#15 días de trabajo como prestación de aguinaldo
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aperint · 1 year ago
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¿Qué es el pago de aguinaldo en México?
¿Qué es el pago de aguinaldo en México? #aperturaintelectual #negociosaintelectual @desarrollodenegociostyt Gustavo Antonio Reyes Sánchez
Por: Gustavo Antonio Reyes Sánchez Amigos empresarios, emprendedores, encargados de generar dinero para las organizaciones, o sea, mis colegas de ventas, espero estén muy bien, que la salud en su vida sea una constante y el incremento de las ventas lo sea también. El pago de aguinaldo en México se calcula como un mínimo de 15 días de salario, y se debe pagar a más tardar el 20 de diciembre de…
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maquilanews · 1 year ago
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¿Cómo te caerían 30 días de aguinaldo? Morena impulsa reforma a la Ley Federal del Trabajo
Actualmente los trabajadores mexicanos reciben como aguinaldo 15 días de su salario, pero buscan que esto incremente con la nueva reforma. Aquí te contamos todos los detalles:
CIUDAD DE MÉXICO.- ¿Te imaginas recibir doble aguinaldo? Pues este año está más cerca de cumplirse, ya que diputados de Morena están proponiendo una reforma a la Ley para que los trabajadores del sector privado tengan un aumento en esta prestación del aguinaldo. Fue la bancada de diputados de Morena, quien presentó una iniciativa en la que se plantea duplicar el monto de aguinaldo que reciben las…
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kenjomx · 2 years ago
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Aguinaldo y prima vacacional: ¿qué es y cómo se establece?
Cada uno de los empleados de las empresas en México tiene que contar con las prestaciones marcadas por la ley, este es caso del aguinaldo y prima vacacional, los cuales son un punto fundamental que todos los colaboradores tiene que conocer. A continuación te contaremos todos los detalles. 
¿Qué es aguinaldo?
El aguinaldo es una prestación laboral que los empleados reciben de manera anual, por lo general en el mes de diciembre. Es una cantidad de dinero adicional al salario que se le paga al trabajador como un reconocimiento por su trabajo durante el año y para ayudar a cubrir los gastos presentes en las fiestas y eventos familiares de fin de año.
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La Ley Federal del Trabajo en México establece que todos los trabajadores tienen derecho a recibir al menos 15 días de salario como aguinaldo. Algunos empleadores pueden optar por dar más días de salario como aguinaldo, pero no pueden dar menos de lo establecido por la ley.
El aguinaldo es una prestación obligatoria en México y se aplica a todos los empleados, ya sea que trabajen para el gobierno o en el sector privado. Además, el aguinaldo no está sujeto a impuestos para el trabajador, pero sí para el empleador.
¿Qué es prima vacacional?
La prima vacacional es un derecho laboral que tienen los trabajadores que cuentan con un año de antigüedad o más en una empresa. Consiste en un pago adicional al salario regular que se realiza con el fin de que el trabajador pueda disfrutar de sus días de vacaciones.
La prima vacacional se calcula con base en el salario diario del trabajador y se debe pagar en dos partes: la primera, equivalente al 25% del salario que corresponda durante el período de vacaciones, se debe entregar antes de que el trabajador inicie sus vacaciones. La segunda parte, que corresponde al 75% restante, se debe pagar a más tardar el 20 de diciembre de cada año.
La prima vacacional es una obligación de las empresas y se tiene que cumplir con respecto a los requisitos establecidos en la ley, y no puede ser condicionado a ninguna otra circunstancia, como por ejemplo el rendimiento laboral del trabajador. Este pago está exento de impuestos, por lo que el trabajador recibe el monto completo de la prima vacacional correspondiente.
¿Cómo funciona el aguinaldo y prima vacacional?
El aguinaldo y prima vacacional son dos de las prestaciones laborales más importantes en México y están garantizadas por la ley para conseguir un beneficio justo para cada uno de los empleados de las empresas.
El aguinaldo es un pago anual que las empresas están obligados a dar a sus empleados. La ley establece que el esta prestación debe ser equivalente a por lo menos 15 días de salario base del trabajador, y debe ser pagado antes del 20 de diciembre de cada año. En algunas ocasiones los empleadores pueden optar por pagar una cantidad mayor de aguinaldo.
La prima vacacional, por otro lado, es una retribución que se otorga a los trabajadores durante sus vacaciones. La ley establece que la prima vacacional debe ser equivalente a por lo menos el 25% del salario que el empleado recibe durante su periodo de vacaciones. Al igual que en el aguinaldo, las compañías puedes ofrecer un porcentaje mayor al establecido. 
Obligación de las empresas ante estas prestaciones
La ley Federal del Trabajo establece ciertos puntos importantes que buscan beneficiar y ayudar a los trabajadores ante distintas situaciones; prestaciones como el aguinaldo y prima vacacional son aspectos obligatorios para la empresa y no se trata de un caso exclusivo de México, ya que en otros países se busca establecer estas cantidades adicionales como parte de los derechos de los trabajadores. 
Es importante que como colaborador en una empresa conozcas todos los puntos relacionados con este tema, por ejemplo, fechas o plazos máximos para recibir estas prestaciones, la manera en la que se calcula el porcentaje revisar, entro otros puntos de interés.
Cambios en la ley del trabajo
El 27 de diciembre del 2022 fue aceptada una nueva reforma de vacaciones dignas en la que se establece una mayor cantidad de días de descanso para cada empleado, siendo así la modificación de 12 días de vacaciones con respecto al primer año laboral con una misma empresa. Este cambio se consideró a partir del 1 de enero de 2023 y causó ciertas dudas sobre la manera en la que el aguinaldo y prima vacacional se puede ver afectado. 
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Año 1 - 12 días 
Año 2 - 14 días 
Año 3 - 16 días 
Año 4 - 18 días 
Año 5 - 20 días
De 6 a 10 años - 22 días
De 11 a 15 años - 24 días 
De 16 a 20 años - 26 días 
De 21 a 25 años - 28 días 
De 26 a 30 años - 30 días 
De 31 a 35 años - 32 días 
Esta nueva reforma beneficia con una mayor cantidad de días de vacaciones, aunque no modifica los porcentajes y las fechas para sobre el aguinaldo y prima vacacional, sí puede cambiar la cantidad a recibir, a continuación te explicaremos cómo calcularlo. 
¿Cómo calcular el aguinaldo y prima vacacional?
Si necesitas calcular el aguinaldo y prima vacacional para pagarle a tus empleados o, en caso de ser trabajador, tienes el interés de conocer la fórmula, te podemos decir que es sencilla y funciona de esta manera: 
Aguinaldo
Se calcula a partir del salario base del trabajador y el tiempo que ha trabajado durante el año calendario. Estos son los pasos para calcular el aguinaldo:
Calcula el salario diario del trabajador. Divide su salario mensual entre 30.4 días (promedio de días en un mes).
