#responsabilidad penal de la persona jurídica
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Delimitación del concepto de beneficio directo o indirecto para la entidad en la responsabilidad penal de la persona jurídica (art. 31 bis CP)
Hoy en #miércolesdepenal traemos la delimitación del concepto de beneficio directo o indirecto para la entidad en la responsabilidad penal de la persona jurídica según la reciente Sentencia del Tribunal Supremo 98/2023 (Caso Pescanova) #derechopenal
La STS 89/2023 analizando el denominado caso “Pescanova” y la responsabilidad de la auditora BDO define el concepto de beneficio directo o indirecto para la entidad en la responsabilidad penal de la persona jurídica (art. 31 bis CP) Análisis del motivo de recurso: Ausencia de beneficio para la persona jurídica penalmente responsable Explica la recurrente que el Tribunal de instancia no…
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Derecho a la Protección de Datos Personales
Ciberdelincuentes ofrecen obtener datos personales por S/5: "Han habido 5 millones de ciberataques¨
Contexto La noticia de Latina Noticias en 2024 expone una creciente tendencia de ciberdelincuentes vendiendo datos personales por S/5, con un alarmante reporte de más de 5 millones de ciberataques en Perú. Esta situación refleja la fragilidad de la seguridad digital en el país, afectando tanto a instituciones públicas como privadas y exponiendo datos sensibles de millones de ciudadanos. La vulnerabilidad ante ataques cibernéticos es un tema creciente, con organizaciones delictivas que obtienen acceso a bases de datos mediante técnicas de hacking avanzadas. Esto plantea serias preocupaciones sobre la capacidad del Estado y del sector privado para proteger información personal, una obligación crítica en la era digital.
Definición El derecho a la protección de datos personales es un derecho fundamental que permite a las personas tener control sobre sus datos, estableciendo cómo pueden ser recopilados, almacenados, procesados y utilizados por terceros. Este derecho busca proteger la privacidad y prevenir abusos o vulneraciones que podrían derivar en fraudes, robo de identidad u otros delitos. En el ámbito digital, la protección de datos incluye asegurar que los sistemas de recolección y almacenamiento de información personal sigan estrictos estándares de seguridad, minimizando el riesgo de exposición a ataques cibernéticos.
Aplicación de la norma El derecho a la protección de datos se aplica tanto a personas físicas como jurídicas que manejan información personal. En casos como la filtración o venta de datos, los responsables (sean empresas, individuos o hackers) deben enfrentar consecuencias legales. Las normas establecen la obligación de implementar medidas de seguridad técnicas y organizacionales para prevenir el acceso no autorizado a los datos personales. Cuando se vulnera este derecho, las entidades involucradas tienen la obligación de notificar a los titulares de los datos afectados, y se abre la posibilidad de sanciones administrativas y civiles a quienes incumplan las disposiciones legales. En Perú, el cumplimiento de estas normas es fiscalizado por la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales.
Leyes que nos amparan En Perú, la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, establece el marco legal que protege la información personal, obligando a quienes gestionan datos a garantizar su seguridad y confidencialidad. Asimismo, su reglamento, el Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, define las responsabilidades específicas de las entidades públicas y privadas que manejan bases de datos. Además, el Código Penal peruano también tipifica delitos relacionados con la violación de datos personales, incluyendo sanciones para quienes obtengan, revelen o comercialicen información personal sin consentimiento. En el contexto de ciberataques, también se aplican normas sobre delitos informáticos.
¿Qué hacer si ocurre ese caso? Si se es víctima de una filtración de datos, el primer paso es denunciar el hecho ante la Dirección General de Protección de Datos Personales (DGPDP) del Ministerio de Justicia. También es aconsejable acudir a la Policía Nacional del Perú, que tiene una división especializada en delitos informáticos. Además, es recomendable cambiar contraseñas, monitorear movimientos bancarios y notificar a las entidades financieras sobre posibles fraudes. Las personas deben estar informadas sobre sus derechos y exigir medidas de reparación si la fuga de datos provino de una organización con la que interactúan.
Comentario personal como abogada profesional Desde mi experiencia en el área legal, la falta de una cultura de protección de datos en el Perú es alarmante. Si bien existen leyes avanzadas para proteger a los ciudadanos, la implementación aún es débil, sobre todo en las pequeñas y medianas empresas. Las autoridades y las empresas deben trabajar más en la prevención, adoptando políticas de ciberseguridad adecuadas y realizando capacitaciones para reducir los riesgos de ataques. También es crucial que se refuercen las sanciones a quienes comercian con datos personales de forma ilícita, y que se generen mecanismos efectivos de cooperación internacional para rastrear a los ciberdelincuentes, dado que estos delitos a menudo se ejecutan desde fuera del país.
Conclusiones y recomendaciones La protección de datos personales en el contexto actual es una prioridad que requiere mayor atención por parte de todos los sectores. Las empresas deben adoptar sistemas de seguridad más robustos, y los ciudadanos deben estar atentos a los riesgos que conlleva compartir información personal sin las debidas precauciones.
Se recomienda que el Estado refuerce sus políticas de seguridad digital, facilitando recursos a la policía cibernética y promoviendo campañas educativas sobre el uso seguro de internet. Además, la actualización constante de las normas y la cooperación entre entidades gubernamentales y privadas serán claves para reducir la incidencia de ciberataques.
