#manifiesto por la erradicación de la pobreza
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CONGRESO MUNDIAL DE FILOSOFÍA SOBRE LA POBREZA.
CONGRESO MUNDIAL DE FILOSOFÍA SOBRE LA POBREZA.
CENTRO DE ESTUDIOS DESIDERIO SOSA, CLUB MUNDIAL DE FILOSOFÍA, ESCUELA CORRENTINA DE PENSAMIENTO. Todos a L’Hospitalet de Llobregat La pobreza es un estado económico social sobrevenido al individuo, bien sea por su lugar de origen o por contingencias posteriores. En cualquier caso, es un problema de índole político social y desde ahí debe ser abordado. La cuestión es compleja y de gran calado…
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Desde la fundación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 1919, la erradicación del trabajo infantil ha constituido uno de sus principales objetivos. Cien años después y por primera vez en la historia de la organización, todos sus estados miembros han ratificado una convención sobre las peores formas de trabajo infantil.
Albert Thomas, primer Director de la Organización, afirmó entonces que el trabajo infantil “representa la explotación de la infancia y es el reflejo del mal… lo más insoportable para el corazón humano. La protección de los niños constituye siempre el punto de partida para llevar a cabo una labor eficaz en materia de legislación social”.
Cien años después y por primera vez en la historia de la OIT, todos sus estados miembros han ratificado una convención internacional del trabajo, el Convenio número 182 sobre las peores formas de trabajo infantil, que logró la ratificación universal después de la confirmación por parte del Reino de Tonga, un pequeño país de Oceanía integrado dentro de la Polinesia y constituido como una monarquía parlamentaria.
En efecto, el pasado 4 de agosto de 2020 la embajadora del Reino de Tonga, Titilupe Fanetupouvava’u Tuivakano, depositó formalmente los instrumentos de ratificación ante el Director General de la OIT, Guy Ryder.
Este convenio es el que ha logrado la ratificación más rápida en la historia de la Organización, desde su aprobación en la Conferencia Internacional del Trabajo que tuvo lugar hace 21 años. Es uno de ocho convenios fundamentales de la OIT, que abarcan la abolición del trabajo infantil, la erradicación del trabajo forzoso, la abolición de la discriminación en el trabajo y los derechos de libertad sindical y negociación colectiva.
Dichos principios también figuran en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998). “La ratificación universal del Convenio 182 constituye un hito histórico y permitirá que todos los niños gocen a partir de ahora de protección jurídica frente a las peores formas de trabajo infantil”, afirmó Guy Ryder, Director General de la OIT.
“Ello pone de manifiesto un compromiso a escala mundial para erradicar de nuestra sociedad las peores formas de trabajo infantil, incluidas la esclavitud, la explotación sexual y la utilización de niños en conflictos armados u otros trabajos ilícitos o peligrosos susceptibles de menoscabar la salud, la moral o el bienestar psicológico de los niños”, añadió.
Sharan Burrow, Secretaria General de la Confederación Sindical Internacional (CSI), acogió con beneplácito la ratificación que «pone de relieve de forma eficaz y oportuna la importancia de las normas de la OIT y la necesidad de encontrar soluciones multilaterales frente a los problemas mundiales.”
Roberto Suárez Santos, Secretario General de la Organización Internacional de Empleadores (OIE) afirmo que “La ratificación universal del Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil marca un hito histórico”. Kailash Satyarthi, Premio Nobel de la Paz, reaccionó señalando: “Sueño con un mundo seguro para todos los niños, en el que la infancia sea segura …y todos los niños gocen de la libertad de ser niños”.
La OIT estima que hay 152 millones de niños que realizan trabajo infantil, 73 millones de los cuales llevan a cabo trabajos peligrosos. El 70% de todo el trabajo infantil tiene lugar en el sector agrícola y obedece principalmente a situaciones de pobreza y a las dificultades de los padres para encontrar un empleo decente.
Es cierto que la incidencia del trabajo infantil, incluidas sus peores formas, disminuyó en casi un 40% de 2000 a 2016, a raíz del aumento del índice de ratificación de los Convenios números 182 y 138 (sobre la edad mínima para trabajar) y la adaptación de legislaciones y políticas eficaces en los países. Pero el ritmo de los avances ha sido cada vez menor en los últimos años, en particular en relación con el grupo de menor edad (de 5 a 11 años) en determinadas zonas geográficas.
Mientras tanto, los expertos, advierten que como consecuencia de la pandemia de la Covid-19, existe un riesgo real de que se produzca un retroceso con respecto a los avances logrados, y de que el trabajo infantil aumente por primera vez en 20 años, a menos que se adopten urgentemente medidas adecuadas.
Ese objetivo histórico se ha alcanzado pocos meses antes de que comience el Año Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil en 2021 , cuya celebración liderará la OIT en colaboración con sus 250 asociados y 21 países pioneros para coordinar, innovar y acelerar los progresos encaminados a poner fin al trabajo infantil, el trabajo forzoso, la trata de personas y la esclavitud moderna.
Recordaremos que en la meta 8.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), adoptada por todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas en 2015, se aboga por “poner fin a todas las formas de trabajo infantil para 2025”.
La letra pequeña de un bochorno
A lo largo de la historia, los convenios y tratados internacionales han sido un instrumento idóneo para resolver problemas que trascienden las fronteras, con el objetivo de unificar criterios jurídicos para la solución de estos. Una de las problemáticas comunes a todos los estados es la vulneración de los derechos de los niños.
Esta se da con mayor intensidad en aquellos lugares donde la situación socioeconómica es deficiente, constituyéndose escenarios propicios para que se dé tal vulneración.