Calcula los días trabajados por el trabajador durante el año. El periodo de cálculo es del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año actual. Si el trabajador no ha trabajado el año completo, se divide el número de días trabajados entre 365 días y se multiplica por el salario diario para obtener su sueldo proporcional.
Calcula el monto del aguinaldo. Multiplica los días trabajados por el salario diario y por el factor de aguinaldo, que es del 15% del salario base.
La fórmula para calcular el aguinaldo es la siguiente:
Aguinaldo = (Días trabajados x salario diario) x 0.15
Prima vacacional
La prima vacacional se calcula como un porcentaje del salario del trabajador. Este número está establecido por la ley y es del 25% del salario que el colaborador haya percibido durante el periodo correspondiente al año de trabajo.
Para calcular la prima vacacional, se deben seguir los siguientes pasos:
La cantidad del sueldo diario (para conseguirlo tienes que dividir el salario mensual entre 30).
Multiplícalo por los días de vacaciones correspondientes.
Multiplícalo por .25%, el mínimo que se indica en la ley.
La fórmula para calcular la prima vacacional es la siguiente:
Prima vacacional = sueldo diario x días de vacaciones x 0.25
Estas sencillas fórmulas te ayudarán a calcular de una forma más práctica la cantidad de dinero que recibirás como parte del aguinaldo y prima vacacional, dos prestaciones esenciales para todos los empleados.
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abogado11 · 4 years ago
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Pregúntame cualquier cosa: 10 respuestas a tus preguntas sobre estudio juridico solucion legal
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¿Qué Debe Saber Para Calcular Adecuadamente Su Liquidación?
La IPD se computa usando el valor del jornal base de cálculo para la indemnización por despido. Dicho jornal se integra con el promedio que se obtiene dividiendo el total ganado en el último año de trabajo, por los días ciertamente trabajados en dicho año. Los trabajadores tienen derecho a obtener un despido si el empleador decide acabar la relación laboral. Este monto debe pagarse en los 10 días hábiles luego de comunicada la resolución. La prima de antigüedad, que consiste en el pago de doce días de sueldo por de año en año de servicio prestado, tomando como base para el pago de esta prestación el doble del sueldo mínimo, en caso que el trabajador perciba un salario superior a este.
Existen empresas que debido a la modalidad de su actividad emplean personal por temporada. La ley 20.744 regula el modo de conceder las vacaciones a estos trabajadores estableciendo que disfrutarán del descanso anual al terminar cada ciclo, a razón de un día por cada veinte trabajados, si no hubieran conseguido trabajar la mitad de los días laborables del año. Los trabajadores contratados por tiempo determinado no están en su derecho a los 20 días de indemnización por año laborado, sino la fracción I del artículo 50 de la LFT les da un tratamiento especial, conforme la vigencia de su contrato. Para acceder a esta indemnización, deberías intimar al empleador a través de telegrama para que te haga entrega de los certificados del artículo 80 LCT en el plazo máximo de dos días. Si ello no sucede, la ley establece que el trabajador está en su derecho a una indemnización de 3 sueldos.
Si la empresa no lo readmite dentro de los 15 días siguientes a su presentación, tendrá derecho a una indemnización por despido equivalente abogados solucion legal al triple de lo establecido por las leyes laborales actuales. En caso que el trabajador fuera mandado al Seguro de Desempleo por el término de 6 meses, si al acabar este periodo no lo restituyen al trabajo, se cree que se ha producido el despido ficto, y podrá demandar la indemnización que le correspondiere (art. nueve, Decreto Ley N.° quince.180, de veinte de agosto de 1981). Conforme el Tribunal Constitucional (TC), el trabajador que demanda a la empresa para solicitar la reposición en su puesto de trabajo, por estimar que su despido fue injusto, no podrá, al tiempo, pedir que se le pague la indemnización o liquidación. De hacer esto último estaría aceptando el término de la relación laboral. b) Por el empleador, de un mes cuando el trabajador tuviera una antigüedad en el uso que no sobrepase de 5 años y de un par de meses cuando fuere superior".
No obstante, existen casos en los que los empleados no reciben esta bonificación. Aquí le contamos qué puede hacer y a qué tiene derecho cuando se registra esta situación.
Se calcula solo cuando la relación laboral se extingue por despido (directo o bien indirecto), y el empleador suprimió el preaviso al trabajador (es decir, lo despidió sin darle 1 mes o bien 2 -según el caso-, de preaviso a fin de que vaya buscando otro trabajo). La indemnización, será igual a UN mes de sueldo bárbaro por de año en año de servicio o fracción mayor de TRES meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y frecuente devengada a lo largo del último año o a lo largo del tiempo de prestación de servicios si este fuera menor. Para calcular la indemnización en la Argentina, hay que incluir la antigüedad y la inclusión o no del SAC sobre antigüedad en la tabla.
Tómese el caso de alguien cuyo contrato fue terminado por el empleador en el trascurso del segundo año en el lugar. Los ocho días de vacaciones que corresponden al trabajador se multiplica por el salario diario, para después multiplicar el resultado por el veinticinco por cien de la prima vacacional y luego dividir la cantidad obtenida entre 356 días del año. A la hora de calcular la indemnización por despido y por renuncia en Argentina como vieron existen varias consideraciones a tomar en cuenta para no perder el pago que por derecho les pertenece a cada trabajador. NO. La indemnización por despido sin causa aquí comentada, se halla exenta del pago de impuesto a las ganancias según lo previsto por la propia legislación fiscal Argentina (Art. 20, inc. i, Ley veinte.628), por lo que no corresponde inferir suma alguna sobre este rubro, debiéndose abonar exactamente el mismo en forma íntegra al trabajador.
El monto de la indemnización no va a poder ser inferior a un mes de salario. Siendo que, para esos casos, los trece sueldos (incluye un año completo de salarios más el aguinaldo) por la indemnización supondría que sean 26 sueldos. Con lo que múltiples especialistas señalan dudas, incoherencias, falta de aclaración y hasta malísima redacción del decreto como el incluir multas, como apunta el artículo quince de la (por empleo en negro), y los artículos 1 y 2 de la ley (sanciona a empresas forzando a sus empleados a comenzar juicio para cobrar sus acreencias). Los trabajadores que no tienen derecho a la indemnización por despido son los trabajadores zafrales, los contratados para tareas transitorias y los contratados a término. Los jornaleros, por su parte, van a tener derecho a un despido si trabajaron cien días en el año.
Es un importe acordado en la negociación igualiaria que no se incorpora al salario básico, pero que está sujeto a deducciones y se toma como base de cálculo de aguinaldo, vacaciones e indemnizaciones. Por norma general, se establece por el lapso que dure el convenio (un año, dieciocho meses o el plazo previsto en el acuerdo) y es una suma fija, que puede ir incrementando a lo largo de este tiempo. En el recibo de salario se enumeran una serie de ítems que son liquidados, ciertos mensualmente, otros de manera ocasional.
