774, tal é a obra póstuma da escola literária chamada de Romantismo (1750-1850) e é considerada uma obra prima da literatura mundial. É uma das primeiras obras do autor de tom autobiográfico – apesar de que Goethe tenha trocado nomes e lugares, e ter acrescentado partes fictícias a obra. Ela traz as características que marcaram esse período e a revolução que ele suscitou na criação literária da época; como liberdade de produção, abandono do normativismo, valorização das emoções e sentimentos individuais, etc.
O romance teve grande sucesso em toda a Europa, e juntamente com sua publicação houve uma onda de suicídios chamada de “efeito Werther”, que foi atribuída à influencia do personagem principal. Não é confirmado de forma cientifica a existência desse efeito, pois apenas recentemente houveram pesquisas relacionadas a isso.
O livro é narrado em terceira pessoa e que conta é Whilhelm, que é a pessoa a quem Werther enviava suas cartas contando sua história de paixão e tragédia com a Jovem Lotte. Desde o inicio Werther já sabia da impossibilidade de concretização do seu amor à primeira vista. Lotte já era prometida a outro homem: Albert, homem cujo qual Werther adquiriu grande admiração e amizade desde sua apresentação.
Com o passar do tempo e convívio, ele acabou se apaixonando cada vez mais e mais pela moça. Passeios no campo, longas conversas, poemas, todos momentos que contribuíram para fazer com que esquecesse do mundo todo e só visse importância em Lotte. Ele tentou conter seus desejos e seu amor, até mesmo tentou afastar Lotte de sua mente, mas ele tinha a certeza de que aquele amor era recíproco e não se deixou afastar. Com a consumação do casamento entre Albert e Lotte, Werther só imaginava que seria impossível viver sem sua dama, que era impossível seguir com aquela vida.
Na ultima noite, houve um beijo entre os dois confirmando o que Werther já sabia: que Lotte o amava, mas ambos sabiam que aquele era um amor impossível. Então, ela em uma ato de desespero e tristeza pediu para nunca mais vê-lo, o que Werther acabou concordando.
Na mesma noite ele mandou seu criado pedir as pistolas de Albert emprestadas, com o pretexto de que iria viajar e não era seguro, a própria Lotte entregou as pistolas. No dia seguinte Werther foi encontrado morto em seu quarto com um tiro na cabeça.
Todas as cartas à Lotte estão transcritas no livro.
O livro conta uma história melancólica e triste que afeta o coração do leitor mais apático que possa existir, é uma obra sublime que deveria ser lidas por todos. Werther nos ensina que devemos lutar por nosso amor, independente de quão impossível ele seja, e não simplesmente desistir como ele. É uma obra de arte grandessíssima da literatura, e mereceu toda a repercussão, boa, que teve quando foi lançado.
                                                      “A vida humana não passa de um sonho!”
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jgmail · 5 years ago
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La escuela inglesa en las relaciones internacionales
por Alexander Dugin – Principios fundamentales
La escuela inglesa ocupa una posición especial dentro de las teorías de las Relaciones Internacionales (RI). Por lo general, no se considera como un paradigma independiente, ya que tiene características comunes con el realismo y el liberalismo, siendo una combinación original de elementos característicos de ambos enfoques. De hecho, no puede ser considerada como la síntesis de estas dos escuelas ya que sus representantes tienen posiciones bastante originales en algunas cuestiones, lejos tanto de los realistas como de los liberales.
Fundada por el australiano Hedley Bull [1], esta escuela se caracteriza por una elevada atención al análisis social de las relaciones internacionales en su conjunto.
Hugo Grotius: Derecho Natural
Uno de los fundadores de la Escuela inglesa de las RI es el teólogo protestante, jurista y filósofo Hugo Grotius (1585-1683). Grotius uno de los primeros en planteó la teoría de la paz mundial universal como la meta hacia la que los pueblos deben esforzarse. Al mismo tiempo, propuso tres características de la guerra justa:
· La autodefensa;
· La compensation de los daños después de una agresión;
· La retribución
Por otra parte, Grotius insistió en el hecho de que después del comienzo de la guerra (guerra justa o no), los que toman parte en ella deben seguir varias reglas (jus in bello). En particular, estas son los derechos de los prisioneros de guerra, y la distinción entre combatientes y no combatientes, etc.