Situaciones como el intercambio cultural, la búsqueda de nuevas oportunidades de estudio y de trabajo, la legalización de estatus migratorios, los matrimonios celebrados entre parejas de distintas nacionalidades han llevado a que las personas, mediante actos indebidos o en forma deliberada coloquen a los niños en condiciones de peligro y de vulnerabilidad.
Actualmente decenas de millones de niños y niñas trabajan en condiciones aborrecibles que les despojan de su infancia, poniendo en peligro su salud y, en algunos casos, incluso su vida. Ninguno de estos niños ha tenido alguna vez la mínima oportunidad de saber lo que puede dar de sí mismo.
Si el avance ha sido lento o en apariencia inexistente, se debe a que la cuestión del trabajo infantil es sumamente compleja y no se puede eliminar de un plumazo ya que está inextricablemente unida a la pobreza. En realidad, la mayoría de los países cuenta con leyes que prohíben o ponen severas restricciones al empleo de niños.
En gran medida, esas leyes se inspiran en las normas adoptadas por la (OIT). Aun así, el trabajo infantil sigue existiendo a gran escala, a veces en condiciones infrahumanas, especialmente en el mundo en “mal-desarrollo”. Llos niños trabajan porque su supervivencia y la de sus familias dependen de ello. En muchos casos, adultos sin escrúpulos sacan provecho de su vulnerabilidad.
El trabajo infantil también puede obedecer a la deficiencia y precariedad de los sistemas nacionales de educación. Además, está profundamente arraigado en las tradiciones y actitudes sociales y culturales.
Por todos esos motivos, e incluso tras ser declarado ilegal, el trabajo infantil se sigue tolerando, se acepta como si fuera natural y en gran parte es invisible. A menudo está rodeado de un muro de silencio, indiferencia y apatía.
¿Por qué otros empleadores contratan a niños?
Las explicaciones más habituales son el menor costo y las denominadas habilidades irreemplazables («dedos ágiles») que poseen los niños, a diferencia de los adultos. La viabilidad de empresas enteras depende del trabajo infantil o, por lo menos, así lo sostienen inescrupulosos personajes.
Este tipo de argumento, a su vez, fomenta el temor de que el proceso de globalización y la creciente competencia en los mercados mundiales respecto a algunos productos sólo servirán para acrecentar y agravar el fenómeno del trabajo infantil.
Según el mismo argumento, la globalización expone a los niños que trabajan a riesgos de explotación aun mayores a medida que los empleadores luchen por un puesto competitivo en los mercados mundiales. ¿Hasta qué punto son válidos estos argumentos?
Los datos de la realidad y los estudios fidedignos demuestran que el trabajo infantil no es indispensable para el desarrollo y la supervivencia de ninguna rama de actividad económica. Estudios realizados en algunas ramas de actividad que emplean gran cantidad de niños han sembrado numerosas dudas sobre el argumento de los «dedos ágiles».
Casi todas las actividades en estas empresas las llevaban a cabo niños y también adultos. Incluso en el sector de las alfombras, donde se hacen los nudos a mano, y se afirma que el trabajo infantil es indispensable, se observó que los niños no tenían más pericia que los adultos y que algunas de las alfombras más delicadas habían sido tejidas por adultos.
En un estudio sobre las fábricas de alfombras y las joyerías de la India también se ha demostrado que cuando se desglosa el precio final que el cliente paga por las alfombras o joyas exportadas, el ahorro en los costos de mano de obra que pueda resultar del empleo de niños es mínimo. Los productores podrían absorber el costo adicional de contratar únicamente a adultos o transferirlo al consumidor sin que la viabilidad de sus empresas se viera amenazada.
Si el argumento de los «dedos ágiles» no es válido para sectores que han dependido tradicionalmente en gran medida del trabajo infantil, como en el caso del tejido de alfombras, ¿qué argumento económico se puede esgrimir para justificar el trabajo infantil en cualquier otra rama de actividad? Ninguno.
El principal motivo por el que se contratan niños no tiene relación alguna con la eficiencia económica. Simplemente, es más fácil manejar a niños que a los adultos, porque, si bien es cierto que no están calificados, tampoco conocen sus derechos, no dan tantos problemas, se quejan menos y son más dóciles y, en última instancia, se puede prescindir de ellos sin más.
Para algunos empleadores, constituyen una reserva de mano de obra ocasional que contratan y despiden a su antojo. Si la actividad que desempeñan es ilegal, es improbable que los niños y sus padres no se quejen a las autoridades por miedo a perder esos magros ingresos que traen a casa.
Además, algunos empleadores consideran realmente que les hacen un favor a los niños que emplean, al ofrecerles trabajo y remuneración. Así pues, en algunos casos declarar ilegal el trabajo infantil puede surtir el efecto contrario y privar al niño que trabaja de la protección que le proporciona la legislación laboral de los adultos. Las simples prohibiciones del trabajo infantil por sí sola no bastan: sólo dan resultado si van acompañadas de medidas de otra índole.
El capitalismo, en su fase neoliberal, demostró ser un sistema basado en el incremento sin límites de la desigualdad y la marginación, que beneficia exclusivamente a las grandes empresas trasnacionales y las élites locales a ellas asociadas. El combate frontal contra el neoliberalismo es la tarea impostergable, porque mientras más avance más desintegradas quedarán nuestras naciones. Lo demás es pura distracción.