Referencias Bibliográficas:
Congreso de la República del Perú. (2011). Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales. Recuperado de http://www2.congreso.gob.pe
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. (2013). Decreto Supremo N° 003-2013-JUS que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29733. Recuperado de https://www.gob.pe/minjus
Latina Noticias. (2024). Ciberdelincuentes ofrecen obtener datos personales por S/5: "Han habido 5 millones de ciberataques". Recuperado de https://www.latina.pe/noticias
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). (2020). Guía para la protección de datos personales.
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Grupo 7
Angelin Alfaro
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¿Sabes cuantas ramas del derecho existen?
Derecho fiscal
En esta especialidad se regulan, organizan, gestionan y establecen todas las normas jurídicas que le permiten al Estado establecer requerimientos tributarios, como los impuestos, las tenencias, contribuciones, entre otros.
Derecho corporativo
Esta especialidad está dirigida en el mundo empresarial y las regulaciones para su correcto funcionamiento legal, es decir, regula y sanciona aquellas empresas que violen los parámetros legales para su constitución, funcionamiento y obligaciones fiscales, también se enfoca en asesorar la redacción de contratos y creación de sociedades.
Derecho civil
Esta rama se encarga de regular la aplicación de los derechos civiles, bienes y obligaciones de una persona natural, tales como divorcios, herencias, bienes, arrendamientos u otras obligaciones o derechos.
Derecho laboral
Esta especialidad centra sus esfuerzos en mediar las relaciones entre los trabajadores y empleadores, permitiendo que sus derechos se cumplan de acuerdo a lo estipulado en la ley y asegurándose que los derechos y obligaciones individuales, así como los acuerdos o pactos colectivos, se cumplan entre ambas partes.
Derecho bancario
Esta rama del derecho estudia las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan el sector financiero.
Derecho internacional
Aquí se determinan las regulaciones existentes entre países que decidan realizar negocios o alianzas, determinando la mediación y escritura de tratados internacionales en caso tal de presentarse algún conflicto que tenga que ver con las normativas específicas de cada nación.
Derecho de Familia
El derecho de familia se centra en las relaciones familiares y aborda asuntos como el matrimonio, el divorcio, la custodia de los hijos, la adopción y la pensión alimenticia. Este campo del derecho busca proteger los derechos y deberes de los miembros de la familia y asegurar su bienestar.
Derecho de Propiedad
El derecho de propiedad se ocupa de los derechos y responsabilidades relacionados con la posesión y el uso de bienes y propiedades. Esto incluye la compra, venta y transferencia de propiedades, así como los derechos de arrendamiento y usufructo.
Derecho de Contratos
El derecho de contratos se refiere a las reglas que rigen los acuerdos legales entre dos o más partes. Establece las obligaciones y derechos de las partes involucradas en un contrato y proporciona una base legal para hacer cumplir esos acuerdos.
Derecho de Sucesiones
El derecho de sucesiones se ocupa de la transferencia de propiedades y bienes después del fallecimiento de una persona. Establece cómo se distribuirán los activos de una persona fallecida y regula los procedimientos de testamentos y herencias.
Derecho Penal
El derecho penal se ocupa de los delitos y las sanciones penales impuestas a los infractores. Esta rama del derecho establece las normas para determinar qu�� comportamientos son considerados delitos y establece las consecuencias legales para quienes los cometen.
Derecho Administrativo
El derecho administrativo se ocupa de la organización y el funcionamiento de la administración pública. Regula las actividades de los organismos gubernamentales y establece las normas para la toma de decisiones administrativas, la responsabilidad de los funcionarios públicos y los procedimientos de apelación administrativa.
Derecho Constitucional
El derecho constitucional se basa en la Constitución de un país y establece los principios fundamentales sobre los que se rige el sistema legal. Garantiza los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, define la estructura y los poderes del gobierno y establece los límites del poder estatal.
Derecho Laboral
El derecho laboral se ocupa de las relaciones entre empleadores y empleados. Establece los derechos y las responsabilidades de los trabajadores y los empleadores, regula los contratos laborales, las condiciones de trabajo, los salarios y los derechos sindicales.