Los principios introducidos por Grotius se convirtieron en la base del derecho internacional.
Un principio importante de Grotius fue la idea de la libertad de los mares, es decir, la existencia de alguna parte de la tierra que está abierta a todas las naciones y pueblos, y que no puede ser considerada como zona de control exclusivo de un estado en particular. Por lo tanto, Grotius prepara la base para una comprensión global de la política mundial.
En el derecho, Grotius fue el primero que introdujo la noción de “ley natural” humana en la jurisprudencia, común en la modernidad, que es universal para todas las culturas y épocas. Esta “ley natural” se conectó a la naturaleza humana, que él consideraba como buena, y orientada a la cooperación racional con otras personas (optimismo antropológico). Dijo que el arreglo de los conflictos entre las naciones siempre trae la paz.
También existe una “ley voluntaria”, que consiste en la ley divina representada en los textos sagrados, y una ley hecha por el hombre, creada bajo diferentes circunstancias. Tanto las leyes divinas como las hechas por el hombre afectan a la sociedad mediante el Estado, donde se produce la interacción entre los derechos naturales y voluntarias. Dios determinará el curso que se debe seguir, y siempre tiene un buen propósito; la voluntad humana puede ser tanto buena como mala. El objetivo de la sociedad es crear estados en los que la ley natural sea más fundamental que una voluntaria, y esté en armonía con la ley moral divina.
La Comunidad Mundial
Los representantes de la Escuela inglesa (H. Bull, M. Wight [2], J. Burton, J. Vicente [3], etc.) introdujeron el concepto de “comunidad mundial” o “sistema mundial”. Su objetivo es hacer hincapié en que los estados independientes (considerados como los principales actores de las relaciones internacionales), de manera colectiva, representan no sólo una aglomeración mecánica de individuos egoístas, trabajando sólo para intereses privados (como los realistas insisten). También trabajan para la “comunidad”, el sistema social, que define deliberadamente el contexto social, y a veces, el político, del comportamiento de los actores y los acontecimientos internacionales. Este proceso se desarrolla como sociedad que distingue estatus sociales y las funciones de sus miembros, dando a cada componente su dimensión social. Esa es la razón por la que la soberanía, de acuerdo con la Escuela inglesa, del estado debe ser reconocida por los otros estados y requiere reconocimiento mutuo. Por lo tanto, la soberanía no sólo es la característica autónoma del estado, sino al mismo tiempo, es el producto de la interacción social en el plano internacional.
Esto significa que el caos y la anarquía en la teoría de las relaciones internacionales son relativos, y representan un tipo especial de sistema, sometido a estudio racional y cambios intencionales.
La relativización del caos en un entorno internacional hace al representante de la Escuela inglesa cercano a los liberales clásicos. Por otra parte, hay algunas ideas comunes con las teorías neoliberales, con base en el alcance de las acciones de los actores. Sin embargo, al mismo tiempo, los teóricos de la Escuela inglesa están de acuerdo con los realistas en su evaluación del factor de la hegemonía en el modelo general de las relaciones internacionales, y en crear sus teorías sobre un pesaje real del poderoso potencial de las grandes potencias, como las características clave y cruciales de todo el sistema de relaciones internacionales, lo que a su vez los acerca a los realistas.
Esta incertidumbre en la clasificación no desapareció, y ahora varios especialistas en RI han propuesto su propia interpretación del lugar de la Escuela inglesa en las principales categorías de las relaciones internacionales, insistiendo a veces en que son los “idealistas de la Guerra Fría” (J. Mearsheimer [4]), o, a veces volviendo a la clasificación más común como parte del realismo.
El contexto sociológico en el análisis de las RI ha sido destacado por las teorías de R. Aron, que es un representante incondicional del realismo.
La escuela inglesa afectó a algunas teorías positivistas de las relaciones internacionales, que serán discutidas más adelante. En particular, se formó la sociología histórica y el normativismo.