*Periodista uruguayo, acreditado en ONU-Ginebra. Analista asociado al Centro Latinoamericano de Análisis Estratégico (CLAE, www.estrategia.la)
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El Gobierno aprueba la creación de un Ingreso Mínimo Vital
Llegará a 850.000 hogares en los que viven 2,3 millones de personas, con especial incidencia en los hogares en los que viven menores
Supondrá la práctica erradicación de la pobreza extrema, que actualmente afecta a 600.000 hogares y 1,6 millones de personas
Será compatible con rentas salariales e incluirá incentivos al empleo en forma de bonus para quienes empiecen a trabajar o aumenten el número de horas de ocupación
Se establece un amplio abanico de tipologías de hogar, cada una con un nivel de renta garantizado que oscila entre los 5.538 y 12.184 euros anuales
El Consejo de Ministros, a propuesta de la Vicepresidencia de Derechos Sociales y Agenda 2030 y del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha dado luz verde al Real Decreto-Ley por el que se pone en marcha un Ingreso Mínimo Vital, una nueva prestación de la Seguridad Social, que va acompañada de estrategias de inclusión focalizadas. El Ingreso Mínimo Vital, que será de carácter permanente, tiene como principales objetivos la redistribución de la renta, con la intención de erradicar la pobreza extrema, y la inclusión social y participación en el mercado laboral de las personas en situación de vulnerabilidad.
El Ingreso Mínimo Vital es la respuesta del Gobierno al problema estructural de pobreza que existe en España y que hasta ahora no ha sido suficientemente atajado por las políticas existentes, como han puesto de manifiesto en numerosas ocasiones las recomendaciones remitidas a España desde diferentes organismos internacionales. Su puesta en marcha se ha acelerado para ayudar a cubrir las situaciones de vulnerabilidad causadas por la COVID-19, que se suman a las de las familias que ya se encontraban en dificultades previamente.
Según las estimaciones, la nueva prestación podría alcanzar los 850.000 hogares beneficiarios, en los que viven más de 2,3 millones de personas, con especial incidencia en los hogares con niños. De hecho, de los 2,3 millones de potenciales beneficiarios, un 30% son menores. También habrá una incidencia mayor entre los hogares monoparentales, que supondrán el 16% de los beneficiarios. Dentro de ellos, casi un 90% están encabezados por una mujer.
Continúa en: http://www.laboral-social.com/gobierno-aprueba-creacion-ingreso-minimo-vital.html
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DÍA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
Una nueva entrada ha sido publicada en nuestra web del IES Antonio Gala http://www.iesantoniogala.es/?p=15477
DÍA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO
El pasado 27 de noviembre se celebró en el patio del iES Antonio Gala un acto para concienciar al alumnado sobre el problema de la violencia de género. Pudimos escuchar las canciones «No significa no» de Curricé y «La puerta violeta» de Rozalén. Así mismo alumnos y alumnas de las ESO nos leyeron un poema compuesto por una alumna de la ESO, y un manifiesto contra la violencia de género que os dejamos a continuación:
MANIFIESTO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO. Hace 20 años la Asamblea General de las Naciones Unidas designó el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, para denunciar la violencia que se ejerce sobre las mujeres en todo el mundo y reclamar políticas en todos los países para su erradicación. En la declaración se reafirmaba que la violencia contra la mujer era un obstáculo para el logro de la igualdad, el desarrollo y la paz; y un atentado a los derechos humanos de las mujeres y sus libertades fundamentales. Con ello, la ONU asumía las reivindicaciones de las organizaciones de mujeres que durante los años 80 iniciaron la conmemoración en este día en recuerdo del asesinato de las tres hermanas Mirabal en República Dominicana. También, hace 20 años, la Unión Europea declaró 1999 “Año europeo contra la violencia hacia las mujeres”. Había llegado la hora de que esta violencia se hiciera visible y se denunciaran las consecuencias negativas que tiene para las mujeres y para toda la sociedad. Durante este tiempo, en nuestro país, instituciones públicas y privadas han desarrollado campañas de concienciación ciudadana que han contribuido a un cambio de actitud en la población en general, superándose las políticas del silencio; además, los avances legislativos nos han dotado de instrumentos para reducir la impunidad de la violencia y la protección de las víctimas. Ha sido especialmente relevante, la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, aprobada por unanimidad y que en 2015 se reformó para extender su protección a las hijas e hijos de madres víctimas de violencia de género. En el ámbito del Consejo de Europa, el Convenio de Estambul, ratificado por España en 2014, reconoce diferentes formas de violencia contra las mujeres, más allá del ámbito de la pareja, como una violación de los derechos humanos y como una forma de discriminación, considerando responsables a los Estados si no responden de manera adecuada. Pero los marcos legales por sí solos no son suficientes; deben ir acompañados de recursos con los que dotar planes de acción que desarrollen medidas eficaces. Para ello, el Pacto de Estado contra la Violencia Género de 2017 debe continuar con sus funciones de prevención e intervención, precisando de la máxima involucración institucional y evaluación continuada de las medidas para adaptarlas a una realidad cambiante. La violencia de género ya no es tema privado sino público, gravísimo problema de preocupación colectiva, cuya persistencia se constata diariamente. En nuestro país, desde 2003 han asesinado a 1.020 mujeres y a 30 menores, a las que hay que sumar madres y hermanas, mujeres prostituidas y aquellas otras asesinadas por el hecho de ser mujer. Estos años, según fuentes del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, el 20% de las mujeres asesinadas habían denunciado, minimizándose el riesgo que ello suponía. El 75 % de las mujeres asesinadas eran madres (en lo que va de año 33 menores han quedado en situación de orfandad). La violencia machista ha hecho acto de presencia en todas las provincias. Los datos indican que en torno al 70 % se produce en pueblos