Más llá de eso, existen algunos datos que son obligatorios y no pueden faltar en el recibo de salario de cualquier empleado que trabaja en relación de dependencia. El encabezado del recibo debe contener datos sobre el empleador (razón social, domicilio y CUIT), el trabajador (nombre, calificación profesional, CUIL), la relación laboral (fecha de ingreso, categoría) y el periodo de pago (lugar, data, período liquidado, cuenta bancaria).
En los contratos a término indefinido, los trabajadores que devenguen salarios inferiores a diez salarios mínimos mensuales legales tendrán derecho a treinta días de salario, siempre y cuando el trabajador tuviera un tiempo de servicio no mayor de 1 año. Si el trabajador tuviere más de un año de servicio progresivo se le pagarán veinte días auxiliares de salario sobre los treinta básicos.
El empleador tiene la obligación de pagar en base a los plazos de de aviso previo la indemnización va a ser el monto que le hubiera correspondido cobrar al empleado en mes o bien los meses de aviso previo. Paracalcular la indemnización por años de servicio por despido sin causa, se deben tomar elsueldo brutoy que integran las retribuciones sujetas a retención y las exentas, excluyendo las retenciones.
Por otro lado, si el salario es mayor a diez sueldos mínimos legales mensuales, este va a tener derecho a percibir veinte días de salario ya antes de un año y 15 días sobre el salario de los 20 días precedente citado por cada año de servicio continuo. Toda empresa debe pagar a sus empleados como prima de servicios un salario mensual por cada año laborado, o si la vinculación es inferior a un año el pago corresponderá mientras que el trabajador lleve vinculado.
Si al trabajador le faltaba dos meses para salir de vacaciones, se divide el sueldo entre doce y se multiplica por los un par de meses truncos. Ese monto es parte de la liquidación. Ante la falta de pago de la liquidación final o de la indemnización por despido, el trabajador debería reclamar el pago mediante telegrama laboral, a través de el cual se exija el pago adeudado en un máximo de un par de días. La liquidación laboral es un reconocimiento económico que los empleadores hacen a sus trabajadores por finalización del tiempo del contrato a término fijo, retiro por jubilación, terminación unilateral por cualquiera de las partes o finalización del contrato por mutuo acuerdo.
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notimundo · 4 years ago
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4 formas de invertir tu aguinaldo de manera inteligente
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Pagar las tarjetas de crédito o solventar tus deudas con intereses altos son uno de los consejos del empresario mexicano Alejandro Dabdoub y autor de Ganar. El arte de invertir en Estados Unidos.
Si tienes la oportunidad de invertir, el mercado de bienes raíces es una opción gracias a que persiste una demanda de mercado, coincide Dabdoub y el inversionista mexicano Axel Méndez.
El aguinaldo es una prestación de los trabajadores que corresponde a 15 días de su salario en el sector privado y hasta 40 para empleados de gobierno, de acuerdo a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Ciudad de México, 21 diciembre del 2020 .- El aguinaldo es una de las prestaciones con mayor presencia en la vida laboral de los mexicanos. Un aproximado de 42 millones de trabajadores en el país recibieron esta bonificación al menos hasta 2018 y su principal uso fue el pago de deudas, según información de la Encuesta Nacional de Gastos e Ingresos en los Hogares, la comparadora de servicios financieros ComparaGuru.com y la empresa de estudios de mercado Brad.Feebbo.
Estos son algunos consejos de expertos para utilizar adecuadamente esta bonificación:
Sí, saldar deudas es buena idea
“Lo es especialmente cuando las deudas generan intereses muy altos. Esto pasa con algunos recargos de instituciones bancarias que se generan con tarjetas de crédito”, sostiene el empresario mexicano y autor del libro Ganar. El arte de invertir en Estados Unidos, Alejandro Dabdoub.
“Así que invertir el aguinaldo en saldar una deuda de este tipo, siempre será una buena inversión porque impedirá que produzca una pérdida constante de dinero en tu futuro cercano o incluso a mediano plazo”, agrega el empresario, quien actualmente invierte en desarrollos inmobiliarios en Houston y tiene 20 años haciendo negocios en México y la Unión Americana.
El aguinaldo cumplió 50 años de existencia en México, desde que se agregó a la Ley Federal del Trabajo el 1 de abril de 1970. Anualmente, los patrones deben de pagarlo a sus subalternos a más tardar el 20 de diciembre.
Capital para emergencias
“Ahorrar es un movimiento inteligente en estos tiempos en el que la pandemia del Covid-19 no cede. Si se tiene oportunidad de guardar un capital para emergencias, no se
debería pensar dos veces. Eso te permitiría que tu bolsillo no se vea afectado en caso de una emergencia de salud o de cualquier otro tipo”, agrega Dabdoub Smutny.
Según la Ley Federal del Trabajo, esta bonificación corresponde hasta 40 días de sueldo para empleados de gobierno; mientras que los trabajadores del sector privado tienen derecho a cobrar 15 días de su paga y es una prestación intransferible.
Para Axel Méndez, inversionista mexicano radicado en Minnesota y que trabaja en el sector de la construcción de estructuras de piedra, es un buen momento para invertir si se tiene el capital para hacerlo, debido a que existe una ausencia de empresarios que se arriesguen a hacerlo.
“Si inviertes y tienes que entregarle tu capital a alguien, debes asegurarte que sea confiable y un experto en lo que hace. Este es un consejo clave para la gente que quiere emprender. Siempre tener conocimiento del campo en el que se va a invertir”, opina Méndez.
Fondos de inversión
Por su parte, Dabdoub Smutny recomienda que, si se elige invertir este capital, se tomen en cuenta fondos de inversión.
“Porque con ellos se puede tener un buen retorno de inversión. Recomiendo los estadounidenses, como Capex o Profecam (que lo utilizan emprendedores para iniciar nuevos proyectos en la Unión Americana), porque el tipo de cambio beneficiará cuando tengas un retorno de inversión. Según datos del Banco de México darían una utilidad entre 7 y el 11 %”, sostiene Dabdoub, quien recientemente presentó en Estados Unidos y en nuestro país la obra Ganar. El Arte de Invertir en Estados Unidos, la cual es un manual para invertir en la Unión Americana.
Más educación, menos consumo.
La firma de investigación de mercados Kantar sostiene, en un estudio realizado en 2019, que los trabajadores gastan la mayor parte de su aguinaldo en productos de consumo, como cerveza o ropa. Dabdoub Smutny explica que este gasto puede distribuirse en otro ámbito para traer mejores resultados.
“Siempre será una decisión adecuada apostar por educarse, porque es una inversión en uno mismo. Al final, eso te preparará para el futuro y traerá buenos dividendos tarde o temprano”, sostiene Dabdoub Smutny.