Publicado-Aranza Ponce
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Piden anexar la rapiña al Código Penal
CHILPANCINGO, Gro. * 13 de noviembre, 2024 ) LXIV Legislatura | Guerrero El diputado Jesús Urióstegui García, a nombre también del diputado Héctor Suárez Basurto, ambos de Morena, presentó una iniciativa de adición y derogación al Código Penal del Estado para incorporar a efecto de reconocer, penalizar y agravar la rapiña --que suele ocurrir en catástrofes naturales, accidentes viales y crisis antropogénicas, en perjuicio de los bienes públicos y privados-- como delito penal. En su exposición de motivos, el también coordinador del Grupo Parlamentario de Morena resaltó la importancia de denominar, penalizar y agravar esta práctica en el citado ordenamiento, debido a que en los últimos años muchas personas se han aprovechado del caos que generan los desastres, cometiendo saqueos en establecimientos comerciales, dependencias públicas e incluso en hogares. Refirió, asimismo, que derivado de las circunstancias presentadas por la pandemia del Covid-19 y la incertidumbre social generada por el debilitamiento de la economía familiar, surgieron individuos que de igual manera aprovecharon la poca vigilancia en las calles para apropiarse de una variedad de productos, artículos o mercancías, lo que representa la comisión de actos contrarios a la ley que han quedado en la impunidad. Por las anteriores razones, el legislador considera importante legislar para prevenir o evitar estas conductas que, además, ponen en riesgo la vida de las personas involucradas indirectamente en saqueos colectivos. También manifestó la necesidad de crear conciencia en la población sobre la cultura de la legalidad y el respeto, y de ese modo salvaguardar las pertenencias y mercancías que quedan sin protección, sobre todo cuando ocurren accidentes por diferentes factores, ya sean climatológicos, humanos, fallas mecánicas de vehículos o sobrecarga de productos transportados, entre otros. Esta iniciativa de adición al artículo 228 Bis y derogación de la fracción V del mismo artículo, prevé una pena de 2 a seis años de prisión a quien cometa rapiña, equiparable a la prevista para el robo calificado, misma que podrá incrementarse hasta en un tercio para quien dirija, incite o cometa rapiña o se introduzca al domicilio de una persona jurídica colectiva, pública o privada, o en establecimientos destinados a las actividades comerciales. Asimismo, plantea que cuando el sujeto activo sea servidor público, se le impondrá destitución e inhabilitación para el desempeño del empleo, cargo o comisión públicos, por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta. La propuesta también prevé la exclusión de la responsabilidad cuando, sin emplear violencia física o moral, una persona se apodere, por una sola vez, de los artículos u objetos que sean indispensables para satisfacer sus necesidades básicas, como agua, alimento, medicina o cualquier otro artículo de primera necesidad para él o su familia. El documento fue turnado a la Comisión de Justicia para su análisis, discusión y emisión del dictamen correspondiente. ) www.acapulcopress.com Read the full article
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Detenido en Emiratos Árabes un español investigado por presunta criptoestafa
El juez aludió al riesgo de fuga y a «la voluntad puesta de manifiesto en el procedimiento» por Ruiz de León y Albeiro «de obstaculizar la acción judicial».
Cristian Albeiro, uno de los españoles imputados por la presunta estafa piramidal con criptomonedas cometida a través de la plataforma de inversión Kuailian, que se investiga en la Audiencia Nacional, ha sido detenido en Emiratos Árabes Unidos, en cumplimiento de una de las órdenes de busca y captura dictadas por el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción Número 6, Joaquín Gadea.
Albeiro ha sido detenido con fines de extradición, si bien aún hay una segunda orden internacional de detención y entrega pendiente de ejecución, la que pesa contra David Ruiz de León, que sigue sin estar localizado aunque los investigadores creen que se encuentra igualmente en EAU, según las fuentes jurídicas consultadas por la agencia de noticias Europa Press.
El juez instructor dictó ambas órdenes el pasado mes de julio después de que Albeiro y Ruiz de León eludieran hasta dos veces –el 27 de mayo y el 23 de junio– su declaración como investigados en la Audiencia Nacional. La primera vez alegaron que sufrían un cuadro de «ansiedad» por el que se les había prescrito «reposo», de modo que la comparecencia se pospuso. La segunda ocasión adujeron que residían fuera de España, en EAU.
Albeiro y Ruiz de León, dos responsables de Kuailian, aseguraron mediante escritos de sus defensas que habían sufrido amenazas después de que sus nombres aparecieran en prensa, lo que les provocó una situación de «estrés mental muy severo», así como que no podían salir de EAU porque les suponía dejar inoperativa su empresa, allí instalada. Tras dichas ausencias, Gadea determinó que, dada la gravedad de las eventuales penas por los delitos imputados, hasta ocho años de cárcel por estafa agravada, estaba justificado acordar la medida cautelar de busca, detención e ingreso en prisión.
En concreto, el juez aludió al riesgo de fuga y a «la voluntad puesta de manifiesto en el procedimiento» por Ruiz de León y Albeiro «de obstaculizar la acción judicial, siendo esta medida la única que se vislumbra efectiva para asegurar la presencia del investigado en el proceso». El magistrado de refuerzo señalaba que el objetivo es «poder tomarles declaración y «depurar las responsabilidades penales que les pudieran corresponder por los hechos del presente procedimiento».
Inversión en ‘KUAIS’
Las víctimas de este supuesto esquema piramidal, que se habría saldado con más de 65.000 afectados en varios países y 500 millones de euros de perjuicio económico, se querellaron en la AN por hechos que podrían ser constitutivos de delitos de estafa, falsedad y contra la Hacienda Pública. En el auto de abril de 2021 que dio inicio a la investigación judicial, Gadea indicaba que los cuatro querellados idearon Kuailian, un sistema de inversión en criptomonedas radicado en Estonia pero que operaba desde España. Lo publicitaban por redes sociales ofertando un producto denominado ‘kuais’ con un contrato de 1.000 días de duración. Los interesados invertían en ‘kuais’ con la criptomoneda ethereum, aunque para ello previamente debían tener un monedero con ese tipo de divisa alternativa.
Los clientes también podían captar nuevos afiliados recibiendo el 10% de la inversión de los nuevos captados en un primer nivel. Se generaba así «una red exponencial de captación masiva que ha llevado a un número indeterminado de personas a la plataforma». «La captación de nuevos inversores alimentaría la base de la pirámide, permitiendo la restitución y el abono de beneficios a los inversores iniciales, sin que la operativa responda a un negocio real», indicaba el instructor. Los querellantes denunciaron un incumplimiento de las condiciones pactadas y que se les estaba negando el reembolso de los rendimientos convenidos.
Shannon Scott
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INAUGURAN NUEVO EDIFICIO DEL BUFETTE JURÍDICO UNIVERSITARIO EN LA UACJ
Ciudad Juárez, Chih., jueves 3 de Octubre de 2024.-Con una inversión superior a los 20 millones de pesos, la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez (UACJ) inauguró el Bufete Jurídico Universitario, un nuevo espacio en óptimas condiciones para ampliar el asesoramiento jurídico, servicio con el que esta institución formativa tiene mayor vínculo con la población fronteriza desde 1974.