o ciudades de menos de 100.000 habitantes. Es en el ámbito rural donde las mujeres están más desprotegidas. Además, la memoria de la Fiscalía General del Estado relativa a 2018 manifiesta su preocupación por el incremento de la violencia de naturaleza sexual, por las agresiones sexuales en grupo y la ejercida a través de redes sociales entre adolescentes y jóvenes; y por los déficits de protección a las 16 mujeres asesinadas que habían presentado denuncia. Ante esta realidad incontestable no podemos acostumbrarnos sólo a discursos emotivos e indignados sobre la violencia contra las mujeres, ni caer en el desánimo por su persistencia o la pasividad frente a planteamientos negacionistas. Hay que hablar de soluciones y estas pasan por no tolerar la violencia de género. Erradicar la violencia contra las mujeres y niñas es una tarea complicada, requiere abordar la desigualdad de género que la provoca y que está profundamente arraigada en todos los ámbitos de la vida social. Es necesario contar con la intervención desde todos los sectores y a nivel individual y colectivo. Cada organización, cada persona tiene un papel, debemos convertirnos en agentes positivos en la defensa de los derechos de las mujeres y rechazar abiertamente la discriminación y el abuso. Un año más, las Diputaciones de Andalucía, en conmemoración del Día Internacional contra la Violencia de género, proponen y se comprometen a: 1. Considerar las políticas de igualdad entre mujeres y hombres, prioritarias e irrenunciables porque atacan de raíz esta violencia. 2. Trabajar de forma coordinada y conjunta todas las Administraciones en todos sus niveles en las medidas para la erradicación de la violencia contra las mujeres. 3. Sensibilizar y hacer un llamamiento a toda la sociedad, especialmente a los hombres y a los jóvenes, para que rompan con una cultura de tolerancia y negación que perpetúa la desigualdad de género y la violencia que causa. 4. Destacar la importancia de una actuación coordinada de todos los organismos y la sociedad civil, especialmente las asociaciones de mujeres y grupos de ciudadanos y ciudadanas implicados en la lucha feminista. 5. Considerar la maternidad como un factor de vulnerabilidad de las mujeres víctimas de maltrato junto con la pobreza, la dependencia económica del maltratador, la situación de discapacidad o el embarazo. 6. Incrementar los esfuerzos en el ámbito rural, con medidas de prevención y proporcionando recursos de asistencia, acompañamiento y protección a las víctimas en los municipios. Corresponde a toda la sociedad luchar y condenar la violencia machista. La vulneración sistemática de los derechos humanos no puede tener cabida en una sociedad democrática.
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El día 20 de febrero, el Cercle PODEM Vilamarxant y la candidatura municipalista VILAMARXANT JUNTS PODREM, presentó en el registro del Ayuntamiento de la localidad, una propuesta de moción sobre Justicia Social.
Esta fecha fue declarada por la Asamblea General de las Naciones Unidas como “Día de la Justicia Social” en 2007. El grupo político manifiesta que se tienen que llevar a cabo políticas que promuevan la erradicación de la pobreza, la ocupación llena, el trabajo digno, la igualdad entre los sexos, el acceso al bienestar social y la justicia social para todos y todas. En estos momentos en los cuales las desigualdades han crecido significativamente es necesario poner en marcha acciones orientadas al hecho que todas las personas tengan opciones de mejorar sus condiciones de vida y las de los otros, y para lo cual es necesaria la col•*laboració de todas y todos: los gobiernos local, autonómico y estatal, los empresarios, los trabajadores y trabajadoras, la sociedad civil, los sindicatos, las asociaciones, etc.
Es por eso que el Círculo PODEM Vilamarxant y la candidatura municipalista VILAMARXANT JUNTS PODREM pide a los diferentes grupos políticos que se adhieran al manifiesto e insta en el Ayuntamiento al hecho que ponga en marcha políticas encaminadas a:
Que los impuestos sean menos generalistas y más ligados al nivel de renta.
Poner en marcha proyectos destinados a fomentar la igualdad en todas las áreas.
Activar programas de ocupación.
Destinar y/o ampliar el presupuesto destinado a vivienda social para ayudar en las clases más desfavorecidas a tener acceso a una vivienda digna.
Realizar actividades educativas que fomentan la inclusión, la integración y el respecto a todas las personas sin excepción
Los Ayuntamientos tienen que asumir un compromiso social para sanar y compensar las desigualdades aplicando las políticas encaminadas a mejorar la vida de las personas, sobre todo de las más desfavorecidas.
Podem Vilamarxant y Junts Podrem presentan en el Ayuntamiento una “Moción sobre justicia social” El día 20 de febrero, el Cercle PODEM Vilamarxant y la candidatura municipalista VILAMARXANT JUNTS PODREM, presentó en el registro del Ayuntamiento de la localidad, una propuesta de moción sobre Justicia Social.
#Asamblea General de las Naciones Unidas#Bienestar social#erradicación de la pobreza#podem#Podemos#Vilamarxant
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Nallely Salazar Martínez
PROYECTOS INDIVIDUALES
NOCIONES DE DERECHO
MÓDULO 1
IMPORTANCIA DE LA REGULACIÓN JURÍDICA DE LAS ACTIVIDADES HUMANAS Y DE LA CREACIÓN DE UN BLOG.
A medida que ganó presencia social y cultural y sobre todo una significativa influencia económica, surgieron los conflictos en torno a la red y, para algunos de sus usuarios, especialmente en los gobiernos, la sensación de que hacían falta reglas específicas para ordenar el disperso universo que es la red de redes, lo mismo en el empleo de recursos como el correo electrónico.
Legislación Nacional La legislación nacional mexicana respecto del Internet presenta un grave problema; cualquier cosa, situación, actividad, etc., con posibilidades de ser regulada legalmente, debe ser, necesariamente definida antes de que se visualice en las leyes, es decir, nada puede ser objeto de legislación si no se tiene un concepto claro del objeto. En el caso del Internet, este no es definido en alguna ley mexicana, sin embargo, se dice que el Internet ingresa en los términos genéricos de ‘Medio Electrónico’ e ‘Informática’; Internet no está comprendido en esa categoría, no podemos asegurar por completo que el Internet tenga un cuerpo jurídico que lo regule.