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sonoronoticias · 5 years ago
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VIGILA SECRETARÍA DEL TRABAJO PAGO DE #AGUINALDO
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VIGILA SECRETARÍA DEL TRABAJO PAGO DE #AGUINALDO
• Ordena Ley Federal del Trabajo pagar como mínimo 15 días de salario por concepto de esta prestación. • Pueden tener multas que van de los 50 hasta los 5 mil salarios mínimos, los patrones que incumplan con el beneficio a sus trabajadores, lo otorguen incompleto o de forma tardía.
Toluca, Estado de México, 8 de diciembre de 2019. El viernes 20 de…
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periodicomirador · 6 years ago
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SemMéxico.- En México el número de madres que contribuyen de manera importante o se hace cargo de la economía del hogar ha aumentado en los últimos años, en el análisis a propósito del día de las madres que hace el INEGI, 73 por ciento de mujeres de 15 años o más que forma parte de la población económicamente activa (PEA), tiene al menos un hijo nacido vivo.
Estudios realizados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) mencionan que el aumento de la participación de las mujeres en la fuerza de trabajo produce un crecimiento económico más rápido (ONU MUJERES) y parte importante de esa fuerza está compuesta de mujeres que son madres.
De acuerdo a los datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del primer trimestre de 2018, en nuestro país el promedio de hijas/hijos nacidos vivos de las mujeres de 15 años y más que son económicamente activas es de dos hijos por mujer; mientras que en las que no lo son (PNEA) es de 2.6 hijos.
Las mujeres de 15 años y más que deciden no trabajar probablemente se dediquen de tiempo completo a las actividades no remuneradas tales como el cuidado de personas y el hogar.
En México la escolaridad de las mujeres económicamente activas de 15 años y más, con al menos una hija/hijo nacido vivo: 36 de cada 100 tienen secundaria completa, 33 educación media superior y superior, 18 primaria completa y 11 primaria incompleta.
La escolaridad es un factor importante para que las mujeres accedan a mejores oportunidades económicas y modifiquen sus expectativas de vida según ha reconocido la Organización de las Naciones Unidas.
En el análisis el INEGI destaca que uno de los objetivos del trabajo de la mujer fuera de su domicilio es buscar una mejora en la calidad de vida de los hijos e hijas y de la familia. Además de que un trabajo se convierte en señal de identidad y parte nodal del bienestar general.
Otro factor importante es la edad para que las madres permanezcan activas en el mercado laboral, de acuerdo a la ENOE, el 55 por ciento de las mujeres económicamente activas es de 40 a los 44 años, y de los 45 a 49 años son el 54.9 por ciento.
La proporción disminuye conforme avanza la edad, de acuerdo a los estudiosos en América Latina la participación económica femenina ha aumentado desde la década de los ochenta, particularmente para los grupos que van de 25 a 34 y de 35 a 44 años, lo que podría indicar que las mujeres que ingresan al mercado laboral no se retiran cuando tienen hijos y se mantienen económicamente activas por más tiempo.
También las mujeres casadas de 15 años o más con al menos un hijo o hija es mayor a las solteras o las que no trabajan o buscan trabajo. De cada 100 madres económicamente activas, 15 están solteras, mientras las que no trabajan o buscan trabajo son cinco.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha realizado esfuerzos para mejorar el acceso de las mujeres a empleos de calidad. Si bien se han tenido progresos en el ámbito educativo de las mujeres esto no se ha traducido en una mejora en empleos administrativos, de servicios, el comercio, así como en ocupaciones elementales.
La posición en el trabajo de las mujeres de 15 años y más ocupadas que son madres (14.8 millones), muestra que apenas 3.1 por ciento son empleadoras (es decir, contratan personal), 5.8 por ciento son trabajadoras sin pago, 26.5 por ciento trabajan por cuenta propia y el resto, se concentra en trabajadoras subordinadas remuneradas, que representan 64.6 por ciento.
En la población de mujeres ocupadas con al menos una hija o hijo nacido vivo, las principales categorías en la ocupación fueron: trabajadores en servicios personales (25.9 %), comerciantes (25.5 %) y trabajadoras industriales, artesanas o ayudantes (19.3 %); mientras que las mujeres sin hijos se emplearon principalmente en el comercio (21.3 %), como profesionales, técnicos y trabajadores del arte (18.6%) y oficinistas (16 por ciento).
El acceso a la seguridad social sigue siendo limitado, aun cuando es muy importante para el fortalecimiento del capital humano. Según la ENOE en el primer trimestre de 2018, de las mujeres subordinadas remuneradas de 15 años y más con al menos una hija o hijo vivo, 40.9 por ciento recibe aguinaldo y 35.3 por ciento tiene vacaciones con goce de sueldo.
Cabe resaltar que de las mujeres subordinadas remuneradas de 15 años y más con al menos una hija o hijo nacido vivo, 20.7 por ciento no recibe alguna prestación. Aun cuando la protección social o seguridad social, es un derecho humano definido como un conjunto de políticas y programas diseñados para reducir y prevenir la pobreza y la vulnerabilidad en todo el ciclo de vida de acuerdo a la OIT.
Existen otras prestaciones a las que las mujeres subordinadas remuneradas con al menos una hija o hijo nacido vivo tienen acceso, aunque no siempre las utilicen. El fondo de retiro (29.5%) y los créditos de vivienda (29.2 %) son las que concentran más mujeres, mientras que las proporciones más bajas son los tiempos para cuidados maternos (11.7 %) y los seguros de gastos médicos mayores (2.5 %).
Con información de www.semmexico.com
Son madres, 73 % de mujeres económicamente activas was originally published on Periódico Mirador
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blogpymes-blog · 7 years ago
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LAS PRESTACIONES MÁS VALORADAS EN UNA PYME
¿Te encuentras en proceso de reclutamiento o de contratación de personal? Haz una pausa en tu búsqueda y tómate el tiempo necesario no sólo para recaudar el mayor número de candidatos, sino también de comparar el atractivo de tus puestos de trabajo con los de la competencia.
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De entrada, el salario prometido puede llegar a ser un factor determinante en la toma de decisiones pero estarás disminuyendo tu alcance a personas en busca de más beneficios que aporten a su desarrollo profesional y personal a mediano o largo plazo. Un grupo de expertos de OCCMundial enlistan las 8 prestaciones más relevantes para los empleados y qué beneficios otorgan:
1.Seguro Médico. 
En México cerca de 60 millones de personas no cuentan con seguridad social. Pese a que los servicios de salud pública a menudo no cubren con la demanda de la población, la mayoría de los trabajadores coinciden en que es vital contar con seguro médico.
Gracias a esta protección el trabajador obtiene atención médica sin costo para él y sus familiares, además que puede justificar ausencias por motivos de salud con goce de sueldo.
