paulaatovarz22
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paulaatovarz22 · 4 years ago
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Mi nombre es Paula Alejandra Tovar Zabala, nací el 22 de febrero de 1997 en la ciudad de Bogotá D.C. Tengo 23 años y vivo con mis papás, mi hermana menor y dos perros. Mis estudios de primaria y secundaria los curse en diferentes colegios, pero me gradué de bachiller en el Gimnasio Corazón de María en el año 2014.
En el 2015, inicie mi pregrado en la Universidad Autónoma de Colombia en la carrera de derecho, donde curse hasta noveno semestre y posterior a esto, la universidad entró en una crisis económica donde el MEN decidió cerrarla indefinidamente, generando una huelga entre sindicatos y directivos de la misma. Muchos de los estudiantes no sabíamos que hacer para continuar con nuestros estudios. Debido a la situación, unos decidieron aplazar, otros decidieron cambiarse de universidad, yo hice parte del segundo grupo. Así fue como la Universidad Central me abrió sus puertas para poder culminar mi pregrado y donde actualmente estoy cursando noveno semestre nuevamente.
Me considero una persona práctica, compañerista, organizada en muchos ámbitos de mi vida y responsable; tengo habilidades con la redacción y escritura, puesto que desde siempre me ha gustado la literatura, la cual me ha ayudado a fortalecer dichas habilidades a la hora de escribir y realizar mis trabajos.
Respecto al proyecto de investigación, trabaje en Obsac v junto a mis compañeros el enfoque diferencial para personas habitantes de la calle en Colombia, como alternativa para la protección de su derecho a la salud y sus derechos sexuales y reproductivos. De esta manera, estudiamos la Ley 1641 de 2013 con el fin de garantizar y reestablecer los derechos de los habitantes de calle para su inclusión y rehabilitación social. Destacamos que, los habitantes de calle se encuentran en condiciones de vulnerabilidad especialmente en temas de salud, debido a las situaciones precarias del hábitat al que se enfrentan en su vida cotidiana, como consecuencia, quedan expuestos a afectaciones particularmente relacionadas con su salud sexual y reproductiva. En este orden de ideas, la problemática que surgió es si el habitante de calle debe ser considerado como sujeto vulnerable, teniendo en cuenta que, no cuenta con un enfoque diferencial en la Ley Estatutaria de Salud 1751 de 2015 que permita el acceso efectivo a la salud y al ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos.
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