Internet ingresa en estos términos: medio electrónico o cualquier otra tecnología, sin embargo, situación que se repetirá varias veces, el término tal cual, Internet, no está regulado. De este mismo cuerpo jurídico, el Artículo 1805 nos dice que una oferta que se haga a una persona presente, sin fijación de plazo para aceptarla, el autor de la oferta queda desligado si la aceptación no se hace inmediatamente. La misma regla se aplicará a la oferta hecha por teléfono o a través de cualquier otro medio electrónico, óptico o de cualquier otra tecnología que permita la expresión de la oferta y la aceptación de ésta en forma inmediata.
MÓDULO 2
LEYES QUE REGULAN LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL
En México ha habido un desfase entre la emisión de la legislación ambiental y la creación de instituciones que tuvieran como prioridad la aplicación de esta legislación. La primera ley de carácter ambiental en nuestro país fue la Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental publicada en 1971, cuya administración estaba a cargo de la Secretaría de Salubridad y Asistencia.
En el Diario Oficial de la Federación del 11 de enero de 1982 se publica la Ley Federal de Protección al Ambiente y cinco años más tarde, el 28 de enero de 1988, se emite a Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Esta ley era aplicada y administrada por la ex Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SEDUE) por conducto del Instituto Nacional de Ecología (INE).
La inclusión del INE en una secretaría encargada de atender los problemas derivados del crecimiento industrial y demográfico en las grandes ciudades, pone de manifiesto la orientación urbano industrial de los planteamientos ambientales: calidad del aire en las grandes urbes y contaminación del agua por descargas industriales y municipales.
En 1994 se crea la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP), con lo cual se integran bajo el mismo sector los recursos naturales, la biodiversidad, la atención a los residuos peligrosos y a los problemas ambientales urbano industriales.
ARTÍCULO 37 BIS.- Las normas oficiales mexicanas en materia ambiental son de cumplimiento obligatorio en el territorio nacional y señalarán su ámbito de validez, vigencia y gradualidad en su aplicación.
La SEMARNAP publica el Programa Nacional de Medio Ambiente y Recursos Naturales 1995-2000 cuyo objetivo general era frenar las tendencias de deterioro del medio ambiente y promover el desarrollo económico y social con criterios de sustentabilidad. Se planteaba hacer operativo y viable este Programa a partir de un conjunto de instrumentos de política ambiental.
La ley ambiental mexicana es la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, sin embargo, existen otras leyes federales y nacionales que inciden en varios aspectos en la relación de las ganaderías industriales con los recursos naturales. Estas leyes son: Ley de Aguas Nacionales, Ley Federal de Derechos en Materia de Agua, Ley General de Salud, Ley Federal de Metrología y Normalización y la Ley Federal de Sanidad Animal.
i) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente[11] (LGEEPA)
La legislación ambiental mexicana es relativamente joven. La LGEEPA se publica en 1988 y partir de esa fecha se ha modificado en concordancia con los cambios en la Ley de la Administración Pública, con las necesidades de ampliar, profundizar y hacer más eficiente las acciones en materia de protección ambiental y con el objetivo de reforzar el proceso de federalización a través de la descentralización de las funciones de la administración pública.
En la administración pasada (1994-2000), la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, SEMARNAP -ahora sólo Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales- realizó una importante labor para hacer compatibles las atribuciones federales, con las estatales y municipales.
Como resultado de este esfuerzo, en diciembre de 1996 se publica un decreto por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley. El centro de estas modificaciones es la transferencia de atribuciones, funciones y recursos a las entidades federativas, proceso que afecta de manera sustancial el carácter de las leyes ambientales de los estados elaboradas a fines de los ochenta y principios de los noventa.
MÓDULO 3
LEYES RELATIVAS APLICABLES A LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL
Del ARTÍCULO 15.- Para la formulación y conducción de la política ambiental y la expedición de normas oficiales mexicanas y demás instrumentos previstos en esta Ley, en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente, el Ejecutivo Federal observará los siguientes principios:
I.-Los ecosistemas son patrimonio común de la sociedad y de su equilibrio dependen la vida y las posibilidades productivas del país;
II.- Los ecosistemas y sus elementos deben ser aprovechados de manera que se asegure una productividad óptima y sostenida, compatible con su equilibrio e integridad;
III.- Las autoridades y los particulares deben asumir la responsabilidad de la protección del equilibrio ecológico;
IV.- Quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar el ambiente, está obligado a prevenir, minimizar o reparar los daños que cause, así como a asumir los costos que dicha afectación implique. Asimismo, debe incentivarse a quien proteja el ambiente y aproveche de manera sustentable los recursos naturales;
V.- La responsabilidad respecto al equilibrio ecológico, comprende tanto las condiciones presentes como las que determinarán la calidad de la vida de las futuras generaciones;
VI.- La prevención de las causas que los generan, es el medio más eficaz para evitar los desequilibrios ecológicos;
VII.- El aprovechamiento de los recursos naturales renovables debe realizarse de manera que se asegure el mantenimiento de su diversidad y renovabilidad;
VIII.- Los recursos naturales no renovables deben utilizarse de modo que se evite el peligro de su agotamiento y la generación de efectos ecológicos adversos;
IX.- La coordinación entre las dependencias y entidades de la administración pública y entre los distintos niveles de gobierno y la concertación con la sociedad, son indispensables para la eficacia de las acciones ecológicas;