2.Vacaciones. 
De acuerdo con un estudio realizado por el portal Hotels.com, México es el país con menos vacaciones. Por ley, una personas puede gozar de 6 días de vacaciones tras un año de trabajo. Posteriormente, se aumentarán dos días por cada año laborado hasta llegar a 12. A partir de ahí se suman 2 días cada 5 años.
Adicionalmente, las empresas deben otorgar una Prima Vacacional que consiste en un 25% del salario de cada día descansado. Para muchos trabajadores el periodo de vacaciones que establece la ley es insuficiente, por lo tanto siempre serán apreciadas las empresas que otorguen uno mayor.
Por disposición oficial los empleados tienen derecho a gozar de los siguientes días de descanso obligatorios adicionales a su periodo vacacional:
1° de enero
Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
1° de mayo
16 de septiembre
Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
1° de diciembre de cada seis años –transmisión del Poder Ejecutivo Federal-
25 de diciembre
3.Capacitación.
De acuerdo con el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo las empresas tienen la obligación de proporcionar a sus trabajadores las enseñanzas técnicas necesarias para el desempeño de su actividad, dicha capacitación debe ser brindada durante el horario de trabajo.
Muchas empresas pasan por alto la necesidad de los trabajadores de recibir capacitación y prefieren contratar con gente que domina de antemano las actividades a realizar. Si bien, la experiencia siempre es importante, cada vez más empresas comprueban los beneficios de entrenar a su personal. Por ello, recibir instrucción y formación en el trabajo es de vital importancia para cualquier empleado.
4.Aguinaldo. 
Es una prestación de ley que establece la compensación con mínimo 15 días de salario, que deberán ser entregados cada año antes del 20 de diciembre. Si el empleado no ha cumplido el año de antigüedad se le otorga la parte proporcional correspondiente a los meses trabajados.
Algunas empresas hacen más atractivas sus vacantes ofreciendo más días de aguinaldo de los que marca la ley.
5.Vales de despensa.
Tienen un valor nominal como el dinero en efectivo, pero son canjeables por bienes en establecimientos predeterminados. Benefician a los empleados al complementar su salario en la compra de productos de primera necesidad.
6.Seguro de Gastos Médicos Mayores.
Permite cubrir emergencias de salud o tratamientos médicos resultantes de accidentes o enfermedades. Asegura a los trabajadores para ser atendidos en unidades médicas privadas.
7.Fondos de Ahorro.
El objetivo es incentivar el ahorro entre los trabajadores, quienes aportan un porcentaje de su salario durante cierto periodo de tiempo y posteriormente reciben su ahorro junto con una aportación adicional de parte de la empresa.
8.Bonos por productividad.
No solo representan un incentivo atractivo para los trabajadores respecto a sus percepciones, también estimulan la competitividad e impulsan el trabajo orientado a objetivos.
Al agregar alguna de las prestaciones listadas previamente a las que ya se ofrecen por ley, estarías incrementando el valor de tu empresa, motivando a los empleados, premiándolos por su desempeño, mejorando el ambiente laboral, aumentando su lealtad hacia ella y evitando la constante rotación de personal, entre otros beneficios para ambas partes.
Akiba es una app que revoluciona las cajas y fondos de ahorro de trabajadores ya que permite manejarlas de manera completamente digital y gratuita, tanto para la empresa como para el empleado, además de ofrecer créditos nómina a bajo costo y muchos beneficios mas.
Akiba fue seleccionada como la mejor Startup de México al resultar ganadora en la final nacional de BBVA Open Talent 2017.
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luismurat · 7 years ago
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Oaxaca sin aguinaldo, habrá triste Navidad
Citlalli Luciana
http://ift.tt/2CkfZAL
Aunque desempeñan alguna actividad productiva, el 84.1 por ciento del millón 673 mil 848 personas que conforman la población ocupada en Oaxaca, no reciben aguinaldo.
Los empleos de mala calidad -es decir que no otorgan prestaciones laborales-, el autoempleo y comercio informal, acaparan el mayor porcentaje de la fuerza de trabajo en el estado.
David Esaú Pérez Montiel, subdirector de Integración y Análisis de la Información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en Oaxaca, explicó que en la cifra de personas que no reciben aguinaldo no sólo se enmarcan las personas que realizan actividades sin remuneración, sino también quienes desempeñan una labor profesional por cuenta propia como el caso de los médicos que sólo se encuentran en el sector privado.
    En este sentido, si se considera sólo a las personas asalariadas y remuneradas, el número de quienes reciben aguinaldo se incrementa a 26.29 por ciento. Y si únicamente se toma como consideración a quienes cuentan con prestaciones laborales el universo sube a 96.90 por ciento.
En términos numéricos la población con aguinaldo en Oaxaca asciende a 266 mil 489, es decir que aproximadamente 1.5 de cada 10 personas ocupadas recibe dicha prestación laboral.
Si formas parte del universo que tiene prestaciones laborales y tienes dudas sobre cuánto recibir de aguinaldo puedes consultar http://ift.tt/2CjaC4v en donde hallarás una herramienta para calcular lo que te corresponde por el número de días laborados.
  1,673,848 personas ocupadas
1,013,464 personas que perciben un ingreso por el trabajo que desempeñan
738,460 son subordinados y remunerados
275,004 tienen prestaciones laborales
288,489 reciben aguinaldo
15.9 % de la población ocupada recibe aguinaldo
26.29 % de los que perciben un ingreso por su trabajo tienen aguinaldo
96.90 % de los trabajadores con prestaciones laborales tienen aguinaldo
  Por ley, la prestación debe ser pagada antes del 20 de diciembre con un monto mínimo de 15 días de salario.
En el caso de los empleados al servicio del estado deben recibir al menos 40 días de salario, y se les debe pagar un 50 por ciento (20 días de salario) antes del 15 de diciembre y el otro 50 por ciento (20 días de salario) a más tardar el 15 de enero del año siguiente.
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maquilanews · 4 years ago
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¿Te quieren dejar sin aguinaldo por la pandemia?
Esta prestación es obligatoria si tienes un trabajo formal o informal, siempre y cuando prestes tus servicios laborales a otra persona y debe ser equivalente a 15 días de salario, como mínimo y es de carácter obligatorio para los patrones y de recepción irrenunciable para los trabajadores.
Además de las vacaciones, otra fecha significativa para los trabajadores es la entrega del aguinaldo, prestación que se debe percibir antes del 20 de diciembre, como se estipula en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). El aguinaldo es el pago equivalente a 15 días de salario, como mínimo, de carácter obligatorio para los patrones y de recepción irrenunciable para los trabajadores.…
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intax-group-blog · 7 years ago
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¿Cómo calculo lo que me toca de aguinaldo?