Desde su fundación, el Bufete Jurídico Universitario ha funcionado en diferentes puntos de la localidad, pero ahora estará situado al poniente del Instituto de Ciencias Sociales y Administración (ICSA), junto a las canchas de frontón de la avenida Heroico Colegio Militar, recinto que cumplirá el objetivo de brindar a toda la sociedad atención jurídica en cualquier rama del derecho: civil, penal, mercantil, administrativo, amparo, laboral, familiar, entre otras.
Todas estos servicios son brindados por alumnos de la licenciatura en Derecho, con base en los valores de responsabilidad, legalidad, probidad, honradez, solidaridad, neutralidad y justicia.
Además, la representación en juicios se prestará a personas de escasos recursos, previo a un estudio socioeconómico.
De acuerdo con datos del Bufete Jurídico, de 2021 a agosto de 2024 se han otorgado 18771 asesorías de diversa índole.
La capacidad del ahora edificio B1 del ICSA es de 292 metros cuadrados de construcción, junto con 672 metros de obra exterior que comprende de una reja perimetral y un murete de identidad institucional.
En la ceremonia de inauguración, el maestro Juan Ignacio Camargo Nassar, rector de la UACJ, destacó en su discurso que con esta obra “inicia otra historia, inicia una etapa de servicio de formación. Es aquí donde las y los estudiantes de Derecho vendrán con la convicción de servir a la comunidad”.
Dijo que con este Bufete Jurídico se ha honrado al pasado y respetado su historia, acercándose a nuevos tiempos. “Que esto sea en realidad una inversión para servicio a la comunidad, de aprendizaje y brindándoles todo el respeto, cuidado y dignidad”.
Por su parte, el maestro Santos Alonso Morales Muñoz, director del ICSA, expresó que “en el proceso de pláticas con el maestro Fidencio Lerma Alvídrez, responsable del Bufete Jurídico Universitario, ha sido bastante larga la trayectoria del Bufete Jurídico y sus diversos espacios, y que ya era necesario que la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez tuviera para este proyecto tan importante un espacio digno”.
“Gracias al maestro Camargo Nassar que nos dio la oportunidad de poder estar inaugurando esta instalación, con condiciones mucho más adecuadas para lo que se pretende y, básicamente, pues es servir por una parte de vinculación y extensión de la Universidad con la comunidad, que es muy importante, pero otra parte que es fundamental que sea nuestro laboratorio para la formación de nuestros estudiantes de la escuela de Derecho”, subrayó.
El edificio cuenta con:
Sala de espera
Recepción
Sanitarios públicos
Área de asistente
Oficina de coordinador
Seis áreas de asesorías
Sala de juntas
Área de practicantes
Cocineta
Sanitarios
Asistieron a este acontecimiento, el maestro Juan Ignacio Camargo Nassar, rector de la UACJ, el doctor Daniel Constandse Cortez, secretario general y rector electo de esta casa de estudios; el maestro Santos Alonso Morales Muñoz, director del ICSA; el maestro Joaho Bogart Acosta López, jefe del departamento de Ciencias Jurídicas; el doctor Jorge Antonio Breceda Pérez, coordinador de la licenciatura en Derecho y el maestro Fidencio Lerma Alvídrez, responsable del Bufete Jurídico Universitario.
Así como el maestro Carlos Álvarez Ornelas, director de Infraestructura Física y el maestro Gerardo Sandoval Montes, director general de Servicios Administrativos.
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Hito para la justicia ambiental: se propone formalmente una enmienda al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI) para incluir el delito de ecocidio. Vanuatu, promotor clave de esta propuesta histórica para que los altos funcionarios y quienes ostentan cargos de responsabilidad en la toma de decisiones rindan cuentas y sean condenados por los crímenes más graves contra el medio ambiente. La CPI es el órgano judicial que tiene competencia internacional para enjuiciar el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión. El ecocidio, de adoptarse, se convertiría en el quinto crimen internacional Se ha presentado formalmente el crimen de ecocidio a la consideración de los Estados miembros de la Corte Penal Internacional (CPI), un hecho que representa un gran paso adelante en el esfuerzo mundial por consagrar la destrucción masiva del medio ambiente como crimen en el derecho internacional. El crimen de “ecocidio”, propuesto por Vanuatu, Fiyi y Samoa, se define como cualquier “acto ilícito o arbitrario cometido a sabiendas de que existe una probabilidad sustancial de que cause daños graves que sean extensos o duraderos al medioambiente” Esta definición surgió en 2021 de un Panel de Expertos Independientes integrado por juristas del más alto nivel de todo el mundo, que fue convocado por la Fundación Stop Ecocidio y que ha adquirido un considerable respaldo jurídico y político. En funcionamiento desde 2002, la Corte Penal Internacional es el único tribunal internacional con jurisdicción para procesar a aquellos individuos que ostentan posiciones de responsabilidad superior y hayan sido acusados de cometer genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra o el crimen de agresión. En virtud de la nueva legislación sobre ecocidio que se ha propuesto, estas personas podrían ser consideradas penalmente responsables si sus acciones provocan graves daños ambientales, como, por ejemplo, los vertidos masivos de petróleo o de productos químicos, la tala de bosques tropicales primarios o la destrucción de sistemas fluviales enteros. Jojo Mehta Cofundadora y Directora Ejecutiva de Stop Ecocidio Internacional, ha declarado que: “Introducir el ecocidio como crimen internacional es crucial porque hace que quienes ocupan puestos de responsabilidad superior -altos ejecutivos y responsables políticos- rindan cuentas por