X.- El sujeto principal de la concertación ecológica son no solamente los individuos, sino también los grupos y organizaciones sociales. El propósito de la concertación de acciones ecológicas es reorientar la relación entre la sociedad y la naturaleza;
XI.- En el ejercicio de las atribuciones que las leyes confieren al Estado, para regular, promover, restringir, prohibir, orientar y, en general, inducir las acciones de los particulares en los campos económico y social, se considerarán los criterios de preservación y restauración del equilibrio ecológico;
XII.- Toda persona tiene derecho a disfrutar de un ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar. Las autoridades en los términos de esta y otras leyes, tomarán las medidas para garantizar ese derecho;
XIII.- Garantizar el derecho de las comunidades, incluyendo a los pueblos indígenas, a la protección, preservación, uso y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la salvaguarda y uso de la biodiversidad, de acuerdo a lo que determine la presente Ley y otros ordenamientos aplicables;
XIV.- La erradicación de la pobreza es necesaria para el desarrollo sustentable;
XV.- Las mujeres cumplen una importante función en la protección, preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y en el desarrollo. Su completa participación es esencial para lograr el desarrollo sustentable;
XVI.- El control y la prevención de la contaminación ambiental, el adecuado aprovechamiento de los elementos naturales y el mejoramiento del entorno natural en los asentamientos humanos, son elementos fundamentales para elevar la calidad de vida de la población;
XVII.- Es interés de la nación que las actividades que se lleven a cabo dentro del territorio nacional y en aquellas zonas donde ejerce su soberanía y jurisdicción, no afecten el equilibrio ecológico de otros países o de zonas de jurisdicción internacional;
XVIII. Las autoridades competentes en igualdad de circunstancias ante las demás naciones, promoverán la preservación y restauración del equilibrio de los ecosistemas regionales y globales;
Fracción reformada DOF 07-01-2000
XIX. A través de la cuantificación del costo de la contaminación del ambiente y del agotamiento de los recursos naturales provocados por las actividades económicas en un año determinado, se calculará el Producto Interno Neto Ecológico. El Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática integrará el Producto Interno Neto Ecológico al Sistema de Cuentas Nacionales, y
Fracción reformada DOF 07-01-2000
XX. La educación es un medio para valorar la vida a través de la prevención del deterioro ambiental, preservación, restauración y el aprovechamiento sostenible de los ecosistemas y con ello evitar los desequilibrios ecológicos y daños ambientales.
Fracción adicionada DOF 07-01-2000 Artículo reformado DOF 13-12-1996
ARTÍCULO 16.- Las entidades federativas y los municipios en el ámbito de sus competencias, observarán y aplicarán los principios a que se refieren las fracciones I a XV del artículo anterior.
Artículo reformado DOF 13-12-1996
CAPÍTULO IV Instrumentos de la Política Ambiental
Denominación del Capítulo reformada DOF 13-12-1996 (reubicado)
SECCIÓN I Planeación Ambiental
Denominación de la Sección reformada DOF 13-12-1996
ARTÍCULO 17.- En la planeación nacional del desarrollo se deberá incorporar la política ambiental y el ordenamiento ecológico que se establezcan de conformidad con esta Ley y las demás disposiciones en la materia.
En la planeación y realización de las acciones a cargo de las dependencias y entidades de la administración pública federal, conforme a sus respectivas esferas de competencia, así como en el ejercicio de las atribuciones que las leyes confieran al Gobierno Federal para regular, promover, restringir, prohibir, orientar y en general inducir las acciones de los particulares en los campos económico y social, se observarán los lineamientos de política ambiental que establezcan el Plan Nacional de Desarrollo y los programas correspondientes.
MÓDULO 4
LEYES LABORALES
El derecho laboral (también conocido como derecho del trabajo o derecho social) es una rama del derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación de dependencia y a cambio de una contraprestación. Es un sistema normativo heterónomo y autónomo que regula determinados tipos de trabajo dependiente y de relaciones laborales.
El objetivo de las leyes laborales es igualar el poder de negociación entre empleadores y empleados. Principalmente, estas leyes se ocupan de la relación entre los empleadores y los sindicatos. Las leyes laborales otorgan a los empleados el derecho de formar sindicatos; también permiten que empleados y empleadores participen en determinadas actividades (por ejemplo, huelgas, piquetes, pedidos de medidas cautelares, paros patronales) con el fin de satisfacer sus demandas.
El derecho laboral está regulado por la legislación federal, la estatal y por las decisiones judiciales. También está regulado por las normas y las decisiones de agencias administrativas. Los estados no pueden interferir con la ley federal escrita ni con las pautas dictadas por las agencias que fueron creadas conforme a leyes federales o a la Constitución.
En 1935, el Congreso, en ejercicio de su facultad de regular el comercio interestatal, aprobó la Ley Nacional de Relaciones Laborales (National Labor Relations Act) con el fin de reglamentar las negociaciones entre empleadores y empleados, y las relaciones sindicales en toda la nación. La ley fue modificada en 1947 por la Ley de Relaciones Obrero-Patronales, también conocida como Ley Taft-Hartley (Labor Management Relations Act) y en 1959 por la Ley de Notificación y Divulgación de Información Obrero-Patronal, llamada también Ley Landrum-Griffen (Labor Management Reporting and Disclosure Act). La mayoría de los empleadores y empleados que realizan actividades relacionadas con el comercio interestatal deben cumplir con dicha ley. Ésta creó el Consejo Nacional de Relaciones Laborales (National Labor Relations Board) para ocuparse de los conflictos entre empleadores y empleados que surjan en el marco de la ley y para determinar qué organización laboral representa a determinado grupo de empleados.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
TITULO PRIMERO
Principios Generales
Artículo 1o.- La presente Ley es de observancia general en toda la República y rige las relaciones de trabajo comprendidas en el artículo 123, Apartado A, de la Constitución.