Todos los que percibimos un sueldo –fijo o variable– tenemos derecho a esta gratificación
Ya viene el aguinaldo. Lo primero que debemos tener presente es que, de acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, todos los que percibimos un sueldo –fijo o variable– tenemos derecho a esta gratificación, pero todo dependerá de la antigüedad que llevemos en nuestro actual empleo.
Resuelve Tu Deuda, nos da el paso a paso para calcularlo. Si todos los meses recibimos la misma cantidad de dinero y tenemos un año o más laborando en la empresa tenemos que hacer lo siguiente:
Ejemplo:
- El sueldo que recibes cada mes es de 10,000 - El sueldo mensual entre los 30 días del mes (será proporcional al sueldo diario que recibes): 10,000/30= 333.3 - El sueldo diario multiplicado por 15 días es el aguinaldo que te corresponde: 333.33 x 15= 5,000
¿Qué pasa si llevas menos de un año en la empresa?
Supongamos que llevamos menos de 12 meses colaborando con alguna compañía. En este caso, hay que sacar el calendario para contabilizar los días laborados, multiplicarlos por 0.041 (una quincena dividida por 365 días del año) y el resultado multiplicarlo por nuestro ingreso diario.
Por ejemplo:
Eva empezó a trabajar en una aseguradora el 3 de agosto. La propuesta económica que aceptó incluye 15,000 mensuales más comisiones. Es decir, 500 pesos diarios. En los 140 días laborados (considerados desde su primer día y hasta el 20 de diciembre) logró las metas y recibió cinco mil pesos a modo de bono; sin embargo, esta cantidad no será considerada para calcular su prestación.
Así es cómo se calcula el aguinaldo de Eva:
-Los 15 días de aguinaldo dividido entre los 365 días del año: 15/365 = 0.041 - El resultado multiplicado por los 140 días que laboró Eva, (el resultado serán los días proporcionales que le corresponden): 0.041 x 140= 5.74 - Los días proporcionales que le corresponden multiplicados por el sueldo diario: 5.74 x 500= 2,870
Factores a considerar
De acuerdo con el Contador Público Enrique Ortega, para evitar malos entendidos necesitamos tener presente que el salario base no contempla bonos o comisiones. Del mismo modo, en caso de haber recibido un aumento, hay que considerar el último salario en el momento del pago, es decir, que cualquier ajuste antes del 20 de diciembre, será la guía para nuestro cálculo.
"Para los trabajadores que tengan salarios variables, el aguinaldo deberá calcularse con base en el promedio de ingresos obtenidos durante los últimos 30 días trabajados. Los patrones que incumplan, lo otorguen incompleto o tarde, pueden hacerse acreedores a una multa de entre 50 y cinco mil salarios mínimos (o entre 4,002 y 400, 100 pesos)", explicó.
Asimismo, reiteró que es importante –sobre todo para las empresas– saber que el aguinaldo está considerado como un ingreso para el trabajador, por lo que está sujeto al pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y será obligatorio para el patrón hacer el cálculo y retener el impuesto correspondiente. Sin embargo, dijo, si el aguinaldo es inferior al equivalente de 30 días de salario mínimo, el patrón queda exento de impuesto.
¿Qué hacer en caso de incumplimiento?
Si eres de los trabajadores cuyo patrón incumple con esta prestación, antes de pensar en una demanda podrían dialogar. En caso de que se muestre en contra y sin ningún argumento, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para que se encarguen de hacer valer el proceso a nivel local.
¿Qué vas a hacer con ese dinero?
Ya sabes cómo se calcula el aguinaldo, recuerda, lo ideal es que ese ingreso extra sea destinado al pago de deudas y al ahorro. Evita las compras no planeadas. Siempre es mejor invertirlo o gastarlo en algo que en realidad traerá un beneficio a largo plazo; por ejemplo, un seguro de vida, médico o automotriz.
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Fuente. https://www.informador.mx/economia
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equipo8-blog1 · 7 years ago
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FROILAN REYES CRUZ
Proyectos individuales
Nociones de derecho
MÓDULO 1
IMPORTANCIA DE LA REGULACIÓN JURÍDICA DE LAS ACTIVIDADES HUMANAS Y DE LA CREACIÓN DE UN BLOG
Es importante la regulación jurídica de las acciones humanas para que no se corrompa el orden en una sociedad, para esto fueron creadas las normas jurídicas las cuales son formuladas por el poder legislativo gracias a estas normas las sociedades sabemos lo que está bien hacer y cómo debemos hacerlo y lo que está mal y por consiguiente no podemos hacer y si se llegara a realizar se aplica una sanción que se determina por un tribunal de acuerdo con lo que dictamina la ley.
Es importante la regulación jurídica en la creación de un blog para que no se atente a los derechos de los individuos por esta razón existen leyes como la Ley Federal de Protección de Datos, la Ley Federal del Consumidor, la Ley Federal de Derechos de Autor y las políticas propias que regulan las actividades en Internet, estas leyes evitan que un individuo o varios hagan mal uso de la tecnología por medio de internet y de sitios web como lo es un blog, si estas leyes no existieran un blog se podría utilizar para la divulgación de datos personales lo cual afecta la integridad de las personas.
MÓDULO 2
LEYES QUE REGULAN LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL
LEY SOBRE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL ESTADO DE MÉXICO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo l.- Se declara de interés público la planeación, estudio, proyección, conservación, mantenimiento, ampliación, rehabilitación, administración y operación de las obras y sistemas de agua potable y alcantarillado en el Estado.
Artículo 2.- Los sistemas de agua potable y alcantarillado existentes en el Estado, se regirán por las disposiciones de esta Ley.
Artículo 3.- Las atribuciones en materia de planeación, estudio, proyección, conservación, mantenimiento, ampliación y rehabilitación de obras y sistemas primarios de agua potable y alcantarillado en el Estado que establece esta Ley, serán ejercidos en forma coordinada por las Autoridades Estatales, Municipales y sus Descentralizadas. En cambio las atribuciones en materia de prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado en las comunidades serán ejercidos por las Autoridades Municipales y sus Descentralizadas.
Reglamento "de Alcantarillado, Agua Potable y Saneamiento.” DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1.- Las disposiciones del presente reglamento son de orden público e interés general y tiene por objeto regular la prestación del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado, en términos de lo dispuesto en el artículo 115, fracciones II y III, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos respectivos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco; los correspondientes de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Jalisco; y los correspondientes de la Ley del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Jalisco y en su caso el reglamento Municipal que aplique en esta materia.
REGLAMENTO DE SERVICIOS AL USUARIO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- El presente Reglamento tiene como objetivo establecer de manera uniforme los derechos, deberes y recursos cor que cuenta el usuario del servicio de agua potable y alcantarillado sanitario en relación con los prestadores del servicio y el ente regulador, así como las regulaciones sobre medidores, tarifas, cobros y cualquier otra estipulación que se considere importante en la relación usuario – prestador y/o concesionario, todo de conformidad con la Ley General de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario y su Reglamento.