haber tomado decisiones que podrían conducir a una grave destrucción del medioambiente. El objetivo principal es, en última instancia, proteger: se trata de disuadir. El derecho penal crea poderosos límites morales y jurídicos, dejando claro que los niveles extremos de daño no sólo son ilegales, sino totalmente inaceptables. Al establecer consecuencias jurídicas, creamos una barrera que obliga a quienes toman las decisiones a dar prioridad a la seguridad de las personas y del planeta, lo que altera fundamentalmente la forma en que afrontan sus obligaciones. Con esto también creamos una vía hacia la justicia para los supuestos de los peores daños, tanto si se producen en tiempos de conflicto como en tiempos de paz”. Tras la notificación que ha realizado el Secretario General de la ONU, António Guterres, el Estado de Vanuatu ha presentado al Grupo de Trabajo sobre Enmiendas de la Asamblea de la CPI una propuesta formal de enmienda del Estatuto de Roma para que se incluya el crimen de ecocidio. La propuesta de Vanuatu -un archipiélago de origen coralino y de baja altitud compuesto por 80 islas- ha sido respaldada por otras dos naciones insulares del Pacífico (Fiji y Samoa), lo que refleja la importancia que tiene para los llamados “Pequeños Estados Insulares en Desarrollo” (PEID) el que la justicia ambiental sea tenida en cuenta. Vanuatu fue la primera nación en pedir el reconocimiento internacional del ecocidio en la Corte Penal Internacional, en 2019. En los últimos 18 meses, se ha producido una oleada de nuevas legislaciones sobre el ecocidio que han avanzado a nivel nacional y regional...
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Cuatro medidas para evitar el lawfare: 1/ la superación de la figura del juez de instrucción en favor del fiscal investigador y el juez de garantías (en España, un juez instructor puede, sin necesidad de que nadie se lo pida, iniciar un proceso contra cualquier persona y, en el marco del mismo, decidir sin cortapisas que hechos son los que desea investigar). Estamos ante una quiebra del principio acusatorio tan difícil de justificar que incluso la UE nos ha obligado a prescindir de esta figura en los casos donde conoce la Fiscalía Europea... 2/ Regular el ejercicio de la acción popular. Nuestro sistema jurídico es el único del mundo que permite ejercer la acusación penal a cualquier persona, física o jurídica, pese a no ser víctima ni afectada por el delito cuyo castigo se solicita... El histórico de querellas sin fundamento presentadas para desprestigiar a personajes públicos bajo la forma de acusación popular es largo... 3/ Recuperar la responsabilidad civil de jueces y magistrados por sus propios actos... 4/ Transformar los juzgados en tribunales de instancia... imitar los modelos organizativos de otros países europeos como Francia e integrar los órganos unipersonales en tribunales colegiados, donde unos jueces controlan a otros, permitiría aportar transparencia y seguridad a sus decisiones... A estas cuatro medidas, deberían sumarse además otras de carácter estructural, como la reforma de las vías de acceso a la carrera judicial o el establecimiento de más y mejores mecanismos de participación ciudadana en la Administración de Justicia. Porque, si algo evidencia la situación actual, es que, para preservar la democracia, resulta necesario acometer una reforma integral sobre nuestro sistema de justicia... Utilicemos el impulso que nos da esta toma de conciencia para para regenerar el sistema constitucional (Juan Manuel Alcoceba Gil)
#politicadelpp#politicadelppcontroljudicial#politicadelppgolpedeestado#politicadepedrosanchez#situacionpoliticaespaña#lawfare
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Artículo 125 del código penal federal
Artículo 125: El que promoviere o facilitare la corrupción de menores de dieciocho años, aunque mediare el consentimiento de la víctima será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años.
La pena será de seis a quince años de reclusión o prisión cuando la víctima fuera menor de trece años.
Cualquiera que fuese la edad de la víctima, la pena será de reclusión o prisión de diez a quince años, cuando mediare engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación o coerción, como también si el autor fuera ascendiente, cónyuge, hermano, tutor o persona conviviente o encargada de su educación o guarda.
Articulo 14, 16, 107 de la CEPUM
El artículo 14 constitucional
Ahora bien, el objetivo del desarrollo del los capítulos anteriores es que conozcamos muy afondo dos de los artículos de las garantías de la seguridad jurídica. El artículo 14 de nuestra constitución política de los Estados Unidos Mexicanos habla sobre el art. 14:
“ A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.
Artículo 16. “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad ad judicial y sin que preceda denuncia, acusación o querella de un hecho determinado que la ley señale como delito, sancionado cuando menos con pena privativa de libertad y existan datos que acrediten los elementos que integran el tipo penal y la probable responsabilidad del indicado.
Artículo 107.-
Las controversias de que habla el artículo 103 de esta Constitución, con excepción de aquellas en materia electoral, se sujetarán a los procedimientos que determine la ley reglamentaria, de acuerdo con las bases siguientes:
(REFORMADA, D.O.F. 6 DE JUNIO DE 2011)
I.- El juicio de amparo se seguirá siempre a instancia de parte agraviada, teniendo tal carácter quien aduce ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo, siempre que alegue que el acto reclamado viola los derechos reconocidos por esta Constitución y con ello se afecte su esfera jurídica, ya sea de manera directa o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico.