Artículo 2o.- Las normas del trabajo tienden a conseguir el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, así como propiciar el trabajo digno o decente en todas las relaciones laborales. Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo. El trabajo digno o decente también incluye el respeto irrestricto a los derechos colectivos de los trabajadores, tales como la libertad de asociación, autonomía, el derecho de huelga y de contratación colectiva. Se tutela la igualdad sustantiva o de hecho de trabajadores y trabajadoras frente al patrón. La igualdad sustantiva es la que se logra eliminando la discriminación contra las mujeres que menoscaba o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y las libertades fundamentales en el ámbito laboral. Supone el acceso a las mismas oportunidades, considerando las diferencias biológicas, sociales y culturales de mujeres y hombres. Artículo reformado DOF 30-11-2012 Artículo 3o.- El trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 12-06-2015 2 de 257 No podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación entre los trabajadores por motivo de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana. No se considerarán discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias que se sustenten en las calificaciones particulares que exija una labor determinada. Es de interés social promover y vigilar la capacitación, el adiestramiento, la formación para y en el trabajo, la certificación de competencias laborales, la productividad y la calidad en el trabajo, la sustentabilidad ambiental, así como los beneficios que éstas deban generar tanto a los trabajadores como a los patrones.
FUENTES:
https://www.law.cornell.edu/wex/es/la_ley_laboralhttps://es.wikipedia.org/wiki/Ley_Federal_del_Trabajo_(México)www.cienciasambientales.comwww.diputados.gob.mx/sedia/sia/spe/SPE-ISS-12-06.pdfwww.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=1999421. www.fao.org/wairdocs/LEAD/X6372S/x6372s09.htm1. www.fao.org/wairdocs/LEAD/X6372S/x6372s09.htm1. www.fao.org/wairdocs/LEAD/X6372S/x6372s09.htm1.
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Seguir caminando: manifiesto de apoyo al proceso hacia el Buen Vivir iniciado en Ecuador
Personalidades, intelectuales, politicos, ciudadanos firman un manifiesto de apoyo al proceso hacia el Buen Vivir iniciado en Ecuador Las y los abajo firmantes apoyamos el proceso de mejora de las condiciones de vida de las mayorías históricamente excluidas que se ha dado en la última década en Ecuador. Conscientes de que en el camino recorrido faltaron muchas cosas por hacer y que existen dinámicas a corregir, creemos que el proceso de transformación social iniciado sobre la base de la Constitución de 2008 debe continuar. Las elecciones presidenciales y legislativas que se celebrarán el 19 de febrero no son unos comicios más; las fuerzas progresistas deben imponerse frente a quienes decretan el fin de ciclo de los gobiernos de cambio en América Latina y pretenden revertir, como en Brasil y Argentina, los logros de las políticas de dignidad. El pueblo ecuatoriano se puso en pie frente a un largo período de subordinación a las instituciones financieras, las grandes corporaciones, las políticas imperialistas y los gobiernos corruptos que sumieron al Ecuador en la pobreza, la desigualdad, el expolio permanente de la riqueza nacional y la falta de soberanía. La recuperación de la Patria y de la dignidad, bajo la filosofía del Buen Vivir, ha marcado una década de transformaciones sociales. Los logros de la “Revolución Ciudadana” en favor de las mayorías sociales y por el bienestar de las y los ecuatorianos son innegables: - Entre 2006 y 2016 aproximadamente 1,5 millones de personas dejaron de ser pobres y la pobreza extrema se redujo a la mitad (aproximadamente 900 mil personas dejaron de serlo). La pobreza multidimensional entre 2009 y 2016 se redujo de 27,2 a 16,9. Esta reducción se ha conseguido mediante políticas públicas que garantizan el derecho al trabajo, educación, seguridad social, acceso a agua, vivienda digna, etc. - Entre 2006 y 2016, la diferencia entre el ingreso del 10% de la población más rico y del 10% más pobre descendió de 36,4 veces a 24,3. En los dos últimos años de crisis económica el decil más rico ha sido el único que ha disminuido su porcentaje de ingresos. Entre 2007 y 2014, Ecuador redujo la desigualdad, atendiendo al índice de Gini en 8 puntos, mientras que en el conjunto de América Latina únicamente se redujo 3 puntos. - Entre 2007 y 2015 la población económicamente activa ha aumentado en más de 1,5 millones de personas, la tasa de empleo informal se ha reducido en 17 puntos y en la actualidad el desempleo se mantiene en el 5,2%, el más bajo de América Latina. La afiliación a la seguridad social ha aumentado en 20 puntos, en 2006 había 1,5 millones de personas afiliadas al IESS mientras que en 2015 esta cifra se elevó a 3,5 millones de afiliados. - En esta década la brecha de género en el ingreso laboral ha disminuido 10 puntos. Además entre 2012 y 2016 la brecha en las pensiones de vejez se ha reducido en 5 puntos porcentuales. - El ingreso familiar mensual del hogar cubría el 65,9% de la canasta básica en 2006. En 2016 esta cobertura alcanzó el 97,5%. En el transcurso de una década la esperanza de vida se ha elevado en dos años. En el mismo período el número de personas que reciben pensiones no contributivas (de tercera edad y discapacidad) se ha duplicado. - El analfabetismo se redujo de 8,6% en 2006 a 5,7% en el 2016, situándose en un nivel muy cercano a la erradicación del mismo. El promedio de años de escolaridad se ha incrementado en 1,2; este incremento fue más significativo en las zonas rurales. La tasa neta de matrícula en bachillerato