Hedley Bull: la sociedad de Estados
Hedley Bull (1932-1985), el fundador de la escuela inglesa de las RI, nació en Australia, pero hizo su carrera académica en la London School of Economics and Political Science. El trabajo principal de Bull es el libro Anarchical Society [5], que describe en detalle el principio de la anarquía en las RI. Bull sugiere que la anarquía puede interpretarse de una manera muy específica, como algo completamente independiente de los patrones de comportamiento egoísta de los actores (Estados-nación) en el que los realistas insisten. Más bien, postula un gran sistema caracterizado por una sociedad de estados, sometida a control supranacional (al que los liberales aspiran). Bull en cierto modo continua las ideas de Aron, y propone considerar esta anarquía como un campo de interacciones sociales donde los actores son parcialmente independientes, pero a veces se afectan entre sí y están bajo la influencia común del sistema.
Bull tiene una definición especial de un estado. Para llamar a una unidad un estado, deberá:
1) Introducir la soberanía sobre un grupo de personas;
2) Controlar determinado territorio;
3) Tener un gobierno.
Un número de estados son un sistema de estados sólo si tienen un cierto nivel de interacción, ya que las decisiones tomadas por uno afectan a los demás. En este caso, son una “parte de un todo” relativa (el sistema de estados). Sin embargo, de acuerdo con Bull, el sistema de los Estados no es idéntico a la sociedad de estados. La sociedad de estados aparece “cuando un grupo de estados, consciente de ciertos intereses y valores comunes, forma una sociedad en el sentido de que se conciben a sí mismos estando obligados por un conjunto de normas comunes en sus relaciones entre sí y compartiendo el trabajo en las instituciones comunes”.
Bull ve a la comunidad mundial definida por la “anarquía” (“o sociedad anárquica”), llegando a esto desde el principio de soberanía (por lo tanto, Bull está de acuerdo con los realistas), como portadores de algunos valores que pueden ser llamados morales. Según él, la sociedad internacional debe:
1) Protegerse a sí misma como un sistema internacional, basado en los principios de las relaciones interestatales;
2) Reforzar la independencia de los miembros de la sociedad internacional, apoyar la paz, proporcionar un nivel de vida social, y restringir la violencia (el derecho de la guerra);
3) Respetar sus obligaciones (es decir, seguir el principio de reciprocidad);
4) garantizar la estabilidad de la propiedad (que se afirma en el mutuo reconocimiento de la soberanía) [6].
Tal forma de interrelacionar los Estados soberanos crea una comprensión especial de la “anarquía internacional”, identificada, en este caso, con la “Sociedad Internacional”. Esta no es una estructura supranacional que limita de jure la soberanía en la forma en es defendida por los liberales en las RI, y sin embargo tampoco la colisión libre de unidades completamente independientes donde se rechazaron todas las normas en sus relaciones (como los realistas lo interpretan).
Bull cree que la “sociedad internacional” tiene como objetivo garantizar dos principios fundamentales: el orden y la justicia. Considera que el orden y la justicia constan de tres niveles [7].
Orden
Justicia
Orden social
Justicia social
El orden internacional
La justicia internacional
Orden mundial
La justicia global
La introducción de estos niveles permite la creación de un modelo de “sociedad internacional”, donde se mitigarán las claras divisiones entre la política nacional y la exterior, pero en comparación con la globalización y la desoberanización defendida por los liberales (especialmente los neo-liberales), las funciones del Estado se mantienen. En lugar de las prioridades egoístas del interés nacional, estas funciones se transforman gradualmente para proporcionar orden y la justicia, tanto a nivel local como global.
John Burton: la sociedad mundial
Otro representante de la Escuela inglesa, también de Australia, es John Burton (1915-2010); desarrollando las ideas de Hedley Bull, propone el concepto de la “Sociedad Mundial”. Burton analizó las razones de los conflictos en las relaciones internacionales, y encontró que los conflictos no son causados por los intereses nacionales, sino por la estimación subjetiva de los objetivos individuales, que puede formarse a través de los diálogos sociales (como ocurre en la sociedad normal, a pesar de las contradicciones de deseos e intereses). Según Burton, si consideramos los estados como sistemas sociales, sus interacciones podrían ser explicadas por el mismo esquema; sería posible evitar cualquier conflicto y las guerras, y los cambios sociales armonizados se reflejarían en las transformaciones apropiadas de los sistemas sociales. Burton insiste en que el conflicto siempre se puede resolver muy al principio, ya que es una disfunción social y no algo más serio.