Tratándose de actos o resoluciones provenientes de tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, el quejoso deberá aducir ser titular de un derecho subjetivo que se afecte de manera personal y directa;
(REFORMADA, D.O.F. 6 DE JUNIO DE 2011)
II.- Las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán de los quejosos que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlos y protegerlos, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda.
(REFORMADA, D.O.F. 11 DE MARZO DE 2021)
Cuando en los juicios de amparo indirecto en revisión se resuelva la inconstitucionalidad de una norma general, la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo informará a la autoridad emisora correspondiente.
(REFORMADA, D.O.F. 11 DE MARZO DE 2021)
Cuando los Tribunales Colegiados de Circuito establezcan jurisprudencia por reiteración, o la Suprema Corte de Justicia de la Nación por precedentes, en la cual se determine la inconstitucionalidad de una norma general, su Presidente lo notificará a la autoridad emisora. Transcurrido el plazo de 90 días naturales sin que se supere el problema de inconstitucionalidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitirá, siempre que fuere aprobada por una mayoría de cuando menos ocho votos, la declaratoria general de inconstitucionalidad, en la cual se fijarán sus alcances y condiciones en los términos de la ley reglamentaria.
Lo dispuesto en los dos párrafos anteriores no será aplicable a normas generales en materia tributaria.
Articulo 01 de la ley de amparo
Artículo 1o.- El juicio de amparo tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite:
I.- Por leyes o actos de la autoridad que violen las garantías individuales;
II.- Por leyes o actos de la autoridad federal, que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados; III.- Por leyes o actos de las autoridades de éstos, que invadan la esfera de la autoridad federal.
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Un abogado en Bogotá debe desempeñar las siguientes funciones
La función del abogado de familia valledupar no se limita a defender a un cliente durante un juicio. Una de sus funciones más importantes es la preventiva, en la que asesora a sus clientes y prepara documentos y contratos de forma que no surjan conflictos jurídicos familia de abogados.
Los abogados de lo familiar también puede ser un mediador extrajudicial para evitar que un problema o enfrentamiento se convierta en un procedimiento judicial juzgado de familia valledupar.
Los abogados especializados en familia es una persona que ha completado una licenciatura en Derecho y está en condiciones de resolver diferentes cuestiones vinculadas a un proceso legal y asesorar sobre estatutos, reglamentos y leyes en general. El abogado de familia barranquilla debe conocer siempre todos los detalles de la legislación y ser capaz de analizar la jurisprudencia. Así, según su especialidad, puede intervenir en un procedimiento civil, en un procedimiento administrativo o en un procedimiento penal abogados de familia en colombia.
En general, quienes deben comparecer ante un juez o un tribunal deben contar con los abogados de familia barranquilla. La presencia de un abogado es prueba de la legitimidad de su defensa. Por ello, los escritos y documentos judiciales se entregan con las firmas tanto del cliente como de su abogados de familia en barranquilla.
Los ciudadanos que no tienen recursos económicos para pagar un abogado de familia en barranquilla pueden recibir asistencia jurídica gratuita. Este tipo de abogado se llama defensor público, que trabaja para el Estado y depende del dinero de los impuestos para financiar su trabajo. Cuando una persona es acusada de un delito se necesita un abogados de familia en bogota, puede recurrir a uno de estos abogados de familia bogota para defenderse.
Es importante destacar que el abogados de familia en bogotá tiene la obligación de guardar secreto profesional (no puede divulgar las informaciones suministradas por su cliente), lo que significa que debe respetar la confidencialidad y mantener la privacidad abogado de familia bogotá. Su obligación es litigar de acuerdo con la responsabilidad social que le confiere su función, actuando con ética profesional del abogado de familia en cartagena.
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¿Qué es la abogacía? La abogacía es la actividad dirigida a la defensa de los intereses de otras personas ante autoridades y tribunales. El abogar consiste, fundamentalmente, en la presentación y el apoyo de las razones a favor de una persona ante quien ha de juzgar o decidir sobre ellas.Para que sirve ? Los abogados desempeñan una labor fundamental en nuestro Estado de Derecho, pues son los profesionales que asesoran en derecho a la ciudadanía, propician la resolución extrajudicial de los conflictos y, en su caso, defienden en sede judicial los derechos e intereses de sus clientes, durante el grado en Derecho, se abordan las distintas ramas jurídicas que el estudiante debe conocer para ejercer la profesión: civil, administrativo, penal, mercantil, fiscal, comunitario o internacional, etcQue es un abogado: Un abogado es al mismo tiempo un oficial del sistema jurídico, un representante de clientes y un ciudadano público con una responsabilidad por la calidad de la justicia. Está capacitado para explicar e interpretar la ley para su cliente, manejar asuntos legales, y para comparecer ante los tribunales, los tipos de abogados qué existen son : Abogados penalistas Abogados laboralistasAbogado de propiedad
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Competencias del investigador privado
La clasificación de las distintas investigaciones que son competencia del investigador privado en Barcelona figura en el artículo 5 del Decreto Ministerial n.º 269/2010 e incluye
las investigaciones privadas, destinadas a identificar y recoger información, incluso para la protección de un derecho en juicio, por cuenta de un particular. Dichas investigaciones pueden referirse al ámbito familiar y matrimonial (infidelidad conyugal, obtención de pruebas para las solicitudes de custodia de los hijos, débito por separación y determinación de la pensión alimenticia), así como al patrimonio (recuperación de créditos y localización de acreedores) y a la búsqueda de personas desaparecidas investigaciones empresariales y comerciales, destinadas a proteger un derecho ante los tribunales en relación con actos ilícitos, competencia desleal, deslealtad profesional y protección de activos, marcas y patentes. Este tipo de investigación puede tener por objeto verificar la fiabilidad financiera y reputacional de personas físicas o jurídicas, fugas de información y robo de datos, carencias y diferencias de inventario en el sector comercial, enfermedades o lesiones simuladas y el uso indebido de bienes y herramientas de la empresa, con el fin de buscar pruebas necesarias para ordenar el despido por causa justificada; investigaciones de seguros, solicitadas por particulares y por las propias compañías de seguros, también para la protección de un derecho ante los tribunales, destinadas a definir la dinámica de los siniestros, la responsabilidad profesional y las indemnizaciones, con el fin de contrarrestar los intentos de fraude investigaciones defensivas, destinadas a identificar y reunir pruebas útiles en un procedimiento penal, de conformidad con el artículo 222 de las normas de coordinación del Código de Procedimiento Penal y el artículo 327-bis del Código de Procedimiento Penal investigaciones especiales, consistentes en actividades previstas por decretos ministeriales o leyes especiales y caracterizadas por la presencia permanente de empleados en los locales del cliente.