Artículo 2.- Las normas aquí establecidas se darán a conocer a todos los usuarios y prestadores del servicio y a su vez acatadas por los mismos para el buen funcionamiento y eficiencia del servicio de agua potable y alcantarillado sanitario.
MÓDULO 3
LEYES RELATIVAS A LA CONTAMINACIÓN DE SUELO Y POR CONSIGUIENTE A LA OBSTRUCCIÓN DE ALCANTARILLADO
Existen diversas leyes en México que apoyan un país ecológico alejado de la contaminación y de la mala calidad de vida.
Dentro de los problemas más preocupantes en México existe la falta de conciencia de la población en cuanto a que pasa si tiramos basura en los espacios públicos, esto provoca problemas como la obstrucción del alcantarillado público lo que a su vez provoca bastas inundaciones que terminan en desastres para la sociedad.
Algunas de las leyes que regulan dicho problema son las que se presentan a continuación
LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE
La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social.
Esta ley busca un equilibrio en la naturaleza con un desarrollo sustentable el cual no se obtendrá si seguimos tirando basura en la calles.
LEY GENERAL DE LA SALUD
La presente ley reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del Artículo 4. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general.
Esta ley también tiene como objetivo prevenir y combatir los efectos nocivos de la contaminación ambiental en la salud, se habla de todo tipo de contaminación desde visual hasta contaminación de suelo y contaminación de agua.
LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE
La presente Ley es de orden público y de interés social, reglamentario del párrafo tercero del artículo 27 y de la fracción XXIX, inciso G del artículo 73 constitucionales. Su objeto es establecer la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, relativa a la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat en el territorio de la República Mexicana y en las zonas en donde la Nación ejerce su jurisdicción. No solo se busca el bienestar del humano si no también de la vida que forma parte de nuestro ecosistema para lo que es de suma importancia dejar atrás la contaminación de todo tipo.
LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO
La presente ley es de orden público, interés general y observancia en todo el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción y establece disposiciones para enfrentar los efectos adversos del cambio climático. Es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de protección al ambiente, desarrollo sustentable, preservación y restauración del equilibrio ecológico.
Dentro de sus objetivos está la prevención y control de la contaminación, manejo de materiales y residuos peligrosos. Para que disminuya el cambio climático es muy importante dejar de arrojar basura en las calles debido a que esto es un gran porcentaje de causa del cambio climático.
Modulo 4
LEYES LABORALES
LEY FEDERAL DEL TRABAJO
Principios Generales
Artículo 1o.- La presente Ley es de observancia general en toda la República y rige las relaciones de trabajo comprendidas en el artículo 123, Apartado A, de la Constitución.
Artículo 2o.- Las normas del trabajo tienden a conseguir el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, así como propiciar el trabajo digno o decente en todas las relaciones laborales.
Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo.
Ley Nº 10.475
Concede los derechos que indica, relacionados con pensiones de invalidez, antigüedad, etc., a los empleados que hagan imposiciones en la caja de previsión de empleados particulares
DERECHOS LABORALES
1. Vacaciones. Cada trabajador tiene seis días de vacaciones por el primer año de servicio, incrementándose en dos días por cada año hasta el cuarto año de servicios y, a partir de entonces, los días de vacaciones se aumentan dos días cada cinco años; además te corresponde una prima vacacional equivalente al 25 por ciento del monto percibido durante los días de vacaciones; aguinaldo correspondiente a 15 días de sueldo; un máximo de 48 horas de trabajo semanales; un día de descanso por semana; goce de sueldo y percibir al menos el salario mínimo (actualmente éste es de 80.04 pesos).
2. Contrato individual de trabajo. Como indicamos al inicio siempre debe existir un contrato laboral de por medio. Estos documentos deberán contener: Información de las partes, duración del empleo, servicios a ser prestados por el empleado, lugar en que se prestarán los servicios, información de salario (es decir, cantidad, términos a pagar, día y medio de pago), referencias de formación, vacaciones y cualquier otra condición de trabajo acordada por las partes.
3. No discriminación. La Ley Federal de Trabajo prohíbe cualquier tipo de discriminación. Todas las personas involucradas en una relación de trabajo están protegidas contra discriminación por: raza, nacionalidad, preferencia sexual, nacionalidad, religión, estado civil, condición social, edad, género y/o discapacidad. Asimismo, las prácticas discriminatorias también están prohibidas durante los procesos de contratación, por lo que si eres víctima de esta práctica puedes denunciar.
La discriminación laboral de cualquier tipo está penada por la ley. (Shutterstock)
4. Protección de datos personales. Aunque la legislación laboral no señala una provisión específica sobre el tema, la Constitución Federal establece el derecho a la protección personal de datos. Por otro lado, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares establece que el tratamiento (obtención, uso, divulgación o almacenamiento) de datos personales está sujeto al consentimiento de la persona a la que estos pertenecen. Asimismo, los patrones, como ‘controladores de los datos’, deben compartir el aviso de privacidad correspondiente con sus empleados.
5. Maternidad. Durante este periodo, el salario, beneficios y derechos de las mujeres, no deben verse afectados. El Instituto Mexicano del Seguro Social pagará a la madre trabajadora el 100 por ciento de su salario diario como aporte de seguridad social. Si se prolonga el período de licencia de maternidad, tiene derecho al 50 por ciento del salario diario de la contribución a la seguridad social por un período de hasta 60 días.
6. Terminación de la relación de trabajo. Si la relación laboral se rescinde sin causa justificada, el empleador deberá indemnizar al trabajador mediante el pago de un pago correspondiente a tres meses de salario integrado, más 20 días de salario integrado por año de servicio, además de una prima de antigüedad. Lo anterior independientemente del pago de las prestaciones y salarios devengados.
7. Pago de utilidades. Todos los trabajadores de una Empresa, con excepción de los expresamente mencionados por la Ley Federal del Trabajo, tienen derecho a participar en las utilidades de la Empresa.
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portaldiario · 7 years ago
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Recomiendan a quienes aún no reciben aguinaldo acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo
Redacción
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, el sector patronal del país tuvo hasta el miércoles 20 de diciembre para pagar el aguinaldo a sus empleados, por lo que la Secretaria del Trabajo del Gobierno del Estado de México, María Mercedes Colín Guadarrama pidió a los mexiquenses que no han recibido dicha prestación, acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
Para ello, indicó que en cada oficina de la Procuraduría habrá abogados dispuestos para representar y asesorarlos gratuitamente en la defensa de sus derechos laborales.
Además informó que durante el periodo vacacional decembrino, habrá guardias para atender cualquier duda que tengan los trabajadores.