Burton cree que la razón de la guerra es que los estados son incapaces, por alguna razón, de avanzar hacia los cambios sociales que se ocupan de las disfunciones internas del entorno. Es por eso por lo que el estado es el origen del conflicto, ya que se retrasa a la hora de responder rápidamente a la dinámica de los cambios sociales. Por esta razón, es importante cambiar el principio de la “seguridad nacional” (en el que los realistas insisten) por el principio de la “seguridad global”.
Martin Wight: el sistema de Estados
Otro famoso representante de la Escuela inglesa de las RI es el inglés Martin Wight (1913-1972). Fue profesor en la London School of Economics and Political Science. Wight desarrolló la idea de un “sistema de estados” como un desarrollo especial en las relaciones internacionales, que no corresponde a la intersección de los intereses nacionales egoístas (como los realistas creen), o en la coexistencia de los Estados democráticos, creando estructuras nacionales (de acuerdo con los liberales) [8]. Wight cree que el principio de los Estados soberanos es un impedimento al desarrollo del sistema social a escala internacional. En su concepto principal de “sistema de estados”, el “sistema” se opone al “estado”.
Después de la muerte de Wight, su principio de trabajo en las teoría de las RI fue sistematizado y publicado por Hedley Bull, que cooperó activamente con él.
Barry Buzan: los sistemas internacionales en la historia del mundo
La nueva ola de la Escuela inglesa en las RI se inició en la década de 1990, cuando la globalización y la intensificación de las interacciones sociales entre los diferentes estados cambiaron de escala, mostrando la relevancia de aquellos conceptos que destacaron en primer lugar el elemento de la interacción social en el cuerpo de la teoría de las RI.
Así, el especialista inglés en RI Barry Buzan [9], junto con su co-autor Richard Little, propuso la sistematización de los “sistemas internacionales” históricos [10]. Propusieron considerar el sistema de las RI como un modelo jerárquico con los siguientes niveles:
– individual
– Subunidad
– Unidad
– Subsistema
– Sistema
Cada uno de los sistemas internacionales es específico en la calidad y la intensidad de la cooperación a cada nivel. Por otra parte, cada nivel puede corresponder a cierto fenómeno social.
El análisis de los sistemas internacionales se lleva a cabo en tres niveles:
– Investigación de la interacción (que puede ser lineal o no lineal, así como diferir en el nivel de intensidad);
– Análisis estructural (siendo parcialmente un modelo estático de sistematización de una unidad);
– Examen del proceso (transformación de la identidad de cada nivel y su correlación).
Por otra parte, es importante considerar estas interacciones cualitativamente. En este caso, pueden estar unidos en las siguientes categorías:
– Guerra;
– Unión.
[1] Bull H. The Anarchical Society. A Study of Order in World Politics. New York: Columbia University Press, 1977
[2] Wight Martin. System of States. Leicester University Press, 1977
[3] Vincent R. J. Human Right and International Relations. Cambridge: Cambridge University Press, 1986
[4] Mearsheimer John J. E. H. Carr vs Idealism: The Battle Rages On // International Relations, Vol. 19 No 2.
[5] Bull H. The Anarchical Society. A Study of Order in World Politics
[6] Bull H. The Anarchy Society. A Study of Order in World Politics. P. 16-19
[7] Ibid. P. 3-21
[8] Wight M. System of States. Leicester: Leicester University Press. 1977
[9] B. Buzan is also know as the post-positivist of historical sociology that appeared within the English School Concept.
[10] Buzan B., Little R. International System in World History. Oxford: Oxfors University Press. 2010.
Fuente: Katehon.