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Cuando la menor era trasladada en el elevador al área de hospitalización, el aparato "presentó una falla" y la niña "sufrió una presión", detalló el delegado del IMSS en Quintana Roo, Enrique Leobardo Ureña Bogarín. Una niña mexicana de seis años perdió la vida prensada en un elevador de un hospital público en Playa del Carmen, Quintana Roo, en donde estaba siendo atendida. El hecho ocurrió el lunes a las 22:30 [hora local] en el Hospital General de Zona N° 18 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), cuando la menor era trasladada en el elevador al área de hospitalización y el ascensor presentó "una falla". "La menor sufrió una presión, que por lo mismo, terminó ocasionando su sensible pérdida", dijo en un video publicado este martes el delegado del IMSS en Quintana Roo, Enrique Ureña. La versión del IMSS difiere de lo informado preliminarmente por la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo, que anunció la detención de una persona, Víctor 'F', por su probable participación en el delito de homicidio culposo. "El ahora detenido trasladaba a la niña hacia el segundo piso del hospital, por lo que ingresa al elevador y este empieza a subir cuando aún no entraba por completo la camilla en la que estaba la paciente", detalló la Fiscalía, agregando que los padres de la víctima interpusieron una denuncia penal. Mantenimiento El IMSS no mencionó nada acerca de la detención de la persona que trasladaba a la víctima. No obstante, la institución manifestó que a las 13:10 horas, reportó a la empresa encargada del mantenimiento del elevador, Sitravem, que había una falla en el ascensor. A las 16:00 horas, técnicos de la compañía arribaron al sitio para dar diagnóstico y mantenimiento. Se retiraron una hora después "sin dejar señales ni barreras que impidieran el uso del elevador, sin notificación alguna y sin señalización de restricción alguna en el uso del mismo", indicó Ureña. Investigación Testigos del hecho relataron que el personal del hospital tardó más de media hora en pedir auxilio a los cuerpos de emergencia, reseñó Animal Político. Asimismo, la Fiscalía local informó que en las próximas horas, un juez determinará la situación jurídica de Víctor 'F'. Por su parte, Ureña mencionó que el IMSS "continuará realizando una investigación exhaustiva y colaborará plenamente con las autoridades estatales responsables para deslindar toda responsabilidad". Para recibir en tu celular esta y otras informaciones, únete a nuestras redes sociales, síguenos en Instagram, Twitter y Facebook como @DiarioElPepazo El Pepazo/RT Español
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Detenido en Emiratos Árabes Unidos uno de los investigados en la AN por la presunta ‘criptoestafa’ de Kuailian
Cristian Albeiro, uno de los imputados por la presunta estafa piramidal con criptomonedas cometida a través de la plataforma de inversión Kuailian, que se investiga en la Audiencia Nacional (AN), ha sido detenido en Emiratos Árabes Unidos (EAU), en cumplimiento de una de las órdenes de busca y captura dictadas por el magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción Número 6, Joaquín Gadea.
Albeiro ha sido detenido con fines de extradición, si bien aún hay una segunda orden internacional de detención y entrega pendiente de ejecución, la que pesa contra David Ruiz de León, que sigue sin estar localizado aunque los investigadores creen que se encuentra igualmente en EAU, según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.
El juez instructor dictó ambas órdenes el pasado mes de julio después de que Albeiro y Ruiz de León eludieran hasta dos veces –el 27 de mayo y el 23 de junio– su declaración como investigados en la Audiencia Nacional. La primera vez alegaron que sufrían un cuadro de “ansiedad” por el que se les había prescrito “reposo”, de modo que la comparecencia se pospuso. La segunda ocasión adujeron que residían fuera de España, en EAU.
Albeiro y Ruiz de León, dos responsables de Kuailian, aseguraron mediante escritos de sus defensas que habían sufrido amenazas después de que sus nombres aparecieran en prensa, lo que les provocó una situación de “estrés mental muy severo”, así como que no podían salir de EAU porque les suponía dejar inoperativa su empresa, allí instalada.
Tras dichas ausencias, Gadea determinó que, dada la gravedad de las eventuales penas por los delitos imputados, hasta 8 años de cárcel por estafa agravada, blanqueo de capitales y organización criminal, estaba justificado acordar la medida cautelar de busca, detención e ingreso en prisión.