pasó de 48,4% en 2006 a 71,5% en 2016; la población indígena duplicó con creces su tasa neta de matrícula en bachillerato. - En 2016, gracias a las políticas de universalización de la educación universitaria, 7 de cada 10 estudiantes fueron la primera generación de su familia en acceder a la universidad. Entre 2006-2014 se ha incrementado la matrícula en la educación universitaria en 260 mil estudiantes (crecimiento de 59%). - Entre 2006 y 2015 el número de médicos por cada diez mil habitantes, se duplicó, pasando de 9 a 18. El número de atenciones en establecimientos de salud del Ministerio de Salud Pública pasó de 16 millones anuales en 2006 a 41 millones en 2016. - El acceso a agua potable pasó de 69% de hogares en 2006, a 83,6% en 2016. Y el alcantarillado pasó de 52,6% en 2006 a 64,7% en 2016. - Se priorizó el gasto social sobre el pago de la deuda. A diciembre de 2015, la “inversión social” fue de 9,696 millones de dólares, mientras que el pago de la deuda externa alcanzó los 2,743 millones de dólares. Es decir, la inversión social es 3,5 veces mayor. En el ámbito internacional, hoy Ecuador tiene una voz propia en el concierto global y ha impulsado la integración regional en procesos como la UNASUR, ALBA y CELAC, presidiendo actualmente el G77. Ecuador ha desarrollo políticas contra-hegemónicas como la lucha contra la transnacional Chevron-Texaco, responsable del mayor desastre ambiental de la historia; el impulso de un instrumento vinculante sobre derechos humanos y trasnacionales en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas; la concesión de asilo diplomático a Julián Assange en 2012; el impulso de la creación de una Corte Penal Ambiental; la lucha por la justicia fiscal y contra los paraísos fiscales o la denuncia del sistema internacional de arbitraje para la resolución de controversias en materia de inversión y de los tratados bilaterales de inversión (TBI). Somos conscientes de que, junto con todos estos logros, el proyecto no ha estado exento de contradicciones y que ciertas decisiones han erosionado el apoyo de organizaciones sociales que formaron parte del gran proceso constituyente de Montecristi. No cabe duda de que en este largo y complejo camino muchas de las políticas desarrolladas son perfectibles y deben ser mejoradas. Sin embargo, consideramos que Ecuador ha desafiado las políticas neoliberales y neocoloniales revirtiendo las condiciones materiales y simbólicas impuestas por el Consenso de Washington, implementando políticas sociales de universalización y democratización de los derechos y avanzando hacia el Buen Vivir. Por todo ello, las y los abajo firmantes apoyamos la continuidad y la necesaria profundización del proceso de cambio en Ecuador. Por favor envíe su adhesión al correo: [email protected] Emir Sader, sociólogo y politólogo brasileño Alberto Garzón, Coordinador General de Izquierda Unida, diputado por Unidos Podemos en el Congreso Español. Maite Mole, vicepresidenta del Partido de la Izquierda Europea Fernando Rendón. Poeta y director del Festival Internacional de Poesía de Medellín. Premio Nobel Alternativo 2006. Colombia. Iñigo Martínez Zatón, Diputado del Parlamento Vasco Izquierda Unida / Elkarrekin Podemos Yolanda Díaz, Diputada del Congreso de España Rita Bosaho, Diputada en el Congreso de España Pilar Lima, Senadora en el Senado de España Lola Sánchez Candeltey, Eurodiputada de Podemos Jorge Núñez Sánchez, Director de la Academia de Historia de Ecuador Antonio de Cabo, Catedrático de Derecho Constitucional, Universidad Complutense de Madrid, España Camille Chalmers - PAPDA Haití Marina Albiol Guzmán, Responsable Internacional de Izquierda Unida, Eurodiputada de Izquierda Unida y portavoz del Parlamento Europeo. Antonio Baylos, catedrático de Derecho del Trabajo, Universidad de Castilla la Mancha José Mora Galiana (PhD), Universidad Pablo Olavide, España Asier Altuna, representante para América del partido independentista vasco Sortu. Katu Arkonada, Red de Intelectuales en Defensa de la Humanidad, País Vasco-Bolivia Luis Alvarenga, poeta salvadoreño Arturo Corcuera. Premio de poesía Casa de las Américas, Perú Héctor Béjar Rivera. Premio de ensayo Casa de las Américas, Perú Hildebrando Pérez Grande. Premio de poesía Casa de las Américas, Perú Winston Orrillo, Premio nacional de periodismo, Perú Juan Cristóbal. Premio nacional de poesía, Perú Reynaldo Naranjo. Premio nacional de poesía, Perú Delfina Paredes. Actriz de cine, teatro, tv, Perú José Luis Ayala. Poeta y ensayista, Perú Rosina Valcárcel. Poeta y antropóloga, Perú Bruno Portuguez. Pintor, Perú Fanny Palacios Izquierdo. Pintora, Perú Pilar Roca. Cineasta, Perú Federico García. Cineasta, Perú Francisco Adriazén. Cineasta, Perú Gustavo Espinoza. Periodista, Perú Manuel Robles. Periodista, Perú Ana María Intili. Poeta, Perú Vicente Otta. Sociólogo, Perú Rafael Nodarse Lanier, presidente Asociación de Cubanos Residentes en Ecuador-ACURE Eugenio Suarez, Historiador, Cuba Acela Caner, Profesora y escritora, Cuba Francisco Soberón, Red En Defensa de la Humanidad, capítulo Cuba Ariana López, Red En Defensa de la Humanidad, capítulo Cuba Ángel Guerra Cabrera, periodista y profesor universitario cubano residente en México. Katiuska Blanco, escritora, investigadora y periodista, Cuba Rachel Amelia León Batista, Proyecto Nuestra América, Cuba Juan Manuel Karg, Politólogo UBA, Analista Internacional, Argentina Tatiana Hidrovo Quiñónez, escritora, docente universitaria, política de Ecuador Ricardo Restrepo, docente en la UNAE, Ecuador Isabel Terán E, Comunicadora Social, Comisión Política del Comité Antimperialista de Solidaridad con Venezuela en Ecuador via el Bloc dels i les Comunistes de Catalunya
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