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IUS NORMATIVISMO
Es una teoría fundada por Hans Kelsen la cual se conoce también como teoría pura del derecho, en atención a que pretende elaborar una explicación integral del derecho partiendo del derecho mismo, sin referencia alguna a los fenómenos sociales, políticos y morales existente en la sociedad humana, y sin pretender valorar las normas jurídicas con el auxilio de la política o de la ética. En este sentido una norma inferior vale porque se fundamenta en otra norma más general, de carácter básico. Distinto de ello, para Kelsen, es el problema de la vigencia o eficacia del derecho. Esta depende de la aplicación efectiva que se haga de la norma jurídica. Depende igualmente del procedimiento para la creación de tales normas, si es conforme o no con el sistema establecido en la constitución. Esta teoría es un intento de eliminar de la jurisprudencia todos los elementos no jurídicos tales como (psicología, sociología y ética); de igual manera rechaza la existencia de un derecho natural, al que considera solamente como simple valoración moral.
CARACTERÍSTICAS DEL NORMATIVISMO
 Plantea el derecho positivo como único en la aplicación para regular conductas.  Esta teoría rechaza la existencia de un derecho natural.  Rechaza toda explicación basada en la sociología, en fenómenos económicos o en los hechos políticos de los hombres.  Para Kelsen la norma jurídica derivan su validez de normas superiores.  El derecho está constituido por normas que indican cual debe ser la conducta del hombre.  Kelsen sostiene que el derecho es la expresión de la voluntad del estado. Considera las normas jurídicas como esencia pura de derecho
JOSE TOLEDO
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orientadasleituras-blog · 7 years ago
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Os sofrimentos do Jovem Werther - Johan Wolfgang von Goethe
Marco inaugural do romantismo, “Os Sofrimentos do Jovem Werther”, foi uma das primeiras obras do alemão Goethe. O livro é composto por cartas que o personagem Werther envia ao narrador Wilhelm.
Por motivos de trabalho, Werther encontra-se longe de sua família e amigos e, em suas cartas, relata sua paixão por Charlotte. Desde que a conheceu, ele sabe que a jovem tem um noivo, Albert, sujeito que acaba conquistando a admiração e a amizade de Werther.
O enredo se dá em torno dessa paixão impossível, que é correspondida por Charlotte, mas não pode ser consumada. A certa altura da trama, Werther e Charlotte se beijam. Charlotte então pede para que ela e Werther nunca mais se vejam, e ele assente. Naquela mesma noite, Werther pede emprestadas ao criado as pistolas de Albert. No dia seguinte, Werther é encontrado morto em seu quarto.
Citação
"Acontece com a distância o mesmo que acontece com o futuro: um todo imenso, e como que envolvido por uma neblina, estende-se diante da nossa alma; nosso coração ali mergulha e se perde, da mesma forma que nossos olhos, e ardentemente aspiramos a nos abandonar por completo, deixando-nos impregnar de um sentimento único, sublime, delicioso... No entanto, pobres de nós, quando lá chegamos e vemos que nada mudou: encontramo-nos tão pobres, tão limitados como antes, e nossa alma suspira pela felicidade que lhe fugiu."
Curiosidades
Gothe escreveu “Os Sofrimentos do Jovem Werther” tendo apenas 25 anos.
Após a primeira publicação de “Os sofrimentos do jovem Werther” houve uma série de suicídios na Europa, atribuída à obra de Goethe, que ficou conhecida como “Efeito Werther”. No entando, não há prova científica que confirme que os suicídios foram provocados pela obra.
A primeira tradução da obra para o português foi feita pelo escritor e jornalista e tradutor Galeão Coutinho, em 1973.
Avaliação
Tendo apenas 25 anos, Goethe escreveu uma obra que posteriormente seria tida como marco inicial do romantismo, contendo marcas estilísticas originais próprias de um autor maduro.
“Os Sofrimentos do Jovem Werther” é inovador tanto na forma quanto no conteúdo. A obra abandona o normativismo, valoriza a subjetividade, idealiza a figura feminina, e tem a natureza como inspiradora. Há também certo egocentrismo, próprio do homem moderno. A obra influência até os dias de hoje a visão que temos sobre o amor romântico.
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