En concreto, el juez aludió al riesgo de fuga y a “la voluntad puesta de manifiesto en el procedimiento” por Ruiz de León y Albeiro “de obstaculizar la acción judicial, siendo esta medida la única que se vislumbra efectiva para asegurar la presencia del investigado en el proceso”.
El magistrado de refuerzo señalaba que el objetivo es “poder tomarles declaración y “depurar las responsabilidades penales que les pudieran corresponder por los hechos del presente procedimiento”.
INVERSIÓN EN ‘KUAIS’
Las víctimas de este supuesto esquema piramidal, que se habría saldado con más de 65.000 afectados en varios países y 500 millones de euros de perjuicio económico, se querellaron en la AN por hechos que podrían ser constitutivos de delitos de estafa, blanqueo de capitales, falsedad y contra la Hacienda Pública.
En el auto de abril de 2021 que dio inicio a la investigación judicial, Gadea indicaba que los cuatro querellados idearon Kuailian, un sistema de inversión en criptomonedas radicado en Estonia pero que operaba desde España.
Lo publicitaban por redes sociales ofertando un producto denominado ‘kuais’ con un contrato de 1.000 días de duración. Los interesados invertían en ‘kuais’ con la criptomoneda ethereum, aunque para ello previamente debían tener un monedero con ese tipo de divisa alternativa.
Los clientes también podían captar nuevos afiliados recibiendo el 10% de la inversión de los nuevos captados en un primer nivel. Se generaba así “una red exponencial de captación masiva que ha llevado a un número indeterminado de personas a la plataforma”.
“La captación de nuevos inversores alimentaría la base de la pirámide, permitiendo la restitución y el abono de beneficios a los inversores iniciales, sin que la operativa responda a un negocio real”, indicaba el instructor.
Los querellantes denunciaron un incumplimiento de las condiciones pactadas y que se les estaba negando el reembolso de los rendimientos convenidos. “Se informa de que han solicitado la devolución del importe de la moneda virtual invertida, sin respuesta por parte de los responsables de la compañía”, añadía el auto.
Abele Mares
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Aprueba Congreso proyecto de reubicación del Cereso de Acapulco
CHILPANCINGO, Gro. * Mayo 28, 2024. ) Acapulco Press El Pleno del Congreso del Estado aprobó un dictamen con proyecto de acuerdo por el que se exhorta al titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado a que valore y decida la reubicación del Centro de Readaptación Social (Cereso) de Las Cruces, ubicado en el municipio de Acapulco de Juárez. Al fundamentar el dictamen, el diputado Joaquín Badillo Escamilla, en su calidad de presidente de la Comisión de Seguridad Pública, externó que una vez analizada la propuesta presentada por la diputada Beatriz Mojica Morga (con licencia), el órgano dictaminador determinó dar seguimiento al exhorto en mención porque el objetivo principal es garantizar los derechos de las personas que se encuentran ahí recluidas, así como proteger a las familias que viven alrededor del recinto, garantizándoles el derecho a la tranquilidad, a la paz, y a no ser víctimas de situaciones que pongan en riesgo su vida. Detalló que el proyecto inicial de los centros de reclusión, tanto a nivel federal como estatal, es que se localicen lejos de las zonas urbanas, por los peligros, la inseguridad y conveniencia, aunque en el caso del Cereso de Las Cruces, ha quedado dentro de la zona urbana, con los consecuentes peligros y molestias a los vecinos cercanos. Frente a tal escenario, las diputadas y diputados consideran importante la solicitud al titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno estatal presentada por la diputada promovente, para pedir la reubicación del penal en comento y así no solo garantizar la seguridad de la ciudadanía, también para poder mejorar a las colonias que se encuentran ubicadas alrededor del mismo, ya que por normatividad están limitadas para poder solicitar obras de infraestructura para mejorar sus servicios y sus condiciones de vida. Abundó en que, por cuestiones presupuestales y financieras, dicha acción requiere de la participación de instituciones públicas independientes de la autoridad penitenciaria, así como de otros actores, tales como las organizaciones civiles o la iniciativa privada, lo cual no quiere decir que el Estado se desentienda de sus responsabilidades ineludibles, ya que la seguridad, la custodia y la situación jurídica de las personas privadas de la libertad, así́ como la administración de los establecimientos penitenciarios, siempre deben permanecer bajo la vigilancia de las autoridades correspondientes. Por lo anterior, expuso, la Comisión de Seguridad Pública se pronunció a favor de procurar las condiciones mínimas de internamiento compatibles con su dignidad y necesidades básicas de la población interna, relacionadas con los servicios médicos, alimentación, provisión de agua potable, y sobre todo de condiciones básicas de seguridad interna. Para ello, agregó, el Estado deberá contar necesariamente con un diagnóstico prospectivo integral de la infraestructura física y operativa existente, debiéndose detallar cuál es el estado físico y cómo es la operación de los inmuebles de aseguramiento para la readaptación social. Asimismo, realizar una evaluación prospectiva de la información para identificar y planear las acciones necesarias, ante la posible reubicación del penal antes mencionado. ) acapulcopress.com Read the full article
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Personas jurídicas
Responsabilidad penal de las personas jurídicas | Prof. Daniel R. Vítolo
Por: JurSoc UNLP Canal de Youtube: https://www.youtube.com/@JurSocUNLPoficial https://youtu.be/nTj-jjeSTIg Read the full article
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