Informó que a la fecha se han brindado sólo  20 asesorías en este tema, 13 presenciales en las oficinas con que cuenta la dependencia en el territorio estatal y siete en el número telefónico ‪01-800-77-22-33, que atiende de lunes a viernes, de 8:00 a 17:00 horas.
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Mercedes Colín Guadarrama recordó que se prevé que este fin de año, cerca de 5 millones 300 mil trabajadores mexiquenses recibieron esta prestación, que se suscribe en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, y que estipula que no podrá ser menor a 15 días del salario de cada trabajador.
La Procuraduría de la Defensa del Trabajo cuenta con cinco oficinas, ubicadas en Toluca, Tlalnepantla, Ecatepec, Cuautitlán y Texcoco, en las que recibirán información como ¿cuántos días de salario les corresponden?, ¿cuándo se debe pagar?, ¿en qué forma debe ser pagado?, ¿cuánto tiempo se tiene para reclamarlo?, ¿qué trabajadores no tienen derecho?, ¿a qué gravamen fiscal está sujeta esta prestación?, así como las sanciones a que se hacen acreedores los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, entre otra información.
Por último, la Secretaria del Trabajo invitó a los ciudadanos para que hagan un uso racional adecuado de dicha prestación, evitando hacer compras compulsivas, y de ser posible ahorrarlo, saldar deudas o comprar bienes duraderos.
(Foto: Especial Portal)
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cubonoticiasmx-blog · 8 years ago
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Conoce tus derechos al dejar un empleo
Redacción CUBO Noticias
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En algún momento durante la vida de todo profesionista pueden ocurrir dos cosas: que le separen de su trabajo, o que renuncie a éste. En cualquier caso, hay prestaciones y otros derechos que, por ley, le corresponden aun en estos momentos, dependiendo de factores como su antigüedad en el puesto y su salario.
Empecemos por la renuncia. Cuando se decide dejar un empleo, la compensación que le corresponde de cajón es el finiquito, que supone los salarios y prestaciones que se le adeuden al trabajador, como los días no trabajados del mes, la proporción del aguinaldo que le corresponda, vacaciones, etcétera, explicó Maximiliano García Aguilar, director de Asesoría y Vinculación de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
“La empresa tiene la obligación de entregarla en días posteriores (de la renuncia del trabajador); es obligatoria siempre que haya una prestación que se adeude al trabajador, y dependiendo de su antigüedad al renunciar”, abundó.
Además del finiquito, de acuerdo con el Artículo 162 de la Ley Federal de Trabajo, en caso de que haya permanecido 15 años o más en su empleo, tiene derecho a la prima de antigüedad, que consiste en el pago de 12 días de salario por cada año de servicio prestado.
“En caso de que tenga 15 años y seis meses, por ejemplo, el excedente del año sería equivalente a un día de salario por mes”, ejemplificó el especialista; es decir, en este caso se le daría al trabajador 186 días de salario (12 días por 15 años, más seis días por el excedente de seis meses).
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, en caso de muerte del trabajador, cualquiera que sea su antigüedad, la prima que corresponda se pagará a sus beneficiarios, y es independiente de cualquier otra prestación que le corresponda. En caso de despido puede haber dos escenarios: una separación justificada, o una injustificada.
Un despido se considera como justificado cuando haya mentido en sus capacidades para desempeñar su labor, cuando ha agredido a sus compañeros o empleador, o en caso de que haya dañado instalaciones o equipo de trabajo, entre otros factores que se detallan en el artículo 47 de la Ley Federal de Trabajo.
Si este es su caso, puede solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje que le corresponda que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o bien, que se le indemnice con el equivalente a tres meses de salario, de acuerdo con el artículo 48, además de las prestaciones que se le adeuden, de manera similar a como ocurre en la renuncia.
Cuando se habla de un despido injustificado, el escenario puede complicarse. De acuerdo con García Aguilar, un despido se considera injustificado cuando el trabajador es separado por la empresa sin que exista una causa legal que haya sido generada por el propio trabajador; dicho de otra manera, si le separaron de su empleo por una razón que no esté considerada en el artículo 47 de la Ley Federal de Trabajo, puede considerarse como tal.
Como consecuencia de este despido injustificado, agregó el experto de la Profedet, el trabajador, de acuerdo con la Ley, tiene la opción de demandar por despido ante la Junta de Conciliación de Arbitraje.
Si el respectivo juicio resulta a favor del trabajador, se le puede reinstalar en su puesto original, o bien, puede ser acreedor a una indemnización. Entre la documentación esencial para comenzar una denuncia por despido injustificado, García Aguilar recomienda tener a la mano el contrato de trabajo o el nombramiento (para personas que trabajan en organismos públicos descentralizados).
También le serán de gran ayuda los recibos de pago de salarios o documentos bancarios como estados de cuenta donde aparezcan los depósitos de salarios hechos por el patrón, las altas ante el IMSS o el Issste según el tipo de patrón, así como las bajas en su caso ante los mismos institutos.
“Los documentos aparte del contrato o nombramiento, algún escrito donde aparezca que ellos eran trabajadores con el patrón, e incluso la credencial de trabajador, son documentos que sirven para acreditar que hubo una relación de trabajo con el patrón respectivo, porque a veces los trabajadores no tienen ningún tipo de documento”, añadió(vía El Economista).
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portaldiario · 7 years ago
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Más de 5 millones 300 mil mexiquenses recibirán aguinaldo en este año
Redacción
La Secretaria del Trabajo, María Mercedes Colín Guadarrama, exhortó al sector patronal del Estado de México, a cumplir en tiempo y forma con el pago de aguinaldo a sus trabajadores y destacó que la administración estatal estará al pendiente de que se cumpla con esta normatividad.
La Secretaria del Trabajo estimó que este año, más de 5 millones 300 mil trabajadores mexiquenses recibirán esta gratificación que establece el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
Resaltó que este derecho es irrenunciable para los trabajadores, por lo cual el patrón en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe.
Indicó que quienes incumplan con el pago, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa económica que va desde los 50 hasta los 5 mil salarios mínimos.
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Mercedes Colín recordó que dicha prestación debe ser cubierta antes del 20 de diciembre de cada año, y el mínimo establecido es de 15 días de salario.  
En caso de no haber laborado el año completo, el monto es variable, y se debe tomar como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días trabajados.
De igual forma, quienes hayan presentado su renuncia antes del 20 de diciembre, también tienen este derecho y será cubierta la parte proporcional trabajada.
La funcionaria estatal informó que un trabajador podrá reclamar el pago de aguinaldo el mismo 20 de diciembre y hasta un año después, esto en caso de que esta prestación no les sea cubierta o se les pague de forma incorrecta.
Invitó a los trabajadores que no reciban esta prestación a denunciar ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, para ello, puso a disposición la línea 01800 770 22 33 en donde se otorgan servicios gratuitos de orientación y asesoría legal.
(Foto: Especial Portal)
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